Proyecto de ley 268 de 2008 senado - 14 de Abril de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451461730

Proyecto de ley 268 de 2008 senado

PROYECTO DE LEY 268 DE 2008 SENADO. por la cual se rinde homenaje a la memoria del arquitecto Rogelio Salmona M. con ocasión de su fallecimiento y se decretan las disposiciones para el efecto

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º La República de Colombia honra y exalta la memoria del arquitecto Rogelio Salmona M. y se une al duelo nacional por su fallecimiento.

Su vida y obra nos dejan a los colombianos algunas ideas de gran importancia para la vida nacional actual:

  1. La innovación y el respeto por la tradición e historia arquitectónica. La innovación por cuanto en el uso de materiales, como el ladrillo, el maestro Salmona fue un pionero y un respetuoso de la tradición y de la historia arquitectónica en la medida en que concebía a la ciudad desde una visión histórica en la que los espacios públicos debían ser el eje articulador entre ese binomio que es el ser humano y la construcción;

  2. La solidaridad es un aspecto que se destaca en todas las obras del maestro Salmona. En ellas hay una relación inexpugnable entre los moradores y los ciudadanos que recorren las obras de Rogelio Salmona por cuanto todos gozan de la belleza de sus obras, no solo los habitantes de sus construcciones disfrutan con la magnificencia de su legado, sino la disfruta toda una nación;

  3. La defensa del espacio público ha sido otro de los elementos constitutivos de la obra del maestro Salmona. Para Salmona, la arquitectura ayuda en la construcción de la ciudad y crea espacios que son apropiados por la comunidad. De ahí la importancia del espacio público para el maestro Salmona, gracias a él la comunidad se puede apropiar de la ciudad, de su ciudad, y de sus espacios que no son sólo arquitectónicos sino también culturales, educativos, familiares y empresariales;

  4. La duda como generadora de conocimiento es un acicate para seguir explorando y probando, es un elemento fundamental para recrear, descubrir y redescubrir, y eso es precisamente innovar;

  5. El carácter de inmigrante del maestro Rogelio Salmona le da un realce mayor a su obra porque significa que Colombia tiene un atractivo sin par que enamora y seduce a genios tan brillantes como Salmona;

Obtuvo en varias oportunidades el Premio Nacional de Arquitectura. Así como el premio internacional Alvar Aalto. Entre sus obras se encuentran las Torres del Parque (Bogotá), la Casa de Huéspedes Ilustres (Cartagena), Museo Quimbaya (Armenia), la sede de la Fundación FES (Cali), el Archivo General de la Nación (Bogotá) y la biblioteca pública Virgilio Barco V. (Bogotá).

Parágrafo. Copia de la presente ley será entregada a los familiares de Rogelio Salmona en letra de estilo.

Artículo 2º Autorícese al Gobierno Nacional declarar como bien de interés cultural de la Nación las obras de Rogelio Salmona propuestas por la Comisión creada en el parágrafo 1° de este artículo.

Parágrafo 1°. Créase una Comisión conformada por el Ministerio de Cultura, la Sociedad Colombiana de Arquitectos, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, y a la facultad de arquitectura de la Universidad Nacional de Colombia, que elaborará la lista indicativa de las obras de Rogelio Salmona a ser declaradas bien de interés cultural de la Nación.

Podrá invitarse a la Comisión a la Asociación Finlandesa de Arquitectos responsable del premio Alvar Aalto, y a los consejos departamentales y distritales o a las autoridades que hagan sus veces donde estén localizadas las obras de Rogelio Salmona.

Parágrafo 2°. La declaración de bien de interés cultural de la nación se hará conforme a la Ley 1185 de 2008 y a la Resolución 168 de 2005 del Ministerio de Cultura o a las normas que las modifiquen o sustituyan.

Artículo 3º Encárguese al Ministerio de Cultura la recopilación, selección y publicación de la obra de Rogelio Salmona.
Artículo 4º Encárguese a Radio Televisión Nacional de Colombia, la recuperación de los documentales existentes sobre la vida y obra del maestro Rogelio Salmona y la producción y emisión de un documental que recoja la vida y obra de Rogelio Salmona.
Artículo 5º Autorícese al Gobierno Nacional para que en nombre de la Nación instale una placa conmemorativa en la biblioteca pública Virgilio Barco V., de la ciudad de Bogotá, con la siguiente inscripción:

La Nación al arquitecto

ROGELIO SALMONA

(París, 1927-Bogotá, 2007)

GRACIAS

Artículo 6º Autorícese al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones presupuestales necesarias, para los efectos contemplados en la presente ley.
Artículo 7º Créase el fondo Rogelio Salmona como una cuenta especial, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Cultura

El objeto del Fondo será aportar los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.

Los recursos del Fondo Rogelio Salmona provendrán de los aportes que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación, así como las donaciones realizadas por personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras y los demás ingresos que de acuerdo con la ley esté habilitado para recibir. El Fondo podrá recibir recursos de otras fuentes de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional.

El Fondo estará bajo la administración de un director, que será un servidor público del Ministerio de Cultura designado por el Ministro de Cultura. Los contratos que se celebren en relación con el Fondo se regirán por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Artículo 8º La presente ley rige a partir de su publicación.

Juan Manuel Galán P .,

Senador de la República.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Bogotá, D. C., abril 14 de 2008

Honorable Senadora

NANCY PATRICIA GUTIERREZ CASTAÑEDA

Presidenta

Senado de la República

Ciudad

Asunto: Proyecto de ley por la cual se rinde homenaje a la memoria del arquitecto Rogelio Salmona M. con ocasión de su fallecimiento y se decretan las disposiciones para el efecto.

Honorable Presidenta, honorables Senadores y Representantes:

En ejercicio de la facultad prevista en el artículo 140 numeral 1 de la Ley 5ª de 1992 y de acuerdo con el artículo 150 numeral 15 de la Constitución Política me permito presentar a consideración del Congreso de la República el presente proyecto de ley, por la cual se rinde homenaje a la memoria del arquitecto Rogelio Salmona M. con ocasión de su fallecimiento y se decretan las disposiciones para el efecto.

La exposición de motivos que acompaña al proyecto, se estructura de la siguiente manera:

  1. Introducción.

    1.1 Palabras e instituciones y normas clave.

  2. Descripción del proyecto de ley.

  3. Rogelio Salmona, vida y obra.

    3.1 Aspectos a resaltar y una anécdota para recordar.

    3.2 Conclusión preliminar.

  4. Formas cómo se propone exaltar la memoria de Rogelio Salmona

    4.1 Reconocimiento por el Congreso.

    4.2 Declaración de la obra de Rogelio Salmona como Patrimonio Cultural de la Nación.

    4.3 Recopilación y publicación de su obra.

    4.4 Realización de un documental.

    4.5 Placa conmemorativa.

  5. El Fondo Rogelio Salmona.

  6. Viabilidad fiscal.

  7. Conclusión.

  8. Introducción.

    La Constitución Política trae entre sus disposiciones la posibilidad de exaltar a aquellos ciudadanos que a través de sus acciones u opiniones han contribuido decisivamente en el desarrollo de la vida nacional (artículo 150 numeral 19).

    Exaltar los servicios prestados por un ciudadano a la patria es reconocer que a través de su vida o de sus obras ha contribuido en la construcción de alguna de las facetas del Estado Social de Derecho y de los principios fundamentales de la sociedad colombiana. De igual forma estas leyes de honores cumplen una finalidad pedagógica constitucional al mostrar ejemplos de vida que animen al resto de la población a la reflexión y a un compromiso personal consigo mismo y con el proyecto de sociedad planteado por la Constitución.

    La finalidad de este proyecto de ley es el rendir testimonio de reconocimiento a Rogelio Salmona quien en el campo de la arquitectura y del urbanismo generó importantes transformaciones sociales.

    1.1 Palabras e instituciones y normas clave.

    Palabras clave: Ley de Honores. Rogelio Salmona, patrimonio cultural de la nación.

    Instituciones clave: Ministerio de Cultura; Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC o R.T.V.C.; Canal Señal Colombia; Sociedad Colombiana de Arquitectos.

  9. Descripción del proyecto de ley.

    El proyecto se compone de ocho artículos. En el primero se rinden honores a la memoria de Rogelio Salmona. Los artículos 2°, 3°, 4° y 5° desarrollan el artículo 1º creando una comisión que determine las obras de Rogelio Salmona que deben incorporarse al patrimonio cultural de la Nación, encargando al Ministerio de...

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