PROYECTO DE LEY NÚMERO 233 DE 2022 CÁMARA, por medio de la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento del deporte, la recreación y la cultura deportiva - 7 de Octubre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 913238410

PROYECTO DE LEY NÚMERO 233 DE 2022 CÁMARA, por medio de la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento del deporte, la recreación y la cultura deportiva

Fecha de publicación07 Octubre 2022
Número de Gaceta1217
PROYECTOS DE LEY
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 1217 Bogotá, D. C., viernes, 7 de octubre de 2022 EDICIÓN DE 40 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 233 DE 2022
CÁMARA
por medio de la cual se dictan normas tendientes a
modernizar la organización y el funcionamiento del
deporte, la recreación y la cultura deportiva.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
TÍTULO I
GENERALIDADES DE LA LEY
Artículo 1°. Objetivo general. La presente ley
tiene como objeto establecer los lineamientos
generales y el marco normativo que regule
    
dirección, planeación, coordinación, ejecución,
implementación, articulación y control de la política
pública, estructura, funcionamiento, administración,
promoción, fomento y desarrollo de la práctica del
deporte, la recreación, la promoción de la cultura
deportiva y la actividad física, y a su vez fomentar,
coordinar y regular la construcción, administración,
dotación, adecuación y mantenimiento de la
infraestructura deportiva y recreativa para la
actividad física en el territorio nacional.
Artículo 2°. Ámbito de aplicación. La presente
ley es aplicable a todos los organismos deportivos
de derecho público y privado adscritos al Sistema
Nacional del Deporte, la Recreación y la Actividad
Física.
Artículo 3°. Naturaleza jurídica. El Sistema
Nacional del Deporte, la Recreación, la Actividad
Física y la Cultura Deportiva, estará conformado
por entes deportivos de derecho público y privado,
organismos recreativos y organismos de actividad
física, del orden nacional, departamental, distrital y
municipal.
Parágrafo 1°. Los entes deportivos de derecho
público son entidades públicas organizadas como el
Ministerio del Deporte en el orden nacional, como
entidades deportivas descentralizadas, de distrito
capital o dependencias que hagan sus veces en el
orden departamental y municipal.
Parágrafo 2°. Los organismos deportivos,
recreativos o de actividad física de derecho privado,
son entidades privadas organizadas de forma
democrática, sin ánimo de lucro, independientes,
constituidas como asociaciones o corporaciones,
sometidas en su organización, funcionamiento y
desarrollo a la presente ley.
Parágrafo 3°. Los organismos deportivos
profesionales de derecho privado constituidos como
sociedades anónimas, serán regulados en cuanto a
su organización y funcionamiento por el Código de
Comercio y el ejercicio del fomento y promoción
del deporte será regulado por la presente ley.
Artículo 4°. Objetivos especícos. El Estado, en
el fomento y desarrollo de la práctica del deporte, la
recreación, la cultura deportiva y la actividad física,

     
coordinar, ejecutar y controlar la política
pública del sector del deporte, la recreación y
la actividad física, a través de los organismos
deportivos de derecho público integrantes del
Sistema Nacional del Deporte, la Recreación
y la Actividad Física.
2. Articular el sector del deporte, la recreación
y la actividad física con el sector salud, el
sector educativo y el sector de vivienda,
ciudad y territorio, en lo que tiene que ver
con la actividad física, la educación física y
la infraestructura deportiva y recreativa.
Página 2 Viernes, 7 de octubre de 2022 G 1217
3. Promover, fomentar y regular la creación,
desarrollo y funcionamiento de los
organismos deportivos de derecho privado
que hacen parte del Sistema Nacional del
Deporte, la Recreación y la Actividad Física.
4. Fomentar, coordinar y regular la construcción,
administración, dotación, adecuación, y
mantenimiento la infraestructura deportiva y
recreativa de la actividad física, garantizando
la accesibilidad e inclusión de las personas
en situación de discapacidad.
5. Desarrollar y ejecutar planes, programas,
proyectos y/o actividades encaminadas
al fomento y desarrollo de la práctica del
deporte, la recreación, la cultura deportiva y
la actividad física, con enfoque diferencial,
accesibilidad, inclusión, mejoramiento de
la salud física, calidad de vida y bienestar
individual y social de la población.
      
desarrollo del deporte competitivo y de
altos logros, que involucre las ciencias del
deporte, las instituciones de educación
superior, los organismos deportivos de
derecho público y privado y las demás
autoridades competentes, que propendan por
el alto nivel competitivo, de conformidad
con los principios del movimiento olímpico,
paralímpico y sordolímpico.
7. Promover, fomentar y difundir el
conocimiento, la enseñanza y la investigación
      
actividad física, con base en el desarrollo y
las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación.
8. Velar por la correcta organización y
ejecución de los eventos deportivos,
recreativos, de educación física, actividad
física y aprovechamiento del tiempo libre
y garantizar el cumplimiento de las normas
establecidas para la seguridad, comodidad y
convivencia en los mismos.
9. Impulsar la economía, el comercio, el
emprendimiento y el turismo, a través de la
generación de empleo y el fortalecimiento
de la industria deportiva y recreativa para la
actividad física.
10. Establecer y reglamentar un programa de
     
de alto rendimiento.
      
inversión de recursos, para consolidar el
funcionamiento e inversión de los recursos
en el fomento y desarrollo del deporte,
la recreación, la actividad física y el
aprovechamiento del tiempo libre.
12. Ejercer las funciones de Inspección,
vigilancia y control de los organismos
que hacen parte del Sistema Nacional del
Deporte, la Recreación y la Actividad Física.
Artículo 5°. Principios. El fomento y desarrollo
del deporte, la recreación y la actividad física se
realizará conforme a los siguientes principios:
1. Universalidad. La práctica del deporte,
la recreación y la actividad física, son un
derecho que le asiste a todos los habitantes
del territorio nacional.
2. Igualdad. La práctica, la inclusión y la
accesibilidad al fomento y desarrollo del
deporte, la recreación y la actividad física
sin discriminación alguna, es un derecho que
le asiste a todos los habitantes del territorio
nacional.
3. Dignidad humana. El fomento y desarrollo
de la práctica del deporte, la recreación y la
actividad física, se basa en el fortalecimiento
de los derechos y garantías del ser humano,
su ejercicio fortalece la formación integral
del individuo como ser individual y social.
4. Ética deportiva. El fomento y desarrollo
de la práctica del deporte, la recreación y
la actividad física, deberá realizarse bajo
los preceptos de la sana competencia y
el respeto a las normas y reglamentos
previamente establecidos. Las actuaciones
y comportamientos de quienes integran el
Sistema Nacional del Deporte, la Recreación
y la Actividad Física estarán sujetas al
régimen disciplinario que les sea aplicable,
sin perjuicio de las acciones a que haya lugar
por parte de los organismos de control del
Estado.
5. Democratización. El fomento y desarrollo
de la práctica del deporte, la recreación y
la actividad física, deberá garantizar en el
ejercicio de su organización la participación
democrática de los habitantes en la elección y
conformación de los organismos colegiados.
6. Participación. Todos los habitantes del
territorio colombiano podrán participar en
el fomento y desarrollo de la práctica del
deporte, la recreación y la actividad física de
manera individual o colectiva.
7. Integración funcional. Las entidades públicas
y privadas que desarrollen planes, programas,
proyectos y/o actividades relacionados con
el fomento y desarrollo de la práctica del
deporte, la recreación y la actividad física,
concurrirán de manera armónica y concertada
      
lineamientos y marco normativo, mediante
la integración de reglamentos, funciones,
acciones y recursos en los términos establecidos
en la presente ley.
8. Progresión. El Estado propenderá por la
ampliación progresiva de la cobertura,
calidad y desarrollo del deporte, la recreación
y la actividad física.
9. Desarrollo Sostenible. El fomento y
desarrollo de la práctica del deporte, la
G 1217 Viernes, 7 de octubre de 2022 Página 3
recreación y la actividad física, debe satisfacer
las necesidades del presente sin comprometer
la capacidad de las futuras generaciones,
garantizando el equilibrio entre el desarrollo
deportivo, la salud, la formación integral,
el crecimiento económico, el cuidado del
medio ambiente y el bienestar individual y
social del ser humano.
Artículo 6°. Deniciones. Para efectos de la
presente ley se entiende por:
1. Deporte: Es la actividad motriz e intelectual
del ser humano, de naturaleza competitiva,
provista de principios y normas previamente
establecidas que determinan su ejercicio,
desarrollo y ejecución.
2. Recreación: Es un proceso de acción
participativa y dinámica dada para el disfrute,
el goce, el placer, la creatividad y la libertad
del individuo o el colectivo, que propende
por el bienestar de la persona potenciando las
expresiones del ser y las vivencias generadas
a partir del juego y la lúdica, sin normas ni
intención competitiva.
3. Educación física: Es la disciplina pedagógica
que basa su intervención en el movimiento
del ser humano, para estructurar primero
y desarrollar después, de forma integral y
armónica, las capacidades coordinativas,
condicionales, afectivas y cognitivas de
       
calidad de la participación humana en los
distintos ámbitos de la vida, como son el
familiar, el social y el productivo.
4. Actividad física: Es el movimiento
corporal realizado de manera voluntaria
y repetitiva, que involucra a los grandes
grupos musculares y que aumenta el gasto
energético por encima del nivel basal,
considerando la frecuencia, la intensidad, la
duración y el tipo, desarrollándose en cuatro
dominios: entrenamiento deportivo, tiempo
libre, transporte, ocupación y hogar.
5. Deporte escolar: Es el conjunto de
actividades deportivas realizadas o
desarrolladas al interior o entre instituciones
educativas, como aspecto fundamental
para el desarrollo de la educación física de
los estudiantes de básica primaria y básica
secundaria.
6. Deporte formativo: Es la práctica deportiva
     
desarrollo integral del individuo, con métodos
  
avance en el proceso de formación deportiva,
en cualquier momento de la vida a través de
las diferentes etapas de aprendizaje.
7. Deporte universitario: Es la práctica
deportiva que se desarrolla como complemento
de la formación de los estudiantes de
educación superior, fundamentalmente en
los programas académicos y de bienestar
universitario en las instituciones educativas
de formación superior, reglamentadas por el
sector educativo.
8. Deporte comunitario: Se entiende
por deporte comunitario las prácticas
deportivas y sus diferentes manifestaciones
en la comunidad, que desde un enfoque
diferencial e incluyente que fortalecen la
sana convivencia y valores, propiciando la
transformación social y la paz al interior de
las comunidades.
9. Deporte asociado: Entiéndase por
deporte asociado el desarrollado por un
conjunto de organismos de carácter privado
    
de desarrollar actividades y programas de
deporte convencional de orden municipal,
departamental, de Distrito Capital, nacional
e internacional, que tengan como objeto el

10. Deporte asociado paralímpico y
sordolímpico: Entiéndase por deporte
asociado paralímpico y sordolímpico el
conjunto de actividades que tienen como
      
situación de discapacidad, desarrollado
por un conjunto de organismos de carácter
privado organizadas jerárquicamente con el
     
de deporte paralímpico y sordolímpico de
orden municipal, departamental y de Distrito
Capital, nacional e internacional, que tengan
como objeto el alto logro de los atletas

11. Deporte acionado: Es aquel que realiza el

pero que en su desarrollo no recibe pago o
indemnización alguna a su favor, distinto del
monto de los gastos efectivos ocasionados
durante el ejercicio de la actividad deportiva
correspondiente.
12. Deporte profesional: Es aquel que realiza
el deportista que hace de su deporte una
profesión y admite como competidores a
personas naturales bajo contrato laboral de
conformidad con las normas deportivas de la
respectiva federación internacional.
13. Deporte de alto rendimiento: Es aquel
cuyo objetivo principal consiste en alcanzar
el máximo rendimiento atlético en eventos
del más alto nivel competitivo, reconociendo
estos como los certámenes nacionales,
regionales, continentales, mundiales y
eventos del ciclo olímpico, paralímpico
y sordolímpico, como consecuencia de
procesos sistemáticos y de alta exigencia en
todos los niveles de la preparación deportiva.
14. Deportista: Persona que de manera regular
practica un deporte o modalidad deportiva,
de manera competitiva y con sujeción a las
normas que rigen su deporte.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR