Proyecto de ley número 205 de 2021 Cámara, mediante la cual se crea el proceso monitorio penal como un mecanismo preferente para la atención y reparación integral a casos de violencia intrafamiliar - 5 de Agosto de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879265794

Proyecto de ley número 205 de 2021 Cámara, mediante la cual se crea el proceso monitorio penal como un mecanismo preferente para la atención y reparación integral a casos de violencia intrafamiliar

Fecha de publicación05 Agosto 2021
Número de Gaceta942
Página 32 Jueves, 5 de agosto de 2021 G 942
PROYECTO DE LEY Nº ____ DE 2021
“Mediante la cual se crea el proceso monitorio penal como un mecanismo preferente para la atención y
reparación integral a casos de violencia intrafamiliar”.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. PROBLEMA:
En Colombia hay altas tasas de delitos de violencia intrafamiliar, lo que afecta no solo el desarrollo personal de
las víctimas, sino que además trastorna a las familias, afecta su economía y la del mismo país.
II. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La familia es el primer nicho social de todos los seres humanos, el escenario en el cual las personas construyen
aprenden lo bueno y lo malo, de ahí tomamos nuestras bases comportarnos e interactuar con el mundo social,
ahí aprendemos a comunicarnos, a respetar los derechos y a comprender las normas sociales. Actualmente, el
concepto de familia se ha trasformado pues el modelo imperante, compuesto por padre, madre e hijos/as, se
ha resignificado, encontrando familias extensas, familias monoparentales, parejas del mismo sexo, etc.
La violencia, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) se define como “el uso intencional de la fuerza
o el poder físico, de hecho, o como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo de comunidad, que
cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daño psicológico, trastornos en el desarrollo
o privaciones.” (2).
Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en su informe FORENSIS 2015, existen
diversos tipos de violencia: La violencia física, entendida como el acto de infringir daño o dolor; la violencia
psicológica produciendo desvalorizaciones y humillaciones a través de amenazas, insultos, coacciones, control,
ridiculización y menosprecio; la violencia sexual, entendida como cualquier contacto sexual sin consentimiento;
la violencia económica a través de acciones de explotación económica o control de recursos; y negligencia por
omisión de acciones de cuidado sea voluntaria o involuntariamente. Este tipo de violencia se puede manifestar
entre diferentes integrantes de la familia, de padres a hijos/as, entre hermanos/as, de hijos/as hacia padres o
hacia población adulta mayor integrante de la familia1.
Una mirada a este informe, en lo que respecta a la violencia intrafamiliar en parejas, muestra más de década y
media de víctimas de este flagelo, situación frente a la cual no se tienen destacables avances legislativos para
contrarrestar este delicado delito.
Este tipo de violencia le cobra un alto costo al país, piénsese en la gran cantidad de incapacidades originadas
en este delito, más los costos de atención que el sistema de salud debe invertir en las víctimas, más el impacto
en la salud mental de víctimas inocentes –hijos o hijas y personas de la tercera edad- que viven bajo el mismo
techo de los agresores.
Si bien en cierto, se han adoptado leyes fuertes contra este flagelo, como la reciente 1959 de 2019, la cual
aumentó las penas para los autores o autoras de esta infracción, el sistema judicial ha mostrado una ineficiencia
que muestra altos niveles de impunidad, situación que no soluciona esta ley, pues actualmente no existen
actualmente procedimientos expedidos, ni pronunciamientos judiciales que de manera consistente desarrollen
los lineamientos que deban guiar la reparación de la mujer víctima de este flagelo.
Es necesario señalar que Colombia ha
III. CONTEXTO:
1 https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/49523/Violencia+intrafamiliar+primera+parte.pdf
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El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en su informe FORENSIS 2019, señalan haber
conocido de 77.303 casos de violencia intrafamiliar para ese año, esto es 211.78 casos por día, de los cuales
58.931 fueron víctimas las mujeres, este informe señala que hay por lo menos un 70% de subregistro de esta
clase de violencia. Lo anterior, hizo concluir a la Consejería Presidencial para la Equidad de Género que más
del 76%2 de las mujeres en Colombia han sufrido o sufren violencia intrafamiliar. De otra parte, esta misma
fuente, señala que para el año 2019, más del 14% de la población femenina en Colombia estaba buscando
empleo y que la brecha salarial, oscila entre un 60y un 80%, respecto de los hombres, y, conforme al nivel
educativo, siendo la pobreza multidimensional, de este género para 2019 del 18%.
La Encuesta Nacional de Demografía y Salud, 2015, señala que la violencia física recae en mayores
proporciones sobre las mujeres. El 31.9 por ciento de las mujeres, actualmente o alguna vez unidas, reportó
que su pareja o expareja había ejercido violencia física contra ellas. Por su parte, el 22.4 por ciento de los
hombres reportó haber vivido violencia física por parte de su pareja o expareja3. La misma Encuesta señala que
el empujón o zarandeo, seguido de los golpes con la mano, son las manifestaciones de la violencia que
mayoritariamente reportaron las personas encuestadas: el 28.8 por ciento de las mujeres, alguna vez unidas,
ha sido empujada o zarandeada por parte de su pareja, frente al 18.5 por ciento de los hombres alguna vez
unidos. El 21.4 por ciento de las mujeres han sido golpeadas con la mano por su pareja, frente al 13.6 por ciento
de los hombres; la misma fuente destaca que el uso de la fuerza física para someter dolor y someter es más
alto por parte de los hombres que de las mujeres; es así como el 8.7 por ciento de las mujeres ha sido pateada
o arrastrada por parte de su pareja, a diferencia de los hombres que reportan en un 1.8 por ciento este tipo de
violencia y que el intento de estrangulamiento o quemar a la pareja también es mayor contra las mujeres: al 4.4
por ciento de ellas su pareja ha tratado de estrangularla o quemarla, y en el caso de los hombres este tipo de
violencia se presentó en un 1.1 por ciento.
2 http://www.observatoriomujeres.gov.co/es/Violence
3 Ministerio de la Protección Social y PROFAMILIA, 2015, en: https://profamilia.org.co/wp-content/uploads/2019/05/ENDS-
2015-TOMO-II.pdf, Pág. 398.
La misma Encuesta, indagó frente a las construcciones de la masculinidad y la feminidad y los resultados
“muestran que el 80.2% de las mujeres y el 81% de los hombres están de acuerdo con la idea de que “cuando
los hombres están bravos es mejor no provocarlos”. El mayor porcentaje se presentó en las mujeres y hombres
de 40 a 49 años; en los que tienen educación primaria; en aquellos que se ubican en los quintiles de riqueza
más bajo y bajo y en quienes se encuentran en la zona rural. Las mujeres y hombres de Chocó (93.7% y 95.7%),
Córdoba (91.4%y 92%) y Guainía (90.7% y 91.8%), son quienes en mayor proporción están de acuerdo con
esta idea. De igual manera, se encontró que el 83.8 de las mujeres y el 85.9 de los hombres estuvieron de
acuerdo con la idea de que “cuando las mujeres están bravas es mejor no provocarlas”. El mayor porcentaje se
presentó también en las mujeres y hombres de 40 a 49 años; en quienes cuentan con educación primaria; en
quienes se ubican en los quintiles de riqueza más bajo y bajo; y se encuentran en la zona rural. Las mujeres y
hombres de Chocó (94.8% y 96.1%), Córdoba (93.3% y 93%), Huila (91.5% y 93%) y Guainía (95.2%) en
hombres y Amazonas (92.6%) en mujeres, son quienes en mayor proporción se identifican con esta afirmación.
Frente a los imaginarios sobre el sentido de propiedad, dominación y control sobre las mujeres el 29.3 por ciento
de los hombres de 13 a 49 años está de acuerdo con que “es normal que los hombres no dejen salir sola a su
pareja” y el 18.9 por ciento de las mujeres (10 puntos porcentuales por debajo) mostró acuerdo con la
afirmación. Los mayores porcentajes se concentran en los hombres y las mujeres más jóvenes (13 a 19 años);
en la zona rural; en quienes no tienen educación; y en quienes se ubican en los quintiles de riqueza más bajo
y bajo. Guainía (47.1%), Magdalena (38.7%), Amazonas (38.3%), Chocó y Vaupés (38.2%) presentan los
mayores porcentajes de los hombres que se identifican con esta idea; y Vaupés (35%), Sucre (28.9%), Córdoba
(28.3%) y La Guajira (28.1%) son los departamentos en donde fueron las mujeres quienes en mayor porcentaje
estuvieron de acuerdo con la afirmación. En el mismo sentido, el 50.1 por ciento de los hombres y en menor
proporción, el 36.5 por ciento de las mujeres, mostraron aceptación con que “una buena esposa obedece a su
esposo siempre”. Esta idea se concentra en los hombres y mujeres con más edad; en quienes no cuentan con
educación; quienes se ubican en los quintiles de riqueza bajo y más bajo y en quienes se encuentran en la zona
rural. Los departamentos en donde los hombres presentaron los mayores porcentajes fueron La Guajira
(78.7%), Sucre (73.6%), Guainía (73.1%) y Bolívar (72.6%); y las mujeres de los departamentos de Guainía
(66.8%), La Guajira (64.6%), Chocó (60.1%) y Amazonas (58.4%) fueron quienes en mayor proporción
estuvieron de acuerdo con la afirmación. Con relación al carácter de dominación masculina, el 41.3 por ciento
PROYECTO DE LEY NÚMERO 025 DE 2021
CÁMARA
mediante la cual se crea el proceso monitorio penal
como un mecanismo preferente para la atención y
reparación integral a casos de violencia intrafamiliar.

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