Proyecto de ley 243 de 2005 senado
PROYECTO DE LEY 243 DE 2005 SENADO. por medio de la cual se aprueba el \"Acuerdo de Complementación Económica suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, países Miembros de la Comunidad Andina y el \"Primer Protocolo Adicional Régimen de Solución de Controversias\", suscritos en Montevideo, Uruguay, a los dieciocho (18) días del mes de octubre de dos mil cuatro (2004).
El Congreso de la República,
Visto el texto del \"Acuerdo de Complementación Económica suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, países Miembros de la Comunidad Andina y el `Primer Protocolo Adicional Régimen de Solución de Controversias¿\", suscritos en Montevideo, Uruguay, a los dieciocho (18) días del mes de octubre de dos mil cuatro (2004).
(Para ser transcritos: Se adjunta fotocopia del texto íntegro de los instrumentos internacionales mencionados).
INDICE
TEXTO DEL ACUERDO
REFERIDO AL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTICULO 3
PROGRAMA DE LIBERACION COMERCIAL
Apéndice 1
Preferencias otorgadas por Colombia, Ecuador v Venezuela, países miembros de la Comunidad Andina, a Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, Estados Partes del Mercosur
▪ Preferencias otorgadas por Colombia
▪ Preferencias otorgadas por Ecuador
▪ Preferencias otorgadas por Venezuela
▪ Notas Explicativas
Apéndice 2
Preferencias otorgadas por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, Estados Partes del Mercosur, a Colombia, Ecuador y Venezuela, países miembros de la Comunidad Andina
▪ Preferencias otorgadas por Argentina
▪ Preferencias otorgadas por Brasil
▪ Preferencias otorgadas por Paraguay
▪ Preferencias otorgadas por Uruguay
▪ Notas Explicativas
Apéndice 3
Desgravación de Colombia, Ecuador y Venezuela, países miembros de la Comunidad Andina a Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, Estados Partes del Mercosur con dos o más cronogramas aplicables a cada ítem u otras condiciones de negociación
▪ Apéndice 3.1: Colombia otorga a Argentina
▪ Apéndice 3.2: Colombia otorga a Brasil
▪ Apéndice 3.3: Colombia otorga a Paraguay
▪ Apéndice 3.4: Colombia otorga a Uruguay
▪ Apéndice 3.5: Ecuador otorga a Argentina
▪ Apéndice 3.6: Ecuador otorga a Brasil
▪ Apéndice 3.7: Ecuador otorga a Paraguay
▪ Apéndice 3.8: Ecuador otorga a Uruguay
▪ Apéndice 3.9: Venezuela otorga a Argentina
▪ Apéndice 3.10: Venezuela otorga a Brasil
▪ Apéndice 3.11: Venezuela otorga a Paraguay
▪ Apéndice 3.12: Venezuela otorga a Uruguay
Apéndice 4
Desgravación de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, Estados Partes del Mercosur, a Colombia, Ecuador y Venezuela, países miembros de la Comunidad Andina con dos o más cronogramas aplicables a cada ítem u otras condiciones de negociación
▪ Apéndice 4.1: Argentina otorga a Colombia
▪ Apéndice 4.2: Argentina otorga a Ecuador
▪ Apéndice 4.3: Argentina otorga a Venezuela
▪ Apéndice 4.4: Brasil otorga a Colombia
▪ Apéndice 4.5: Brasil otorga a Ecuador
▪ Apéndice 4.6: Brasil otorga a Venezuela
▪ Apéndice 4.7: Paraguay otorga a Colombia
▪ Apéndice 4.8: Paraguay otorga a Ecuador
▪ Apéndice 4.9: Paraguay otorga a Venezuela
▪ Apéndice 4.10: Uruguay otorga a Colombia
▪ Apéndice 4.11: Uruguay otorga a Ecuador
▪ Apéndice 4.12: Uruguay otorga a Venezuela
GRAVAMENES Y CARGAS QUE AFECTAN AL COMERCIO BILATERAL (Artículo 5)
▪ Notas complementarias de Ecuador
▪ Notas complementarias de Venezuela
▪ Notas complementarias del Brasil
▪ Notas complementarias de Paraguay
▪ Notas complementarias de Uruguay
REGIMEN DE ORIGEN
Apéndice 1: Certificado de Origen
Apéndice 2: Requisitos específicos de origen para productos del sector automotor
Apéndice 3: Requisitos específicos de origen bilaterales
▪ Apéndice 3.1: Acordados entre Argentina y Colombia
▪ Apéndice 3.2: Acordados entre Argentina y Ecuador
▪ Apéndice 3.3: Acordados entre Argentina y Venezuela
▪ Apéndice 3.4: Acordados entre Brasil y Colombia
▪ Apéndice 3.5: Acordados entre Brasil y Ecuador
▪ Apéndice 3.6: Acordados entre Brasil y Venezuela
▪ Apéndice 3.7: Acordados entre Paraguay y Colombia
▪ Apéndice 3.8: Acordados entre Paraguay y Ecuador
▪ Apéndice 3.9: Acordados entre Paraguay y Venezuela
▪ Apéndice 3.10: Acordados entre Uruguay y Colombia
▪ Apéndice 3.11. Acordados entre Uruguay y Ecuador
▪ Apéndice 3.12: Acordados entre Uruguay y Venezuela
REGIMEN DE SALVAGUARDIAS
REGIMEN TRANSITORIO DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS
REGIMEN DE NORMAS, REGLAMENTOS TECNICOS Y EVALUACION DE LA CONFORMIDAD
REGIMEN DE MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS
Apéndice 1: Formato para la contranotificación de medidas sanitarias y fitosanitarias, Artículo 26
REGIMEN DE MEDIDAS ESPECIALES
▪ Apéndice 1 Colombia
▪ Apéndice 2 Colombia
▪ Apéndice 1 Ecuador
▪ Apéndice 2 Ecuador
▪ Apéndice 1 Venezuela
▪ Apéndice 2 Venezuela
\"ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA SUSCRITO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LOS GOBIERNOS DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR Y DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, PAISES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA
Los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, Países Miembros de la Comunidad Andina serán denominados \"Partes Signatarias\". A los efectos del presente Acuerdo, las \"Partes Contratantes\" son, de una parte, el Mercosur y de la otra parte los Países Miembros de la Comunidad Andina que suscriben el Acuerdo,
Considerando
Que es necesario fortalecer el proceso de integración de América Latina, a fin de alcanzar los objetivos previstos en el Tratado de Montevideo 1980, mediante la concertación de acuerdos abiertos a la participación de los demás países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) que permitan la conformación de un espacio económico ampliado;
Que es conveniente ofrecer a los agentes económicos reglas claras y previsibles para el desarrollo del comercio y la inversión, para propiciar de esta manera, una participación más activa de los mismos en las relaciones económicas y comerciales entre los Estados Partes del Mercosur y los Países Miembros de la Comunidad Andina;
Que el 17 de diciembre de 1996 se suscribió el Acuerdo de Complementación Económica N° 36, mediante el cual se establece una Zona de Libre Comercio entre la República de Bolivia y el Mercosur;
Que el 25 de agosto de 2003 se suscribió el Acuerdo de Complementación Económica N° 58, mediante el cual se establece una Zona de Libre Comercio entre la República del Perú y el Mercosur;
Que la conformación de áreas de libre comercio en América Latina constituye un medio relevante para aproximar los esquemas de integración existentes;
Que la integración económica regional es uno de los instrumentos esenciales para que los países de América Latina avancen en su desarrollo económico y social, asegurando una mejor calidad de vida para sus pueblos;
Que el 16 de abril de 1998 se suscribió un Acuerdo Marco entre la Comunidad Andina y el Mercosur que dispone la negociación de una Zona de Libre Comercio entre las Partes;
Que el 6 de diciembre de 2002 se suscribió el Acuerdo de Complementación Económica N° 56, entre la Comunidad Andina y el Mercosur que establece la conformación de un Área de Libre Comercio;
Que la vigencia de las instituciones democráticas constituye un elemento esencial para el desarrollo del proceso de integración regional;
Que los Estados Partes del Mercosur, a través de la suscripción del Tratado de Asunción de 1991 y los países andinos a través de la suscripción del Acuerdo de Cartagena de 1969 han dado un paso significativo hacia la consecución de los objetivos de integración latinoamericana;
Que el Acuerdo de Marrakech, por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC), constituye el marco de derechos y obligaciones al que se ajustarán las políticas comerciales y los compromisos del presente Acuerdo;
Que las Partes promueven la libre competencia y rechazan el ejercicio de prácticas restrictivas de ella;
Que el proceso de integración debe abarcar aspectos relativos al desarrollo y a la plena utilización de la infraestructura física,
CONVIENEN
En celebrar el presente Acuerdo de Complementación Económica, al amparo del Tratado de Montevideo 1980 y de la Resolución 2 del Consejo de Ministros de la ALALC.
T I T U L O I
OBJETIVOS Y ALCANCE
- Establecer el marco jurídico e institucional de cooperación e integración económica y física...
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