Proyecto de ley salud para la vida número 341 de 2023 Cámara, por la cual se adiciona y se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2023 - 23 de Febrero de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 926912751

Proyecto de ley salud para la vida número 341 de 2023 Cámara, por la cual se adiciona y se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2023

Fecha de publicación23 Febrero 2023
Número de Gaceta84
Página 22 Jueves, 23 de febrero de 2023 G 84
82 83 84 85
Honorable Comisión cualesquiera otras razones que
consideren como causales de impedimento.
De las y los honorables Congresistas,
* * *
PROYECTO DE LEY NÚMERO 342 DE 2023
CÁMARA
por la cual se adiciona y se efectúan unas
modicaciones al Presupuesto General de la Nación de
la vigencia scal de 2023.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS AL PROYECTO
DE LEY
Por la cual se adiciona y se efectúan unas
modicaciones al Presupuesto General de la Nación de
la vigencia scal de 2023.
De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución
Política y la Ley Orgánica del Presupuesto, el Gobierno
nacional presenta al honorable Congreso de la República
el proyecto de ley, “por la cual se adiciona y efectúan


Este proyecto de ley completa el proceso de
       
social, iniciado con la aprobación de la Ley 2277 de
20221      
recursos de la Reforma Tributaria, dividendos, utilidades
y otros movimientos presupuestal es permiten aumentar
el gasto en $23,2 billones de acuerdo con el compromiso
del Gobierno nacional. La adición neta del monto del
PGN asciende a $8,6 billones2.
1 Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria
para la igualdad y la justicia social y se dictan otras dis-
posiciones.
2 La principal reducción es la partida destinadas al pago
hace la Nación al Fondo de Estabilización de Precios de
los Combustibles (FEPC) ($18.3 billones). Estos pagos
serán realizados mediante una compensación de recur-
sos, que está aprobada por el artículo 76 de la Ley 2276
   -
-
 -
trol, sin que ello implique movimiento efectivo para las
partes.
En total se adicionan gastos en el PGN por $25,4
billones, de los cuales $23,2 son del Gobierno nacional
central sin servicio de la deuda. La diferencia por $2,2
billones de gasto corresponde a los Establecimientos
        
como tasas contribuciones y multas. El nuevo gasto del
      
responsable. Se reducen apropiaciones por $18,4 billones
que la Ley 2276 de 2022 asignó para el FEPC. El pago
       
una compensación directa entre la Nación y Ecopetrol
contra los dividendos generados por esta empresa que
        
con recursos de entidades nacionales y del servicio de la
deuda pública, estos últimos ocasionados por cambios en
los supuestos de variación de la Tasa Representativa del
Mercado (TRM). Como resultado, se tiene una adición
neta del PGN para 2023 por $8,6 billones.
Con la adición neta el PGN 2023 llegaría a $414,2
billones: 2,1% superior al monto actual ($405,6 billones)
y 15,0% superior al PGN 2022 ($352,4 billones). Durante
el trámite de la Ley 2276 de 2022, que aprobó el monto
actual, se incluyeron $14,4 billones. De esta forma, el
PGN 2023 crece $22,8 billones (5,8%) frente al monto
de gasto previsto en el proyecto de ley radicado el 29 de
julio de 2022 ($391,4 billones).
Con esta adición las asignaciones de inversión
programadas en el PGN 2023 llegarían a $86,5 billones:
aumentarían 24,1% frente a 2022 ($69,7 billones); cifra
que contrasta con la caída de 10% que evidenciaba este
rubro cuando se presentó el PGN 2023 a consideración
del Congreso de la República en julio de 2022.
Este proyecto de ley se enmarca en una estrategia que
propende por una transformación productiva, sustentada
en el conocimiento y en armonía con la naturaleza.
Las bases de esta estrategia están plasmadas en el Plan
Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial
de la Vida”, radicado en la Cámara de Representantes el
pasado 6 de febrero (PL 338/2023 Cámara y 274/2023
Senado). Este plan, construido por la gente, desde los
territorios, busca el tránsito ordenado y gradual del
país hacia una economía productiva limpia, justa y
equitativa, con crecimiento sostenible y uso intensivo del
conocimiento.
Es necesario fortalecer nuestra capacidad productiva
para disminuir la vulnerabilidad del país frente a
las turbulencias de la economía mundial. La espiral
      
ingresos derivados del petróleo y la minería contaminante
y de las importaciones de alimentos son manifestaciones
fehacientes de un modelo económico fallido. La
corrección de estas falencias exige cambios sustantivos
en la manera de concebir el desarrollo económico y
social. Sin esos cambios seguiremos siendo vulnerables
a las vicisitudes climáticas y geopolíticas de un mundo
que atraviesa por una nueva era de incertidumbre. Estos
cambios no se van a dar de la noche a la mañana, pero
necesitamos comenzar.
Por todo ello, usaremos los recursos de la Reforma
Tributaria y los dividendos del petróleo para impulsar,

la industria, el turismo, la innovación y la investigación
       
aumentar la productividad. Se trata de una estrategia de
reactivación económica que aproveche la biodiversidad,
respete y garantice los derechos humanos, empodere la
economía popular, mejore las redes de protección social
de la población pobre y vulnerable, y que aporte a la
construcción de resiliencia ante los choques climáticos
sin poner en peligro la soberanía energética.
G 84 Jueves, 23 de febrero de 2023 Página 23
Con la mira puesta en estos objetivos, este proyecto
de ley prioriza programas de gasto público que ayudan
a construir paz en los territorios, porque en medio del
 
productiva que necesita el país; ordenar el territorio
alrededor del agua para elevar la productividad económica
en armonía con la preservación del medio ambiente;
mejorar la distribución de la tierra, generar conectividad
productiva con base en alianzas público populares,
diseñadas para consolidar la recuperación delas vías
terciarias; ampliar la oferta de insumos agropecuarios;
       
crediticia con énfasis en la economía popular; ampliar el
acceso a la educación y a la formación para el trabajo
de calidad; cerrar brechas digitales en todo el territorio
nacional; garantizar el acceso equitativo de la población
a vivienda digna y servicios públicos de calidad; mejorar
la prevención y atención primaria en salud; fortalecer las
transferencias monetarias para la población vulnerable y
evitar el deterioro del poder adquisitivo de los salarios y
las pensiones.
De cara a los retos que afronta el desarrollo del país,
es crucial evitar el retroceso de la inversión estatal, de
tal modo que esta ayude a impulsar la inversión privada
y ello promueva un nuevo paradigma de crecimiento
económico, basado en un aumento de la capacidad
    
por una senda de desarrollo equitativo y sostenible
no ha dado los resultados esperados en términos de

momento histórico, el gasto público dirigido a fortalecer
la inversión social (formación de capital humano y físico)
emerge como una mejor alternativa de política pública.
En un contexto económico mundial plagado de
incertidumbres y retos, este proyecto de ley permite
       
        
La adición se sustenta en el Plan Financiero 2023,
actualizado el pasado 1° de febrero. Allí se proyecta para

pública del Gobierno nacional como porcentaje del PIB.
Se trata de estimaciones alineadas con el proceso gradual
3 y los postulados del
artículo 4 de la Ley 1473 de 2011, de acuerdo con los
cuales el PGN debe ser consistente con el cumplimiento
de dicha regla.
      
desaceleración del crecimiento del PIB nacional para
2023. Pronóstico que coincide con las perspectivas del
Banco de la República, el Comité Autónomo de la Regla
Fiscal (CARF), la Organización para la Cooperación y
el Desarrollo Económico (OCDE), el Fondo Monetario
Internacional (FMI), la banca multilateral, centros de
pensamiento y la mayor parte de los analistas económicos
del país. En este escenario, es viable aumentar la inversión
pública para contener la pérdida de dinamismo de la
actividad productiva. Ello es coherente con los mandatos
3    
         -
dos en el artículo 60 de la Ley 2155 de 2021. El balance
primario neto estructural del Gobierno nacional Central
(GNC) no podrá ser inferior a -1,4% del PIB en 2023,
-0,2% del PIB en 2024 y 0,5% del PIB en 2025; indepen-
dientemente del valor observado de la deuda neta. Esto

menor al proyectado para 2022 (5,5% del PIB), para que
sea posible reducir, de forma gradual, la deuda neta del
GNC de 60,8% del PIB registrada en 2021 a 55% del PIB
a partir de 2025, que es el ancla de mediano plazo.
de la Ley 1473 de 2011, pues esta norma propende
porque la dinámica del gasto público sea contraria al
ciclo económico.
Con fundamento en una programación presupuestal
      
teniendo en cuenta los siguientes criterios: su articulación
con las Bases del PND 2022-2026, “Colombia Potencia
Mundial de la Vida”; el grado de avance en la estructuración
       
inversión; el tiempo efectivo de ejecución disponible
durante esta vigencia presupuestal, considerando la
fecha probable de aprobación de este proyecto de ley y
las restricciones a la contratación pública que impone el
cumplimiento de la Ley de Garantías Electorales (Ley
996 de 2005).
        
     
recaudo de la Reforma Tributaria aprobada en noviembre
pasado. Estos recursos serán incorporados mediante
movimientos presupuestales que se explican con mayor
detalle en la parte de este documento relativa a las
operaciones presupuestales, las cuales, por mandato
constitucional y legal, requieren la aprobación del
Congreso de la República4.
1. PRINCIPALES OBJETIVOS DE LA
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN AL PGN 2023
El pasado 18 de octubre de 2022, el Congreso de
la República aprobó el proyecto de PGN para 2023. El
monto aprobado asciende a $405,6 billones (26,1% del
PIB), con un aumento de 15,0% frente a 2022. Este
monto no incluye los recaudos derivados de la Ley 2277
de 2022, que es, sin duda, una ley histórica, llamada a
convertirse en una herramienta clave para conseguir
más recursos para programas sociales y de desarrollo
productivo, necesarios para mejorar la calidad de vida
delos colombianos y avanzar en una transformación
productiva alineada con la reconversión de la matriz
energética hacia energías limpias, que lleve al país por
una senda de desarrollo inclusivo y de este modo lo aleje
de ser uno de los 10 países más desiguales del planeta,
para lo cual atenderá, de forma urgente la lucha contra el
hambre y la pobreza y priorizar la educación, la salud, la
protección del medio ambiente, la transición energética,
el desarrollo productivo y la economía popular, así como

Durante los debates de las Leyes 2276 y 2277 de
2022, el Gobierno nacional anunció que presentaría a
consideración del Congreso de la República una adición
presupuestal a comienzos de 2023. El monto de estos
recursos estaría sujeto a la aprobación del proyecto de
Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia social.
Colombia tiene una deuda social histórica pendiente de
saldar. La pandemia elevó la pobreza y la desigualdad.
Estudios recientes indican que la pobreza monetaria, la
pobreza extrema y la desigualdad social se ubican por
encima del promedio de América Latina5. Y cifras del
4      
presupuesto a nuevas condiciones económicas, sociales,
o ambientales que se puedan presentar durante la eje-
cución de los gastos de funcionamiento y servicio de la
deuda pública o de los proyectos de inversión, que, por
diferentes motivos, no fueron previstas durante la etapa
   -
ciones al PGN es el establecido en el Capítulo XI del
Decreto 111 de 1996 (artículos 79 a 88).
5 En Colombia la pobreza monetaria y la pobreza extrema
aumentaron en 2020 a 39,8% y 19,2%; porcentajes supe-
riores al promedio de América Latina y el Caribe (26,3%)

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