Proyecto de ley número 363 de 2020 Senado, por medio de la cual se implementan medidas para promover, garantizar, desarrollar y consolidar la economía campesina y la agricultura familiar y se dictan otras disposiciones - Proyectos Legislativos del Congreso - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 883982586

Proyecto de ley número 363 de 2020 Senado, por medio de la cual se implementan medidas para promover, garantizar, desarrollar y consolidar la economía campesina y la agricultura familiar y se dictan otras disposiciones

Número de Iniciativa en el Senado363/2020
Gaceta del conGreso 1388 Jueves, 26 de noviembre de 2020 Página 7
PROYECTO DE LEY DE 2020
“Por la cual se modifican la Ley 1496 de 2011
Entre las situaciones que señala el artículo 1o antes mencionado, se encuentran: a)
Be
neficio particular: aquel que otorga un privilegio o genera ganancias o crea
indemnizaciones económicas o elimina obligaciones a favor del congresista de las que no
gozan el resto de los ciudadanos. Modifique normas que afecten investigaciones penales,
disciplinarias, fiscales o administrativas a las que se encuentre formalmente vinculado; b)
Beneficio actual: aquel que efectivamente se configura en las circunstancias presentes y
existentes al momento en el que el congresista participa de la decisión; y el c) Beneficio
directo: aquel que se produzca de forma específica respecto del congresista, de su
cónyuge, compañero o compañera permanente, o parientes dentro del segundo grado de
consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.”.
Por lo anterior, las circunstancias o eventos que podrían generar un conflicto de interés,
serían aquellos que tengan un beneficio particular, actual y directo en materias
relacionadas.
Por todo lo expuesto, ponemos a consideración del Congreso de la República el presente
proyecto de ley.
De los Honorables Congresistas,
CARLOS EDUARDO GUEVARA V. AYDEÉ LIZARAZO CUBILLOS
Senador de la República Senadora de la República
Partido Político MIRA Partido Político MIRA
ANA PAOLA AGUDELO IRMA LUZ HERRERA RODRÍGUEZ
Senadora de la República Representante a la Cámara
Partido Político MIRA Partido Político MIRA
SECCIÓN DE LEYES
AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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SENADO DE LA REPÚBLICA SECRETARIA GENERAL TRAMITACIÓN
LEYES
Bogotá D.C., 20 de noviembre de 2020
Señor Presidente:
Con el fin de repartir el Proyecto de Ley No. 357/20 Senado POR LA CUAL SE
MODIFICAN LA LEY 1496 DE 2011, me permito remitir a su despacho el expediente
de la mencionada iniciativa, presentada el día de hoy ante la Secretaría General del
Senado de la República por los Honorables Senadores CARLOS EDUARDO
GUEVARA VILLABON, AYDEÉ LIZARAZO CUBILLOS, ANA PAOLA AGUDELO
GARCIA; y la Honorable Representante IRMA LUZ HERRERA RODRÍGUEZ. La
materia de que trata el mencionado Proyecto de Ley es competencia de la Com isión
SÉPTIMA Constitucional Permanente del Senado de la República, de conformidad con
las disposiciones Constitucionales y Legales.
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General
PRESIDENCIA DEL H. SENADO DE LA REPÚBLICA NOVIEMBRE 20 DE 2020
De conformidad con el informe de Secretaría General, dese por repartido el precitado
Proyecto de Ley a la Comisión SÉPTIMA Constitucional y envíese copia del mismo a la
Imprenta Nacional para que sea publicado en la Gaceta del Congreso.
CÚMPLASE
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
ARTURO CHAR CHALJUB
SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
GREGORIO ELJACH PACHECO
PROYECTO DE LEY NÚMERO 363 DE 2020
SENADO
por medio de la cual se implementan medidas para
promover, garantizar, desarrollar y consolidar la
economía campesina y la agricultura familiar y se
dictan otras disposiciones.
Bogotá D.C., 24 de noviembre de 2020
Señores
MESA DIRECTIVA
Honorable Senado de la República
Ciudad
REF: PROYECTO DE LEY No. DE 2020 SENADO, “Por medio de la cual se
implementan medidas para promover, garantizar, desarrollar y consolidar l a Economía
Campesina y la Agricultura Familiar y se dictan otras disposiciones”.
Cordial Saludo.
En nuestra condición de congresistas y en cumplimiento de los artículos 150 y 154 de la
Constitución Política, así como de los artículos 139 y 140, de la Ley 5 de 1992, nos disponemos
a radicar ante el honorable Senado de la República el presente Proyecto de Ley que tiene como
objeto garantizar, promover, proteger, desarrollar y consolidar la Economía Campesina y la
Agricultura Familiar, potenciando las capacidades productivas, asociativas y comerciales de
quienes las desarrollan, asegurando con ello el mejoramiento de la calidad de vida, su
dignificación y la realización integral de las apuestas económicas del campesinado.
De los Congresistas;
RICHARD AGUILAR VILLA FABER ALBERTO MUÑOZ CERÓN
Senador de la República Representante a la Cámara departamento del Cauca
Autor Autor
TEXTO PROPUESTO
LUCIANO GRISALES LONDOÑO SANDRA LILIANA ORTÍZ NOVA
Representante a la Cámara Senadora de la República
Departamento del Quindío Autor
Autor
NILTON CÓRDOBA GUILLERMO GARCÍA REALPE
Representante a la Cámara Senador de la República
Departamento del Chocó Autor
Autor
RUBÉN DARÍO MOLANO PIÑEROS
Representante a la Cámara
Departamento de Cundinamarca
Autor
PROYECTO DE LEY NÚMERO DE 2020 SENADO

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