Proyecto de ley número 055 de Cámara 2023, por medio de la cual se modifica el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones
Fecha de publicación | 09 Agosto 2023 |
Número de Gaceta | 1022 |
Página 4 Miércoles, 9 de agosto de 2023 G 1022
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per se le alegado benecio, provecho o utilidad encuentre
su fuente en el asunto que fue conocido por el legislador;
particular, que el mismo sea especíco o personal, bien
para el congresista o quienes se encuentren relacionados
con él; y actual o inmediato, que concurra para el
momento en que ocurrió la participación o votación del
congresista, lo que excluye sucesos contingentes, futuros
o imprevisibles. También se tiene noticia que el interés
puede ser de cualquier naturaleza, esto es, económico o
moral, sin distinción alguna”.
De igual forma, es pertinente señalar lo que la Ley
5a de 1992 dispone sobre la materia en el artículo 286,
“Se entiende como conicto de interés una situación
donde la discusión o votación de un proyecto de ley o
acto legislativo o artículo, pueda resultar en un benecio
particular, actual y directo a favor del Congresista.
a) Benecio particular: aquel que otorga un
privilegio o genera ganancias o crea indemnizaciones
económicas o elimina obligaciones a favor del
Congresista de las que no gozan el resto de los ciudadanos.
Modique normas que afecten investigaciones penales,
disciplinarias, scales o administrativas a las que se
encuentre formalmente vinculado.
b) Benecio actual: aquel que efectivamente se
congura en las circunstancias presentes y existentes
al momento en el que el Congresista participa de la
decisión.
c) Benecio directo: aquel que se produzca de
forma especíca respecto del Congresista, de su cónyuge,
compañero o compañera permanente, o parientes dentro
del segundo grado de consanguinidad, segundo de
anidad o primero civil”.
de interés que se puedan presentar frente al trámite del
presente proyecto de ley, conforme a lo dispuesto en el
artículo 291 de la Ley 5a
causales adicionales.
8. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.
La iniciativa que se somete a consideración del
Congreso de la República, contiene en su texto (5) cinco
artículos.
El artículo 1º, se ocupa de describir el objetivo del
proyecto.
El artículo 2º
parágrafo artículo 4° de la Ley 1861 de 2017.
El Artículo 3º, por medio del cual se adiciona un
parágrafo nuevo al 4° de la Ley 1861 de 2017.
El artículo 4°
artículo 12° de la Ley 1861 de 2017.
El artículo 5º, contiene la vigencia y derogatorias.
Cordialmente,
* * *
PROYECTO DE LEY NÚMERO 055 DE
CÁMARA 2023
por medio de la cual se modica el artículo 236
del Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras
disposiciones.
Bogotá, D. C. 28 de julio de 2023
Señor,
Jaime Luis Lacouture Peñaloza
Secretario General
Cámara de Representantes
Ciudad
Asunto: Proyecto de ley número 055 de 2023, por
medio de la cual se modica el artículo 236 del Código
Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones.
Respetado Secretario,
En mi condición de Congresista de la Cámara de
Representantes de la República de Colombia, radico el
presente proyecto de ley con el objeto de aplicar la licencia
de paternidad a la licencia de maternidad para extenderla
a las madres de recién nacidos o hijos adoptados, cuyos
padres hayan fallecido o padezcan una enfermedad grave,
en procura del interés superior del menor.
De tal forma, presento a consideración del Congreso
de la República este proyecto de ley “por medio del cual
se modica el artículo 236 del Código Sustantivo del
Trabajo y se dictan otras disposiciones”
iniciar con el trámite correspondiente y cumplir con las
exigencias dictadas por la Constitución y la ley.
Cordialmente,
PROYECTO DE LEY NÚMERO 055 DE 2023
por medio de la cual se modica el artículo 236
del Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras
disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
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