Proyecto de ley 136 de 2008 senado - 3 de Septiembre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451463746

Proyecto de ley 136 de 2008 senado

PROYECTO DE LEY 136 DE 2008 SENADO. por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 187 de la Ley 100 de 1993

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Adicionar el artículo 187 de la Ley 100 de 1993 con el siguiente parágrafo:

Parágrafo 2°. Los pensionados por invalidez, vejez, o sobrevivientes y sus beneficiarios, estarán exentos del pago de cuotas moderadoras, pagos compartidos y deducibles para acceder a la prestación de servicios de salud en el Sistema General de Seguridad Social y de los Regímenes Especiales.

Artículo 2° La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Senador de la República,

Edgar Espíndola Niño.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Ministerio de la Protección Social, a través del Acuerdo 00365 del 20 de septiembre del 2007, estableció el no cobro de copagos a poblaciones especiales en el sistema subsidiado y que se identifiquen mediante instrumentos diferentes al Sisbén, tales como listados censales u otros utilizados para su identificación por parte de las entidades responsables. Tales grupos de población son: infantes abandonados, los indigentes, personas en condiciones de desplazamiento forzado, población indígena, los desmovilizados y los adultos mayores en protección de ancianatos o en Instituciones de Asistencia Social, las cuales no estarán sujetas al cobro de copagos.

El anterior acuerdo, desde luego, tiene fines altruistas por ir en beneficio de unas clases sociales desprotegidas, pero cabe anotar que la gran mayoría de los pensionados forman parte de estas clases por lo cual es bueno recordar que el Sistema de Seguridad Social Integral se creó como Servicio Público con el objeto de garantizar el derecho irrenunciable de las personas a tener una calidad de vida acorde con la dignidad humana, sustentado sobre los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación en cuyo desarrollo se debe asegurar la prestación adecuada, y suficiente de los servicios ¿sin ninguna discriminación, en todas las circunstancias de la vida¿.

Este proyecto recoge una válida aspiración de los pensionados y beneficiarios quienes hoy en día han asumido con responsabilidad su propia cuota de...

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