Proyecto de Ley número 317 de 2023 Cámara, por medio del cual se declara al Sonsureño como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación - 5 de Diciembre de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 972681825

Proyecto de Ley número 317 de 2023 Cámara, por medio del cual se declara al Sonsureño como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación

Fecha de publicación05 Diciembre 2023
Número de Gaceta1735
G 1735 Martes, 5 de diciembre de 2023 Página 7
La consideración jurídica anteriormente citada le
da un alcance al artículo 150.15 de la Constitución, la
cual habilita al legislador para exaltar hechos, lugares
o instituciones que merecen un reconocimiento
público por su contexto histórico y para promover
los valores que atañen a los principios consagrados
a la Constitución y en este caso, el Tecnológico de
Artes Débora Arango Institución Redenida se ha
encargado de aportar para el desarrollo cultural en
el país.
IMPACTO FISCAL
El artículo 7° de la Ley 819 de 2003 “Por la
cual se dictan normas orgánicas en materia de
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se dictan otras disposiciones”, establece que en todo
Proyecto de Ley que se ordene gastos debe existir en
la exposición de motivos el respectivo análisis del
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Si bien en este caso se autoriza al Gobierno
nacional para disponer de las partidas presupuestales
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y no se ordena un gasto, la presente iniciativa no
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y se deja de presente en la exposición de motivos.
De los honorables Congresistas,
PROYECTO DE LEY NÚMERO 317 DE 2023
CÁMARA
por medio del cual se declara al Sonsureño como
Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación.
Bogotá D. C., 23 de noviembre de 2023
Señor
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
Secretario General
Cámara de Representantes
REFERENCIA: Radicación de Proyecto de
Ley.
En mi condición de miembro del Congreso de
la República y en uso del derecho consagrado en la
de 1992, me permito poner a consideración de la
honorable Cámara de Representantes el siguiente
Proyecto de Ley: “Por medio del cual se declara
al Sonsureño como Patrimonio Cultural Inmaterial
de la Nación”, con      
correspondiente y cumplir con las exigencias
dictadas por la Constitución y la ley.
Atentamente,
PROYECTO DE LEY NÚMERO 317 DE 2023
CÁMARA
por medio del cual se declara al Sonsureño como
Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación.
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1°. Declárese al ritmo Sonsureño como
Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación.
Artículo 2°. Exhórtese al Gobierno nacional
a través del Ministerio de Cultura, para que surta
el procedimiento correspondiente de inclusión
del ritmo Sonsureño en la Lista Representativa de
Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito nacional.
Artículo 3°. Autorícese al Gobierno nacional, a
través del Ministerio de Cultura, a incluir el ritmo
Sonsureño en el Banco de Proyectos del Ministerio
de Cultura.
Artículo 4°. El Gobierno nacional, a través
del Ministerio de Cultura, podrá incorporar al
Presupuesto General de la Nación las apropiaciones
requeridas para contribuir al fomento, promoción,
difusión, conservación, protección y desarrollo del
Sonsureño como Patrimonio Cultural Inmaterial de
la Nación.

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