Proyecto de Ley número 348 de 2023 Cámara, por medio de la cual se toman medidas para la conservación y protección de la red férrea inactiva y en desuso no contemplada para activarse como corredor ferroviario, promoviendo su uso para fines cultural, deportivo, turístico y ambiental que permitan la restitución, apropiación, resignificación y disfrute de este patrimonio público
Número de Iniciativa en la Cámara | 348/2023 |
G 110 Viernes, 3 de marzo de 2023 Página 3
3. IMPACTO FISCAL
En consideración del parágrafo del artículo 334
fundamentales, se restrinja su alcance o se niegue su
subordina toda decisión a la imposibilidad de afectar el
goce efectivo de los citados derechos constitucionales.
Pese a lo anterior, en el marco del trámite legislativo
correspondiente.
4. CONFLICTO DE INTERESES
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 3°
de la Ley 2003 del 19 de noviembre de 2019, por la cual
de un proyecto de ley o acto legislativo o artículo pueda
La precitada norma establece las siguientes
a) “Benecio particular: aquel que otorga un
privilegio o genera ganancias o crea indemnizaciones
económicas o elimina obligaciones a favor del
congresista de las que no gozan el resto de los ciudadanos.
Modique normas que afecten investigaciones penales,
disciplinarias, scales o administrativas a las que se
encuentre formalmente vinculado.
b) Benecio actual: aquel que efectivamente se
congura en las circunstancias presentes y existentes al
momento en el que el congresista participa de la decisión.
c) Benecio directo: aquel que se produzca de
forma especíca respecto del congresista, de su cónyuge,
compañero o compañera permanente, o parientes dentro
del segundo grado de consanguinidad, segundo de
anidad o primero civil”.
aprobación del presente Proyecto de ley no podría
interés particular, actual y directo de los congresistas,
de su cónyuge, compañero o compañera permanente, o
parientes dentro del segundo grado de consanguinidad,
para garantizar el acceso, la permanencia y la educación
superior en condiciones de calidad en las Universidades
Públicas del país.
presente Proyecto de ley, conforme a lo dispuesto en
causales adicionales.
5. CONTENIDO DE LA INICIATIVA
Congreso de la República contiene en su texto, seis (6)
artículos.
El artículo 2°, sobre auxilios de transporte, vivienda y
alimentación para estudiantes.
El artículo 3°, sobre el cobro de los derechos
pecuniarios correspondientes a derechos de grado e
inscripción.
de la Ley 2056 de 2020.
* * *
PROYECTO DE LEY NÚMERO 348 DE 2023
CÁMARA
por medio de la cual se toman medidas para la
conservación y protección de la red férrea inactiva
y en desuso, promoviendo su uso para nes cultural,
deportivo, turístico y ambiental que permitan la
restitución, apropiación, resignicación y disfrute de
este patrimonio público.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto
establecer medidas para la conservación y protección
patrimonio público.
Artículo 2°. Programa Vive Colombia – Vías Verdes.
Adóptese como Política de Estado el Programa Vive
Colombia – Vías Verdes cuyo objeto es tomar medidas
para la conservación y protección de la red férrea inactiva
patrimonio público.
La implementación del Programa Vive Colombia –
Vías Verdes continuará a cargo del Instituto Nacional de
el Ministerio de Transporte y las entidades territoriales.
Lo dispuesto en el presente artículo no implica
derogación del actual Programa Vive Colombia – Vías
Verdes. El Instituto Nacional de Vías (Invías) dentro de
los siguientes doce (12) meses a la sanción de esta Ley
adelantará las acciones administrativas, reglamentarias
y normativas necesarias para transformar el programa
actual en Política de Estado.
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