Proyecto de ley 129 de 2002 senado - 14 de Noviembre de 2002 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451260118

Proyecto de ley 129 de 2002 senado

PROYECTO DE LEY 129 DE 2002 SENADO. por la cual se hace justicia con los secuestrados.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° El Estado garantizará que los secuestrados, mientras permanezcan privados de la libertad, no perderán sus empleos y continuarán percibiendo sus salarios y demás prerrogativas laborales establecidas por la ley.
Artículo 2° El Estado establecerá los mecanismos adecuados para que las entidades crediticias de toda índole, congelen por el tiempo que dure secuestrado, las obligaciones financieras que este mantenga con esas entidades por todo concepto.
Artículo 3° La presente ley rige a partir de su sanción y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Carlos Moreno de Caro,

Senador de la República.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Consideraciones generales

El secuestro se ha convertido en uno de los ¿negocios¿ más prósperos en Colombia . Y digo próspero, porque desafortunadamente ha pasado a convertirse en una lucrativa actividad desarrollada por múltiples organizaciones al margen de la Ley que se aprovechan de la indefensión de los colombianos para lograr retenerlos durante mucho tiempo a cambio de un pago monetario.

Hay todo tipo de modalidad en la actividad. El secuestro instantáneo, conocido como el paseo millonario, el secuestro por contrato, el secuestro de altas personalidades del Estado, el secuestro de humildes trabajadores, etc.

En la actualidad se encuentran privados de la libertad una ex candidata presidencial con su asesora, parlamentarios electos y ex parlamentarios, ex ministros de Estado, gobernador en ejercicio y diputados, trabajadores por la Paz, sindicalistas y personas del común, militares y policías.

A pesar del dolor por su retención, existen muchas dificultades jurídicas y legales para lograr su liberación. Se habla de intercambio humanitario, canje y demás opciones sin que se llegue a un acuerdo sobre...

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