Proyecto de ley 23 de 2004 senado - 9 de Agosto de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451439662

Proyecto de ley 23 de 2004 senado

PROYECTO DE LEY 23 DE 2004 SENADO. por la cual se modifica el inciso 5° del artículo 24 de Ley 715 de 2001.

El Congreso de la República de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Modificación del inciso 5° del artículo 24 de la Ley 715 de 2001.

Para financiar los ascensos en el escalafón de los docentes o directivos docentes, los departamentos, distritos y municipios certificados podrán destinar un valor máximo equivalente a un punto del incremento real del Sistema General de Participaciones. Tal destinación se efectuará previo certificado de disponibilidad presupuestal. El Gobierno Nacional distribuirá los recursos de que trata este inciso, entre las entidades territoriales certificadas, en forma proporcional al número de docentes, e inversamente proporcional al escalafón promedio de los docentes de cada entidad territorial certificada.

Todo ascenso que supere este límite deberá ser financiado con ingresos corrientes de libre disposición de la respectiva entidad territorial, previo certificado de disponibilidad presupuestal.

Artículo 2º La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Juana Inés Díaz.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Mediante el artículo 2° del Acto Legislativo 01 de 2001 la institución del situado fiscal fue cambiada por la del Sistema General de Participaciones.

Mediante el artículo 3° del mismo Acto Legislativo 01 de 2001, en su parágrafo transitorio 2°, se estableció que el monto general de participaciones crecerá en un porcentaje igual a la tasa de inflación causada, más un crecimiento adicional que aumentará en forma escalonada así: para los años 2002 al 2005 del 2% y para los años del 2006 al 2008 el 2.5%.

Mediante la Ley 715 de 2001 se dictaron las normas orgánicas en materias de recursos y competencias, para organizar la prestación de servicios de educación y salud, entre otros. En esta ley se habló de la sostenibilidad del Sistema General de Participaciones y para ello se dictaron, dentro del mismo articulado varias normatizaciones en materia de ascensos en el escalafón para docentes y administrativos docentes.

En el inciso 5° del mencionado artículo 24 de la Ley 715 del 2001 se dispuso literalmente \"Los departamentos, distritos y municipios podrán destinar hasta uno por ciento (1.0%) durante los años 2002 al 2005 y uno punto veinticinco por ciento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR