Proyecto de ley número 61 de 2021 Cámara, por la cual se establecen incentivos para promover la creación de empresas familiares y se dictan otras disposiciones - 5 de Agosto de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879265290

Proyecto de ley número 61 de 2021 Cámara, por la cual se establecen incentivos para promover la creación de empresas familiares y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación05 Agosto 2021
Número de Gaceta947
Página 20 Jueves, 5 de agosto de 2021 Gaceta del Congreso 947
- Promover formas alternativas de agr icultura (agroecología,
agricultura orgánica y de conservación, agricultura de precisión)
orientadas a la sostenibilidad de los sistemas agrarios.
- Manejo adecuado de residuos orgánicos.
ARTÍCULO 15. A partir de la vigencia de la presente ley, el Ministerio de
Educación Nacional implementará la política pública necesaria para que
en cumplimiento de la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), de la
Política de Educación Ambiental (Decreto 1743 de 1994) y demás normas
que las complementen o modifiquen, se le dé especial atención en los
programas educativos al conocimiento del suelo.
ARTÍCULO 16. El Gobierno, a través de l Ministerio de Educación Nacional,
estimulará la creación de bachilleratos técnicos agrícolas, así como los
programas intermedios de Técnicos P rofesionales y Tecnólogos en el uso,
manejo, conservación y recuperación de l os suelos degradados.
CAPÍTULO V
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 17. Esta ley rige a partir de su promulgación.
Del Honorable Representante,
PROYECTO DE LEY NÚMERO 61 DE 2021
CÁMARA
por la cual se establecen incentivos para promover
la creación de empresas familiares y se dictan otras
disposiciones.
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Honorables Congresistas: Presento a consideración del Congreso d e la República el
siguiente proyecto de ley con el propósito que se convierta en Ley de la República dada la
importancia de la familia, como núcleo fund amental de la sociedad y de la economía local,
reconociendo a ésta como fuen te del desarrollo económico del País.
ANTECEDENTES DEL PROYECTO DE LEY
El proyecto de ley se presenta en la legislatura 2021 2022, para convertirse en Ley d e la
República en el presente periodo legislativo.
ALCANCE Y CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY
La presente iniciativa const a de 9 artículos. En el primer art ículo se establece el objeto d e la
ley, con la que se pretende instaurar incentivos que promuevan la creación de empresas
familiares en Colombia, reconociend o a la familia como una fuente de des arrollo de la
economía del país.
El segundo artículo, define el concepto de empresa familiar, acogiendo lo dispuesto en el
artículo 25 d el Decreto 410 d e 1971 “Cód igo de comercio”, y adapt ado al context o de familia.
En concordancia con la materia, el artículo tercero establece la exención para el registro
mercantil y para la renovación en el primer año. Lo anterior, busca incentivar la
formalización de los emprendimientos familiares eliminando una de las barreras de
tramitología estimulando su permanencia en el tiempo.
En ese mismo sentido, el artículo 4 foment a la creación de empresas familiares a través de
una entidad sólida en materia de emprendimiento como es INNP ULSA, la agencia de
emprendimiento e innovación del Gobierno Nacional, encargada de promover las acciones
gubernamentales necesarias para incentivar la creación, permanencia y comercialización de
los productos de emprendimientos en los mercados nacionales e internacionales.
El artícu lo quint o crea el sello hecho en casa, como una estrategia de reconocimiento e
impulso al establecimiento de relaciones comerciales que promuevan el encad enamiento
comercial entre est as empresas. A su vez, propend e por ser un mecanismo para la
identificación de las mismas en el mercad o nacional, lo cual permitirá una apropiación de
marca que apoyará las campañas comerciales.
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Por otro lado, el artículo sexto fija en las organizaciones d el Grupo Bicentenario como en
Bancoldex, la adecuación d e líneas de créd ito que promuevan el acceso a recursos para estas
empresas y la incorporación de medidas de acompañamiento que garanticen el cumplimiento
de los compromisos.
El artículo séptimo, obliga en todos los niveles de la rama ejecutiva, a incluir dentro de sus
planes, programas y proyectos, las acciones que garanticen el cumplimiento de la presente
ley en cada ent idad territorial. A su vez, plantea la inserción efectiva de estos
emprendimientos en todas las convocatorias públicas que tiendan a fortalecer el espíritu
emprendedor de est as empresas.
Por su parte, el artículo 8 y por tratarse de una catego ría nueva d e empresa, establece que la
presente ley se desarrolle conforme a lo establecido en los respectivos marcos f iscales de
mediano plazo de las entidades territoriales evitando un impacto fiscal.
FUNDAMENTACN DEL PROYECTO DE LEY
Este proyecto d e ley tiene como objeto est ablecer incentivos en materia tribut aria, educativa
y social para promover la creación de empresas familiares dentro del territorio nacional a
partir de la entrada en vigencia de la misma, con el fin de posicionar a la familia como fuente
de desarrollo de la economía de la Nación, donde se garantice la libertad para ofrecer sus
bienes y servicios.
LAS EMPRESAS FAMILIARES EN COLOMBIA
La familia en Colombia, como núcleo fundamental de la sociedad, no solo guarda vínculos
sanguíneos y fraternos, sino que también se articula a la esfera económica por medio de la
asociación para establecer distintos tipos de empresa.
Las empresas familiares, reconocidas por el artículo 102 d el código de comercio, considera
válida la sociedad entre parientes próximos, como padres e hijos o entre cónyuges, aunque
unos y otros sean los únicos asociados. De acuerdo a lo anterior, la calidad de sus socios
legitimado por su parentesco, es una característica de este tipo d e sociedades. Al respecto,
precisa:
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ARTÍCULO 102. VALIDEZ DE SOCIEDADES FAMILIARES-APORTE
DE BIENES. Será válida la sociedad entre padres e hijos o entre cónyuges,
aunque unos y otros sean los únicos asociados. Los cónyuges, conjunta o
separadamente, podrán aportar toda clase de bienes a la sociedad que formen
entre sí o con otras personas.
De acuerdo a lo anterior, una sociedad al estar compuesta por más del 50% de sus socios con
lazos sanguíneos, podría considerarse en Colombia una empresa familiar.
Según un estudio de la Superintendencia de Sociedades en 2005, en Colombia el 70% de las
empresas de la muestra se catalogaron como empresas familiares para ese año. Afirma
también que 96% del tot al de sociedades en los Estad os Unidos corresponden a este tipo de
empresas, como también el 99% en Italia, el 88% en Suiza, el 76% en Inglaterra, 71% en
España y el 65% Chile durante el mismo año.
Según este est udio, de acuerdo con las fechas de constitución d e las empresas, “las décadas
del 80 y el 90 registraron la mayor participación d e las sociedades d e familia, es d ecir, en esa
época la participación de las sociedades de familia en el total de sociedades creadas fue
mayor.”

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