Proyecto de ley 213 de 2003 senado - 12 de Mayo de 2003 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451263318

Proyecto de ley 213 de 2003 senado

PROYECTO DE LEY 213 DE 2003 SENADO. por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 460 años de fundación del municipio de la Villa de San Sebastián de Tenerife en el departamento del Magdalena. Rinde tributo de admiración a sus fundadores; se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° La Nación se asocia a la celebración de los 460 años de la fundación del municipio de la Villa de San Sebastián de Tenerife, en el departamento del Magdalena, hecho que tuvo lugar el 20 de enero de 1543

Rinde tributo de admiración a sus fundadores y exalta las virtudes cívicas de sus habitantes.

Artículo 2° Autorízase al Gobierno Nacional para que incorpore dentro del presupuesto general de la nación, correspondiente a las vigencias fiscales de los años 2003 y 2004, las partidas presu-puestales para concurrir a la finalidad de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el municipio de la Villa de San Sebastián de Tenerife, en el departamento del Magdalena, así:

- Construcción y dotación Sede Centro Cultural y Salón de Conferencias.

- Culminación en asfalto de la vía del municipio de la Villa de San Sebastián de Tenerife-Plato, Magdalena (14 kilómetros).

- Reconstrucción \"Casa del Perdón\" o fuerte de los Ballestas (Primer Eslabón de Asilo del Derecho Internacional).

- Construcción del coro y el púlpito de la iglesia colonial, patrimonio cultural del país.

- Construcción de un parque Camellón, que resguarde a la iglesia de las arremetidas del río Magdalena.

- Construcción de coliseo cubierto.

- Dotación Tecnológica de la Biblioteca José María Díaz Fandiño.

- Construcción de Vivienda Urbana en ese municipio.

Artículo 3º Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar apropiaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
Artículo 4º Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se celebrarán convenios interadministrativos entre la Nación, el departamento de Magdalena y el municipio de la Villa de San Sebastián de Tenerife.
Artículo 5º Exaltar el empuje y el tesón de sus gentes por lograr el desarrollo económico y social del municipio y reconocimiento a su valioso aporte al progreso e integración de la comunidad magdalenense.
Artículo 6º La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Del honorable Senador,

Hugo César Miranda Marimón.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El proyecto de ley que se somete a consideración del honorable Congreso de la República tiene como razón de ser el hecho histórico de haberse celebrado el 20 de enero del presente año, los 460 años de la fundación del municipio de la Villa de San Sebastián de Tenerife, en el departamento del Magdalena.

Al cumplirse estas efemérides, consideramos de elemental justicia que la Nación se asocie por voluntad del Congreso de la República, mediante el estudio y aprobación del proyecto de ley que hoy se somete a su consideración.

La Villa de San Sebastián de Tenerife, con 28°C de temperatura, fue fundada el 20 de enero de 1543 por el capitán Francisco Henríquez y elevada a la categoría de Municipio por ordenanza del 26 de junio de 1923. La mayor parte de sus 1.117 kilómetros cuadrados, corresponde al piso cálido y llano. Riega su superficie el río Magdalena, que lo limita, y varios arroyos, entre ellos, La Dicha.

La ganadería y la pesca son su principal economía, seguidas por su agricultura: Maíz, yuca y cereales.

Tenerife, puerta de la libertad de América

El 20 de diciembre de 1873 un decreto del Arzobispo-Virrey don Antonio Caballero y Góngora adjudicó a Tenerife con soberanía absoluta sobre ellas, las tierras del municipio, soberanía que se extiende hasta el subsuelo de las mismas y que ha sido confirmada por la Corte Suprema de Justicia.

Corría el año 1812 y por disposición del Gobierno de Cartagena era jefe de operaciones en el río Magdalena el francés Pedro Labatut, que había llegado a ocupar a Santa Marta, abandonada por sus autoridades. Bajo las órdenes de Labatut fue puesto el entonces Coronel Simón Bolívar, recién llegado a Cartagena con otros derrotados venezolanos. Tenerife estaba ocupada por los españoles y Bolívar, comprendiendo que las comunicaciones del Magdalena eran de vital importancia para la causa de la independencia colombiana, desobedeció las órdenes del aventurero francés que le había ordenado permanecer en Barranca y el 22 de diciembre ocupó a Tenerife; expidió allí su primera proclama en nuestro suelo y robustecido el ejército con casi todos los vecinos de la ciudad prosiguió la campaña que al dejar libre el Magdalena restableció las comunicaciones con el interior del país.

El 25 de junio de 1820, Tenerife estaba defendida por numerosas fuerzas realistas y embarcaciones dotadas de artillería de grueso calibre; para entonces la ciudad era inexpugnable; pero al amanecer del día mencionado, la voz vibrante y metálica de Hermógenes Maza con los gritos de \"¡Fuego!\" y \"Al abordaje\" inició la histórica batalla que finalizó con otra orden del mismo Maza que aunque cansado tenía aún aliento para gritar a sus subalternos cuando le presentaban un prisionero \"al baño!\".

Estas historias tomadas de tantas de que no podríamos dar cuenta cierta, son más que suficientes para que Tenerife esté grabada con indelebles tintas en la historia de Colombia no solo porque sus austeros barrancos fueron testigos de batallas decisivas para nuestra libertad, sino porque pueden ellas ser modelo de las nuevas hazañas que tendrá que llevar a cabo el pueblo colombiano, a fin de lograr la libertad que soñaron nuestros héroes y caudillos pero que el desarrollo histórico nos presenta hoy como inalcanzada ya que todavía hoy tiene opresores odiosos y en todo rincón de la patria no puede él gritar altivo como podrían hacerlo los tenerifanos: ¡Aquí toda la tierra, hasta el subsuelo, es nuestra y siempre será así!

San Sebastián de Tenerife, por las páginas de cuya historia desfila nutrida teoría de varones famosos y fulguran con luces inextinguibles heroicas proezas, en su actual carrera para alcanzar las cimas de las demás ciudades de Colombia, se detendrá un momento para recordar que el 22 de diciembre el Libertador libró en ella, repetimos, su primera batalla en tierras de Colombia y en ella lanzó su primera proclama a nuestros compatriotas.

El Contralor General del departamento, el Contralor Auxiliar y todos los funcionarios de la Contraloría, acompañan a los tenerifanos, herederos de una sangre encendida, en el recuerdo de pretéritos gloriosos que bien pueden iluminar las rutas que nos lleven al logro definitivo e integral de la libertad en Colombia.

Tenerife, eslabón del derecho de asilo en América

La gesta se inició la noche en que los tambores resonaban, invitando a la orgía aborigen. Por la jungla desaparecía despavorida la indiada chimila, como si se tratara de la diabólica hazaña de \"Busiraco\, "espíritu del mal. Eran las descargas peninsulares que comandaba Francisco Henríquez, Capitán destacado de milicias heroicas, de las que sobrepujaron incruentos padecimientos y sembraron de osamentas las riberas inhóspitas y las hondonadas de nuestros valles mediterráneos, para consolidar el predominio de los Reyes Católicos en la América India.

En este afán, sobre un elevado promontorio, sito en la ribera oriental del Río Grande de la Magdalena, Francisco Henríquez descuajó el mangler para edificar capilla y consistorio civil, trazó calles encrucijadas y montó alabardas defensivas. Por nombre le puso Tenerife, después floreciente ciudad colonial, villa ilustre defijodalgos españoles y centro de actividad mercantil y cultural en veinte leguas a la redonda. Con Cartagena de Indias y Santa Cruz de Mompox irradió lustre y nombradía en la América colonial, junto con Santa Marta, sede de la Gobernación que ejercía para entonces Alonso Fernández de Lugo.

La arquitectura peninsular de entonces sembró de torreones a la Villa: Conventos y Casa de Gobierno, Alcabala y Resguardo, Corte Menor y Casa del Perdón, eslabón esta última de nuestro actual derecho de asilo. Pero, ¿por qué actual, si estamos viendo que junto con la ambición de conquistar riquezas y de propagar la luz evangélica, el español trajo en la empuñadura de las tizonas y aun en la propia boca de los arcabuces ese derecho del refugio y de la soberanía particular de nacionalidad? Distinto sí, porque de él sólo se hacían legatarios a determinadas familias, estableciendo así una prerrogativa odiosa, pero en su esencia igual, porque amparaba la inmunidad corporal, algo así como hábeas corpus de la institución jurídica universal. Y...

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