Proyecto de ley 140 de 2000 senado - 21 de Diciembre de 2000 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451422902

Proyecto de ley 140 de 2000 senado

PROYECTO DE LEY 140 DE 2000 SENADO. por la cual se concede una autorización.

El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1°. Las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas directa o indirectamente al Ministerio de Comunicaciones, así como las sociedades de economía mixta cuyo objeto social sea la prestación de telefonía fija básica conmutada local, en donde los aportes accionarios sean mayoría de las entidades del sector público, quedan por mandato de la presente ley, autorizadas a prestar el servicio de televisión por suscripción.

Artículo 2°. La presente ley rige a partir de su sanción y publicación.

Presentado a la consideración del Congreso de la Republica por el suscrito Senador,

Enrique Caballero Aduén.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Honorables Congresistas:

Al presentar el proyecto de ley ¿por medio de la cual se concede una autorización¿, lo hago con la plena convicción de aportar nuevos elementos al sistema normativo colombiano que garantizarán la igualdad de condiciones en la prestación del servicio de televisión por suscripción por parte de las entidades adscrita o vinculadas directas o indirectas al Ministerio de Comunicaciones.

En esas circunstancias, el proyecto pretende que la prestación del servicio de telefonía voz datos e imagen que prestan las personas particulares previa autorización de la Comisión Nacional de Televisión, sea ampliada a las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas al Ministerio de Comunicaciones, o sociedades de economía mixta cuyo aporte accionario sea mayoritariamente público, garantizando, de esta manera la igualdad de condiciones en la libre oferta de prestación del servicio completo de telefonía, que en los actuales momentos, se encuentra en desventajas con los operadores privados, que tienen mayor cobertura de servicios en la oferta, ya que sólo pueden prestar con la restricción señalada en la norma.

Así las cosas, las empresas públicas prestadoras del servicio de telefonía, se encuentran en desventaja en la relación oferta demanda, por la situación excluyente de la norma con respecto a las empresas privadas...

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