Proyecto de ley número 34 de 2021 Senado, por la cual se modifica la Ley 1953 de 2019 con la naprotecnología como tratamiento para la infertilidad en Colombia - 30 de Julio de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879263785

Proyecto de ley número 34 de 2021 Senado, por la cual se modifica la Ley 1953 de 2019 con la naprotecnología como tratamiento para la infertilidad en Colombia

Fecha de publicación30 Julio 2021
Número de Gaceta897
Página 16 Viernes, 30 de julio de 2021 Gaceta del Congreso 897
SECCIÓN DE LEYES
SENADO DE LA REPÚBLICA – SECRETARIA GENERAL – TRAMITACIÓN
LEYES
Bogotá D.C., 20 de Julio de 2021
Señor Presidente:
Con el fin de repartir el Proyecto de Ley No.033/21 Senado “POR MEDIO DE LA CUAL SE
EXPIDE EL ESTATUTO DISCIPLINARIO POLICIAL”, me permito remitir a su despacho el
expediente de la mencionada iniciativa, presentada el día de hoy ante la Secretaría General
del Senado de la República por el Ministro de Defensa, Dr. DIEGO ANDRÉS MOLANO
APONTE; el Ministro del Interior, Dr. DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ; los
Honorables Senadores JUAN DIEGO GÓMEZ, RUBY CHAGÜI, PAOLA HOLGUIN, ERNESTO
MACÍAS TOVAR, MARÍA FERNANDA CABAL, JOSÉ LUIS PÉREZ OYUELA, JOHN MILTON
RODRÍGUEZ, JONATAN TAMAYO, HONORIO HENRIQUEZ, MARÍA DEL ROSARIO GUERRA,
SANTIAGO VALENCIA, MAURICIO DELGADO, BERNER ZAMBRANO, JOHN HAROLD SUÁREZ,
EMMA CLAUDIA CASTELLANOS, LUIS DÍAZ GRANADOS, GABRIEL VELASCO, JAIME DURÁN
BARRERA; y los Honorables Representantes JENNIFER ARIAS, EDWARD RODRÍGUEZ, GERMÁN
BLANCO, YENICA ACOSTA, ALONSO DEL RIO CABARCAS, JUAN PABLO CELIS, JAIME
USCÁTEGUI, ANATOLIO HERNÁNDEZ, MAURICIO PARODI, JUAN CARLOS WILLS, HARRY
GIOVANNY GONZÁLEZ, JUAN DAVID VÉLEZ, CHRISTIAN GARCÉS, GUSTAVO PADILLA, JUAN
MANUEL DAZA, JAIME LOZADA, HERNAN HUMBERTO GARZÓN, GUSTAVO LONDOÑO, JOSÉ
VICENTE CARRERO, JAIME ARMANDO YEPES, ASTRID SÁNCHEZ, FABIAN ORDUZ, ATILANO
GIRALDO, EDWIN BALLESTEROS, ADRIANA MAGALI MATIZ, RUBÉN MOLANO, NICOLÁS
ECHEVERRY, ENRIQUE CABRALES, JOHN JAIRO BERMÚDEZ y otras firmas. La materia de
que trata el mencionado Proyecto de Ley es competencia de la Comisión SEGUNDA
Constitucional Permanente del Senado de la República, de conformidad con las
disposiciones Constitucionales y Legales.
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General
PRESIDENCIA DEL H. SENADO DE LA REPÚBLICA – JULIO 20 DE 2021
De conformidad con el informe de Secretaria General, dese por repartido el precitado
Proyecto de Ley a la Comisión SEGUNDA Constitucional y envíese copia del mismo a la
Imprenta Nacional para que sea publicado en la Gaceta del Congreso.
CÚMPLASE
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
JUAN DIEGO GÓMEZ JIMÉNEZ
SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
GREGORIO ELJACH PACHECO
PROYECTO DE LEY NÚMERO 34 DE 2021
SENADO
por la cual se modica la Ley 1953 de 2019 con la
naprotecnología como tratamiento para la infertilidad
en Colombia.
PROYECTO DE LEY
“POR LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 1953 DE 2019 CON LA
NAPROTECNOLOGÍA COMO TRATAMIENTO P ARA LA INFERTILIDAD EN
COLOMBIA”.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Artículo 1. Objeto. La presente Ley tiene como propósito incluir dentro de la Política
Pública de Infertilidad el acceso a la naprotecnología como tratamiento para la infertilidad.
Artículo 2. Modifíquese el artículo 4° de la Ley 1953 de 2019, el cual quedará así:
ARTÍCULO 4o. TRATAMIENTO DE FERTILIDAD. Establecida la política pública de
infertilidad en un término no superior a un año, el Ministerio de Salud y Protección Social
reglamentará el acceso a los tratamientos de infertilidad mediante la naprotecnología, las
técnicas de reproducción humana asistida o Terapias de Reproducción Asistida (TRA),
conforme a los lineamientos técnicos para garantizar el derecho con recursos públicos, bajo
el enfoque de derechos sexuales y derechos reproductivos contenidos en el modelo del Plan
Decenal de Salud Pública, cumpliendo con los siguientes criterios:
1. Determinación de Requisitos. Requisitos como edad, condición de salud de la pareja
infértil, números de ciclos de baja o alta complejidad que deban realizarse conforme a la
pertinencia médica y condición de salud, capacidad económica de la pareja, o nivel de Sisbén,
frecuencia, tipo de infertilidad.
2. Definición de mecanismos de protección individual para garantizar las necesidades en
salud y la finalidad del servicio, y definición de la infraestructura técnica requerida para la
prestación del servicio.
3. Los demás que se consideren necesarios para la aplicación de la ley, en el marco del interés
general y la política pública.
Artículo 3. Vigencia de la Ley. La presente Ley rige a partir del día siguiente a su
publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
De los H. Congresistas:
EDUARDO EMILIO PACHECO CUELLO
Senador de la República
JOHN MILTON RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
Senador de la República
EDGAR ENRIQUE PALACIO MIZRAHI
Senador de la República
MILLA PATRICIA ROMERO SOTO
Senadora de la República
Partido Centro Democrático
ESPERANZA ANDRADE SERRANO
Senadora de la República
Partido Conservador Colombiano
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS AL PROYECTO DE LEY
“POR LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 1953 DE 2019 CON LA
NAPROTECNOLOGÍA COMO TRATAMIENTO P ARA LA INFERTILIDAD EN
COLOMBIA”.
Honorables Congresistas:
El propósito de la presente iniciativa es el de propender por la integración dentro de las
políticas públicas de infertilidad a las técnicas saludables para la mujer gestante, donde se
priorice la naprotecnología o tecnología procreativa natural, como un nuevo método que
busca las causas de la infertilidad cooperando con los ciclos menstruales de la mujer.
Para esta finalidad, la naprotecnología emplea el modelo Creighton Fertility Care System,
desarrollado hace más de 30 años por Thomas W. Hilgers, profesor clínico de la Facultad de
Medicina de la Universidad de Creigthon, el cual consistió inicialmente en el monitoreo del
cuerpo de la mujer mediante técnicas de observación y sistematización en cartillas
especialmente diseñadas para ese fin. La técnica surgió en Estados Unidos, teniendo una
exitosa trayectoria en países tales como Canadá, Irlanda, Reino Unido, Holanda, Alemania y
España. Posteriormente, se consolidó la naprotecnología, la cual desarrolló el modelo,
realizando un diseño metodológico a través de exámenes con biomarcadores, lo cual permite
controlar de forma sencilla y objetiva los eventos hormonales que se observan en el ciclo
menstrual femenino. La información obtenida de los biomarcadores posibilita la
identificación de problemas y enfermedades que son posibles en la mayoría de los casos
corregir mediante tratamientos médicos y cirugía restaurativa, aumentando de esta manera el
potencial procreativo y consecuentemente las posibilidades de un embarazo mediante una
relación sexual, diferenciándose de los métodos artificiales de la procreación humana asistida
(Rodríguez, 2011). Esta metodología de la ciencia reproductiva se encuentra incursionando
en Colombia, dónde actualmente solo tres médicos se han especializado en su aplicación para
el tratamiento de la infertilidad (Universidad de la Sabana, 2017).
Sin embargo, la aplicación de la técnica no ha sido sencilla, atribuido a la pérdida del
concepto de paternidad/maternidad, el cual ha sido sustituido por la posibilidad de tener un
hijo cuando se desea sin tener en cuenta los medios para conseguirlo. Asimismo, es pertinente
señalar el sufrimiento y frustración que se desenvuelve en las parejas con problemas de
fertilidad, lo cual se constituye en una situación de presión que incita a la pareja a buscar
cualquier medio para lograr un embarazo, avalado y en la mayoría de casos estimulado por

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