Proyecto de Ley número 122 de 2023 Cámara, por medio del cual se reconocen, morigeran y regulan las actividades de la cultura rural y urbana popular con animales en el territorio nacional - 16 de Agosto de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 942932272

Proyecto de Ley número 122 de 2023 Cámara, por medio del cual se reconocen, morigeran y regulan las actividades de la cultura rural y urbana popular con animales en el territorio nacional

Fecha de publicación16 Agosto 2023
Número de Gaceta1082
PROYECTOS DE LEY
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 1082 Bogotá, D. C., miércoles, 16 de agosto de 2023 EDICIÓN DE 25 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 122 DE 2023
CÁMARA
por medio del cual se reconocen, morigeran y
regulan las actividades de la cultura rural y urbana
popular con animales en el territorio nacional.
Bogotá, D. C., julio de 2023
Doctor
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
Secretario General
Cámara de Representantes
Congreso de la República de Colombia
Asunto: Radicación del proyecto de ley, por
medio del cual se reconocen, morigeran y regulan
las actividades de la cultura rural y urbana popular
con animales en el territorio nacional.
Respetado Doctor:
En nuestra calidad de Congresistas de la República
y en uso de las atribuciones que nos han sido conferidas
por la Constitución y la ley, respetuosamente nos
permitimos radicar el proyecto de ley de la referencia
y, en consecuencia, le solicitamos se sirva dar inicio
al trámite legislativo respectivo.
Atentamente,
Página 2 Miércoles, 16 de agosto de 2023 G 1082
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Este proyecto de ley es un desarrollo del mandato
de la Corte Constitucional contenido en la sentencia
C-666 de 2010 en el sentido de regular las riñas
de gallos, las carralejas y el coleo, además de
morigerar los aspectos de las actividades taurinas y
reglamentar en general las diferentes prácticas con
animales. Además de las actividades a las que hizo
referencia la sentencia C- 666 referida, por formar
parte del mismo conjunto de actividades, que esta
ley denomina “cultura rural y urbana popular”,
se reglamentan en el sentido indicado por dicha
decisión judicial, acogiendo mediante criterios
legales una regulación que equilibre el deber de
protección animal con las expresiones culturales.
La sentencia C-666 de 2010 de la Corte
Constitucional de Colombia ha sido un referente
importante en la regulación de las actividades
taurinas y otras prácticas similares, buscando
un equilibrio entre la protección animal y la
preservación de expresiones culturales. La Ley
916 de 2004, que regula las actividades taurinas en
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daño generado por los instrumentos de lidia y hacer
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Recientemente, el Proyecto de Ley número
007 de 2022 Cámara,por el cual se eliminan las
prácticas taurinas en el territorio nacional y se
dictan otras disposiciones” fue objeto de audiencias
públicas en Cali, Bogotá y Manizales, donde
se escucharon diferentes puntos de vista de los
sectores interesados. Sin embargo, el proyecto fue
archivado en la plenaria de la Cámara, en atención
a las observaciones populares y al compromiso de
los autores de este proyecto de ley de presentar una
nueva propuesta que busque la morigeración de las
prácticas taurinas y otros espectáculos similares.
Las prácticas con animales en Colombia tienen
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ingresos a través de impuestos y contribuyendo al
empleo en las ciudades principales y de la ruralidad
donde estas se llevan a cabo. Sin embargo, también
son objeto de controversia debido a preocupaciones
por el bienestar animal asociado a estas prácticas. La
regulación de las actividades taurinas en Colombia
busca encontrar un equilibrio entre la protección
animal y la preservación de expresiones culturales,
buscando soluciones que satisfagan a todas las
partes involucradas.
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una actividad económica que ha ganado terreno
en los últimos años. Según las estadísticas, hay
presencia de estas aves de combate en el 98% de los
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local y nacional.
Con más de 7.700 galleras y 27.500 gallerías en
el país, se estima que existen aproximadamente 6.5
millones de animales en esta industria. Estas cifras
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en la economía colombiana.
Además, los datos indican que hay 125.000
empleos directos relacionados con esta actividad
económica, lo que representa un promedio de 4.5
empleados por gallería. Además, hay 165.000
empleos indirectos en la cadena productiva,
veterinarios, transporte, galleras, entre otros.
El costo de empleados directos e indirectos se
estima en $195.000.000.000 y $115.000.000.000
respectivamente. En otras palabras, la industria
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de $310.000.000.000 en empleados directos e
indirectos.
La alimentación de estas aves es uno de los
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Cada animal consume 70 gramos de maíz al día
y una mezcla de alverja, lenteja, trigo, sorgo,
zanahoria y guayaba en una porción de 21 gramos al
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consumen 13.650 toneladas mensuales de maíz, que
equivale a un gasto de $27.300.000.000, además de
otras 4.095 toneladas mensuales en otros insumos
de alimentación con un gasto de $11.056.500.000.
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representa un gasto anual de $460.278.000.000 en
alimentación de las aves.
Es importante destacar que esta actividad
económica es altamente regulada parlas autoridades
gubernamentales. Las galleras y gallerías deben
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operar, incluyendo la inspección veterinaria y el
registro de todas las aves. Además, el bienestar animal
es una preocupación constante para los criadores
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