Proyecto de ley número 380 de 2022 Senado, por medio de la cual la se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial y se dictan otras disposiciones
Fecha de publicación | 07 Junio 2022 |
Número de Gaceta | 651 |
Tipo de documento | Colombian History Events |
Página 4 Martes, 7 de junio de 2022 Gaceta del Congreso 651
TEXTO CONCILIADO
PROYECTO DE LEY No. 002 DE 2020 SENADO, 263 DE 2021 CÁMARA, “POR
MEDIO DE LA CUAL SE FORTALECE LA EDUCACIÓN EN CUIDADOS
PALIATIVOS”.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Artículo 1º. Objeto. La presente ley tiene por objeto fomentar y promover la
integración de los núcleos básicos de los cuidados paliativos en el plan de estudios
de los programas educativos del área de las ciencias de la Salud, Psicología y Trabajo
Social con el fin de garantizar, dignificar y proteger las vidas de las personas que
necesitan asistencia paliativa.
Artículo 2º. Plan de Estudio. Las instituciones que desarrollen procesos de formación
de talento humano en salud fomentarán el desarrollo de habilidades, conocimientos o
competencias relacionadas con los cuidados paliativos.
Parágrafo 1°. En observancia del principio de autonomía universitaria, cada institución
de educación superior incluiráғ ғ contenido que aborde temáticas de cuidados paliativos,
en concordancia con sus programas académicos y su modelo educativo.
Parágrafo 2º: El Estado promoveráғ e incentivará la formación de profesionales en
modalidad de posgrados, la creación de posgrados y la investigación en cuidados
paliativos, en el apoyo a las familias y el papel de los cuidadores en la atención de
enfermos crónicos o terminales que reciben cuidados paliativos.
Artículo 7o.: Talento Humano. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) garantizarán
el acceso y la atención de servicios en cuidados paliativos incorporando personal
capacitado en cuidados paliativos a su Red de Atención Instituciones Prestadoras de
Salud (IPS) y brindándoles capacitación continua en el tema.
Parágrafo. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras
de Salud (IPS) fomentarán la capacitación del talento humano para brindar atención,
seguimiento y soporte a los pacientes, sus familias y cuidadores, a través de la
telemedicina o tele asistencia como alternativa de monitoreo permanente de los casos
que requieran cuidados paliativos, siempre y cuando los pacientes, sus familias y
cuidadores lo soliciten.
Artículo 4º. Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas
aquellas que le sean contrarias.
De los Honorables Congresistas,
MARIA DEL ROSARIO GUERRA ANA MARÌA CASTAÑEDA
Senadora de la República Senadora de la República
MILTON HUGO ANGULO CARLOS EDUARDO ACOSTA
Representante a la Cámara Representante a la Cámara
PROYECTOS DE LEY
PROYECTO DE LEY NÚMERO 380 DE 2022 SENADO
por medio de la cual la se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito
espacial y se dictan otras disposiciones.
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