Proyecto de ley 123 de 2002 senado - 6 de Noviembre de 2002 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451259842

Proyecto de ley 123 de 2002 senado

PROYECTO DE LEY 123 DE 2002 SENADO. por la cual se incorpora la población de San Sebastián de Buenavista, en el departamento del Magdalena, Patrimonio Histórico de la República de Colombia y la Nación se asocia al 260 Aniversario de la Fundación de San Sebastián de Buenavista en el departamento del Magdalena.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°

El sitio de fundación de la población de San Sebastián de Buenavista, llamada antiguamente San Sebastián de Menchiquejo, por Don Fernando de Mier y Guerra el día 20 de enero de 1748, formará parte del Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación y los inmuebles, archivos, lugares y demás bienes muebles, inmuebles y creaciones inmateriales que fueron registrados, construidos, fabricados y creados en el estarán sometidos a las regulaciones de manejo y beneficios de la leyes, decretos y reglamentaciones establecen para los bienes que forman parte del Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación.

El concepto de bienes de que trata este artículo incluye las creaciones literarias, plásticas, musicales, técnicas de agricultura, navegación y trabajo, cultura astronómica y deportiva propia y, en general, todas las formas de expresión y sentimientos que ameriten considerarse como parte del patrimonio cultural de la Nación.

Artículo 2° Los contenidos curriculares y los planes de desarrollo institucional de las instituciones educativas existentes en la jurisdicción del municipio de San Sebastián de Buenavista, públicas y privadas deberán incluir la formación de los educando en los valores cívicos constitutivos de la tradición histórica y cultural del mismo.

Los estudiantes de las instituciones educativas del municipio de San Sebastián de Buenavista podrán cumplir sus obligaciones en materia de servicio militar en programas de extensión de la alfabetización, la educación básica, y la capacitación para el cumplimiento de los deberes y el ejercicio de los derechos cívicos y patrióticos.

Con fundamento en programas coordinados con la ampliación y prestación de los servicios educativos, con el municipio de San Sebastián de Buenavista podrá aplicar recursos provenientes de la participación de propósito general y de otras regalías y participaciones de la Nación para la ejecución de programas de ampliación de cobertura de agua potable y planeamiento básico, construcción en infraestructuras de servicio públicos, dotación educativa y de salud, infraestructura de seguridad y programas capacitación para el empleo mediante el procedimiento de brigadas cívico‑sociales, cívico‑comunitarias, cívico‑militares y de atención social y formas flexibles de vinculación laboral, especialmente en los sectores juveniles y en condiciones de vulnerabilidad.

Parágrafo 1°. Cuando se desarrollen programas y acciones de los que trata esta ley, la Nación concurrirá a su ejecución con apoyo técnico, financiero, y de bienes en proporción no inferior a los aportes del municipio, el departamento y la comunidad del sector.

Parágrafo 2°. El comercio de bienes producidos por la jurisdicción del municipio de San Sebastián de Buenavista podrá gozar de los beneficios que se le otorgan a los producidos en zonas de rehabilitación, programas especiales de reconstrucción y zonas de fronteras, en términos que precise la reglamentación que establezca el Gobierno Nacional.

Artículo 3° La República de Colombia se asocia al 260 aniversario de la Fundación de San Sebastián de Buenavista, departamento del Magdalena, los cuales se conmemoran el día 20 de enero de 2008

Para tales efectos, el Gobierno Nacional adoptará, de manera coordinada y concurrente con el departamento y el municipio, un Plan Quinquenal para el cumplimiento de lo establecido en esta ley, evaluando anualmente el cumplimiento de la misma...

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