Articulado del proyecto de ley 79 de 2000 senado - 30 de Agosto de 2000 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451420162

Articulado del proyecto de ley 79 de 2000 senado

ARTICULADO DEL PROYECTO DE LEY 79 DE 2000 SENADO. por la cual se instaura el libro de texto en la educación básica impartida en las instituciones públicas.

Artículo 1° Objeto de la ley

La presente ley tiene por objeto la institucionalización del Libro de Texto, obligatorio para los niveles de educa- ción básica, el cual deberá implementarse en todas las instituciones de educación pública.

Artículo 2° Definición del libro de texto

Es el texto que deberá ser exigido a los estudiantes en todas las instituciones públicas educativas del nivel básico, de manera única y exclusiva para cada grado, y cuyo contenido, armada y distribución administrará el Ministerio de Educación, mediante la normativa contenida en esta ley.

Artículo 3° Características

El Libro de Texto deberá reunir las siguientes características:

  1. Propender a un desarrollo integral de los educandos;

  2. Fomentar el espíritu ciudadano y la conciencia individual;

  3. Fortalecer los lazos de solidaridad de la comunidad;

  4. Contribuir a desarrollar el espíritu de paz;

  5. Fortalecer la capacidad de crítica de los estudiantes;

  6. Se basará en los más modernos métodos de enseñanza, procurando establecer las bases para el desarrollo científico y tecnológico acorde con los requerimientos del país;

  7. Contribuirá al desarrollo de la democracia en el país y a la defensa de sus valores;

  8. Será respetuoso de las tradiciones y de las diferentes culturas;

  9. Será respetuoso de la familia y la dignidad de las personas;

  10. Procurará desarrollar las diferentes culturas;

  11. Será de carácter nacional;

  12. Estará impreso en idioma oficial y en las lenguas y dialectos de los grupos étnicos cuando así sea posible.

Artículo 4° Normatividad del Libro de Texto

El desarrollo del Libro de Texto tendrá las siguientes normativas en su formación:

  1. Contenido. El Libro de Texto deberá contener en su totalidad el currículo por grados, desarrollando conjuntamente las áreas obligatorias y fundamentales de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional;

  2. Proceso de selección. Corresponderá al Ministerio de Educación Nacional administrar el proceso de selección para la adquisición de los derechos patrimoniales, del contenido y diseño de cada uno de los Libros de Texto. Esta se hará mediante convocatoria pública y en la asignación del puntaje de calificación para la selección sólo se tomará en cuenta la calidad de la propuesta;

  3. Requisitos del concurso. Son requisitos para someter a concurso las diferentes propuestas:

    ¿ El Libro de Texto estará integrado por los textos exigidos a los estudiantes para las asignaturas establecidas en cada grado y por el diseño del mismo.

    ¿ Los concursantes pueden participar con propuestas para cada una de las asignaturas y el diseño. Las propuestas pueden ser presentadas de manera individual o asociativa.

    ¿ En el llamamiento a concurso público se establecerán las bases conceptuales y metodológicas sobre las cuales se deberán presentar los proyectos de los proponentes, procurando en todo caso preservar armonía metodológica en el Libro.

    ¿ Los demás que el Gobierno Nacional considere pertinentes;

  4. Comisión de Libro de Texto. El Gobierno Nacional reglamentará y establecerá una Comisión de Libro de Texto, encargada de proponer las bases conceptuales y metodológicas, evaluar las propuestas y calificarlas. Su período de funcionamiento será de cinco años;

  5. Armada. Una vez elegido el contenido y diseño del Libro de Texto para cada uno de los grados, se procederá a la elección de las personas encargadas de su armada, las cuales se seleccionarán por el sistema de concurso. A las personas ganadoras se les entregará la armada en concesión por períodos que evaluará económicamente el Ministerio de Educación Nacional;

  6. Distribución. Se adjudicará mediante concurso simultáneo con la armada. En la convocatoria a concurso para la distribución deberá determinarse previamente los bloques de departamentos o regiones sobre las cuales habrá de aplicarse la propuesta con los siguientes criterios:

    ¿ Los departamentos o regiones que integren cada bloque deben corresponder preferiblemente a zonas socioculturales definidas.

    ¿ Que los bloques, para los propósitos de esta ley, sean rentables económicamente.

    ¿ La determinación del número de bloques y de su delimitación estará a cargo del Ministerio de Educación Nacional.

    ¿ Los demás que a juicio del Ministerio de Educación sean pertinentes.

    La distribución podrá ser garantizada por las mismas personas encargadas de la armada del Libro, y su propuesta deberá ser presentada integralmente junto con la de Armada, pudiéndose para ello establecerse consorcios o uniones temporales. En el evento de ser necesario, el Ministerio de Educación podrá implementar una convocatoria diferente para la armada y distribución;

  7. Modalidades excepcionales. El Gobierno Nacional evaluará y reglamentará la posibilidad de entregar el Libro de Texto dentro de las siguientes modalidades excepcionales, asumiendo el Estado su financiación y teniendo como uno de los criterios de evaluación las condiciones socioeconómicas y el desempeño académico de los educandos de los diferentes bloques:

    ¿ Mediante arrendamiento a los padres de familia del estudiante

    ¿ Gratuitamente como estímulo al desempeño de los estudiantes.

    El resultado de esta evaluación será transmitido a los planteles oficiales de educación básica a fin de ser instrumentada por los mismos;

  8. Gradualidad. El Libro de Texto deberá implementarse para la totalidad del territorio nacional en un plazo máximo de cinco años en todos los grados;

  9. Duración. Los Libros de Texto tendrán una vigencia de cinco años. Pasado este lapso, previo concepto de la Comisión del Libro de Texto sobre la conveniencia de su cambio total o actualización, se podrá volver a someter a concurso el Libro de Texto. En términos extraordinarios, y a consideración del Ministerio de Educación Nacional, se podrá citar en el lapso de vigencia del Libro a la Comisión para que revise y conceptúe sobre todo o partes del Libro y aquel someta a nuevo concurso en lo correspondiente.

Artículo 5° Vigencia

La presente ley rige a partir de la fecha de su expedición y en lo específico deroga a partes de las leyes que les sean contrarias.

Flora Sierra de Lara,

Senadora de la República.

EXPOSICION DE MOTIVOS

¿ Consideraciones generales en torno al proyecto de ley

El desarrollo de las sociedades, establecido como el proyecto que posibilite a las naciones acercar en el tiempo el futuro, ha permitido entender al factor trabajo como la principal de las variables económico‑sociales, estableciéndose que está en su capacidad, la solución al reto de la producción, de la generación de ciencia y tecnología y todas aquellas circunstancias que redundan en bienestar y confort para los residentes de cualquier país. Esta capacidad se construye en la medida en que se avanza en los niveles de educación y en la calidad de los mismos.

Establecido como se plantea en el párrafo anterior, la comparación estadística nos puede mostrar cómo la educación es el factor clave del desarrollo. El Cuadro 1, mostrado a continuación, presenta los indicadores de educación básica en los cuales es apreciable que los países de Asia nos superan en doce puntos porcentuales en la cantidad de niños que concluyen el cuarto de primaria, y cómo el promedio de años de escolaridad registrados se establecen con dos grados por encima de los asiáticos sobre la realidad colombiana. Cabe anotar en este punto que es una verdad aceptada por los estudiosos de los temas socioeconómicos que el incremento de cada año en la escolaridad promedio se ve reflejado en un incremento similar en la tasa de crecimiento del producto interno bruto, PIB.

La demostración de la importancia de la educación queda aún más palpable si la comparación se efectúa con un solo país: Corea del Sur. En él, el promedio de escolaridad de su fuerza de trabajo es el grado 11, y ello se ve reflejado que para 1995, año en que estamos haciendo la...

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