PROYECTO DE LEY NÚMERO 162 DE 2022 SENADO - 404 DE 2021 CÁMARA, por medio del cual el Estado colombiano se asocia a la conmemoración del bicentenario de la Batalla de Ayacucho, designa el municipio de Rionegro, Antioquia, como sede principal de la celebración y se dictan otras disposiciones - Proyectos Legislativos del Congreso - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 897144784

PROYECTO DE LEY NÚMERO 162 DE 2022 SENADO - 404 DE 2021 CÁMARA, por medio del cual el Estado colombiano se asocia a la conmemoración del bicentenario de la Batalla de Ayacucho, designa el municipio de Rionegro, Antioquia, como sede principal de la celebración y se dictan otras disposiciones

Número de Iniciativa en la Cámara404/2021
Número de Iniciativa en el Senado162/2022
PROYECTOS DE LEY
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 1920 Bogotá, D. C., martes, 28 de diciembre de 2021 EDICIÓN DE 20 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 404 DE 2021 CÁMARA DE REPRESENTANTES
por medio del cual el Estado colombiano se asocia a la conmemoración del bicentenario de la Batalla de
Ayacucho, designa el Municipio de Rionegro, Antioquia, como sede principal de la celebración y se dictan
otras disposiciones.
Proyecto de ley # Cámara de Representantes
“por medio del cual el Estado colombiano se asocia a la conmemoración del
bicentenario de la Batalla de Ayacucho, designa el Municipio de Rionegro,
Antioquia, como sede principal de la celebración y se dictan otras disposiciones”
El Congreso de Colombia
Decreta
Artículo 1. Objetivo. Realzar la importancia histórica y cultural del municipio de
Rionegro y del general José María Córdova Muñozen el proceso de construcción
histórico político, económico y social de la nación; así como asociar al Estado
colombiano en la conmemoración del bicentenario de la Batalla de Ayacucho.
Artículo 2. El Estado colombiano se asocia a la conmemoración del bicentenario
de la Batalla de Ayacucho, el enfrentamiento que decidió la independencia de
América del Sur.
Parágrafo 1:se designa a la ciudad de Rionegro, Antioquia, cuna del general
José María Córdova Muñoz, como sede principal para celebrar esta
importante efeméride.
Parágrafo 2: el Gobierno Nacional realizará distintos eventos, actividades y
programas en los que se exalte el valor y la importancia de la Batalla de
Ayacucho para la historia de Colombia y las naciones bolivarianas.
Artículo 3. el Gobierno Nacional, en conjunto con los municipios de Rionegro,
Santuario, San Vicente, Concepción y Marinilla, enaltecerá la figura del general
colombiano José María Córdova Muñoz como héroe nacional y continental, por su
papel decisivo y determinante para la victoria del ejército patriota que luchó en la
Batalla de Ayacucho.
Parágrafo 1. El Estado colombiano destinará una partida presupuestal para
la adquisición y recuperación de objetos y documentos relacionados con la
vida del general José María Córdova Muñoz, que serán conservados y
expuestos en el Museo Histórico Casa de la Convención de Rionegro y el
Archivo Histórico de este Municipio.
Parágrafo 2. El Estado colombiano coordinará con el Instituto de Cultura y
Patrimonio de Antioquia y la Fundación Ferrocarril de Antioquia la
restauración completa del Museo Histórico Casa de la Convención de
Rionegro, donde se encuent
ran depositados invaluables objetos y
documentos relativos a la vida del general José María Córdova Muñoz y que
hacen parte del patrimonio nacional. De igual forma, se coordinará la
restauración y promoción del Museo histórico José María Córdova del
Santuario, la Casa Museo en Concepción y el salón museo en Marinilla que
guardan todos relación con el general José María Córdova.
Artículo 4. Autorícese al Gobierno Nacional para que disponga una partida
presupuestal para la organización y el arreglo del Parque Colina del Cementerio de
la ciudad de Rionegro, camposanto y altar de la patria, donde se encuentran
depositados los restos de este militar colombiano.
Artículo 5. Facultar a la Imprenta Nacional de Colombia para editar, diseñar,
imprimir, divulgar, comercializar y distribuir una obra escrita relacionada con la
Batalla de Ayacucho y la vida del general José María Córdova Muñoz.
Parágrafo: el Ministerio de Cultura en coordinación con los municipios de
Rionegro, Santuario, San Vicente, Concepción y Marinilla se encargará de
gestionar la investigación y redacción de este documento.
Artículo 6. Crear una Junta del Bicentenario de la Batalla de Ayacucho con la
participación de funcionarios y delegados de los municipios de Rionegro, Santuario,
San Vicente, Concepción y Marinilla y el Ministerio de Cultura, para que coordinen
los esfuerzos y las acciones destinadas a la celebración de las actividades de la
conmemoración.
Artículo 7. Reconocer y rendir homenaje a otros rionegreros que hicieron parte de
las distintas guerras de independencia y han contribuido a la formación y el
desarrollo de la nación colombiana en distintos momentos de la historia, a través de
la política, el arte, la cultura, la literatura, la economía, la música, la religión y otros
campos de la vida social: Liborio Mejía Gutiérrez, Juan de Dios Morales Estrada,
José María Salazar Morales, Salvador Córdova Muñoz, José María Montoya Duque,
Juan de Dios Aranzazu González, Manuel Doroteo Carvajal Marulanda, Baldomero
Sanín Cano, Ricardo Rendón Bravo, Laureano García Ortiz, Juan José Botero Ruíz,
Pascual Bravo Echeverri, Carlota Gregory Cardona, Francisco Montoya Zapata,
Juan Manuel González Arbeláez, Fermín Lopez Buitrago, Eliseo Tangarife, Carlos
Uribe Echeverri, Lía Montoya Pérez, Jaime Tobón Villegas, Jaime Sanín Echeverri,
Joaquín Vallejo Arbelaez, Julio Sanín Sanín, Gustavo Arcila Uribe, José María Uribe
Uribe, Baltazar Salazar Morales, José María Pino Montoya, José María Dávila
Saldaña y Gilberto Echeverri Mejía.
Parágrafo 1. Encárguese a la Junta del Bicentenario de la Batalla de
Ayacucho la coordinación con RTVC Sistema de Medios Públicos para que

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