Proyecto de ley 93 de 2006 senado - 22 de Agosto de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451453274

Proyecto de ley 93 de 2006 senado

PROYECTO DE LEY 93 DE 2006 SENADO. por la cual se establecen incentivos a la conservación y al uso sostenible de la diversidad biológica.

El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1° Objeto

La presente ley tiene por objeto establecer incentivos para el manejo de prácticas productivas sostenibles en los predios rurales dirigidas a la conservación y el uso perdurable de la diversidad biológica.

Artículo 2° Aplicabilidad. Los incentivos que en la presente ley se establecen son aplicables a todas las personas naturales y jurídicas que sean propietarios privados, propietarios colectivos y no propietarios en el territorio nacional, que manejen con criterios de desarrollo sostenible sus predios rurales.
Artículo 3° Clases de incentivos a la conservación. De conformidad con la Política Nacional de Biodiversidad, los incentivos están dirigidos a fomentar la conservación de ecosistemas naturales y evitar su transformación

Se clasifican en fiscales, financieros-tecnológicos y sociales:

  1. Fiscales. Tasas compensatorias por el uso del agua y de aprovechamiento forestal, tasa de reposición y repoblación de zoocriaderos, tasa por uso de biodiversidad y variables ambientales en la asignación del situado fiscal a los municipios. Eliminación de aranceles e impuestos para equipos y actividades de investigación científica dirigida a la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad;

  2. Financieros y tecnológicos. Para las actividades de fomento al uso sostenible de la biodiversidad créditos blandos para sistemas productivos sostenibles asociados a la pequeña y mediana producción, experimentación, investigación y comercialización; Con el apoyo de las autoridades ambientales y Finagro, programas de formación, capacitación, intercambios y transferencia de tecnologías de producción más limpia y reforestación.

  3. Sociales. Se refiere a la titulación de predios a aquellas familias que se dedican a actividades agropecuarias amigables con la conservación de los ecosistemas naturales y el uso sostenible de la diversidad biológica.

Parágrafo. El Gobierno Nacional reglamentará las características y procedimientos para acceder a cada uno de estos estímulos a la conservación.

Artículo 4° Recursos. Además de los recursos asignados en el Plan Nacional de Desarrollo, se dispondrán recursos provenientes de cooperación internacional, del sector privado y los canalizados a través del Ecofondo y el Fonam para proyectos de la sociedad civil.
Artículo 5° Tipos de beneficiarios de los incentivos a la conservación. Pueden ser beneficiarios de incentivos a la conservación, todas las personas naturales o jurídicas en cuyos predios rurales se desarrollen prácticas productivas sostenibles para los valores naturales presentes y que cuenten con un plan de manejo monitoreado por la autoridad ambiental competente.
Artículo 6° Incentivos a la conservación para propietarios privados y colectivos. Las personas naturales o jurídicas propietarias de predios rurales interesadas en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica tienen derecho a solicitar uno o más de los siguientes incentivos:
  1. Compensación por el uso del agua o el aprovechamiento forestal de los recursos naturales ubicados al interior de su predio;

  2. Tasa de reposición y repoblación de zoocriaderos;

  3. Tasa por uso de biodiversidad;

  4. Eliminación de aranceles para la importación de equipos de investigación para la conservación de la biodiversidad;

  5. Exenciones y descuentos al IVA y retención en la fuente a las actividades de investigación científica para la conservación de la biodiversidad;

  6. Financiación, formación, capacitación, intercambios y transferencia de tecnologías de producción más limpia y programas de reforestación y ecoturismo para sistemas productivos sostenibles asociados a la pequeña y mediana producción, experimentación, investigación y comercialización.

Artículo 7° Incentivos a la conservación para no propietarios. Las familias interesadas en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica en predios rurales de los cuales no sean propietarios, tienen derecho a solicitar uno o más de los siguientes incentivos:
  1. Titulación del predio a cargo del Incoder, previos requisitos (permanencia en el sitio, no existan demandas...

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