Proyecto de ley 316 de 2009 senado - 22 de Mayo de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451466818

Proyecto de ley 316 de 2009 senado

PROYECTO DE LEY 316 DE 2009 SENADO. por medio de la cual se declara como patrimonio cultural de la Nación la obra artística musical y literaria del Maestro Rafael Escalona, se rinde un homenaje por sus aportes a la música colombiana y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Objeto.El objeto de la presente ley es la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación la obra artística musical y literaria del maestro Rafael Escalona

Por medio de esta declaratoria se busca proteger, mantener y promocionar este legado artístico y/o cultural para las futuras generaciones.

Artículo 2° Declaratoria

Declárese como Patrimonio Cultural de la Nación la obra artística musical y literaria del maestro Rafael Escalona. Reconózcase la importancia de sus obras dentro de la identidad cultural de la Nación por su importancia y reconocimiento nacional e internacional.

Parágrafo.La presente declaratoria responde a un interés cultural de la Nación y no tendrá efectos y/o afectará los derechos de propiedad de los titulares de las obras creadas por el maestro Rafael Escalona.

Artículo 3° En desarrollo del objeto de la presente ley el Gobierno Nacional a través del Ministerio de la Cultura y las demás entidades estatales adscritas y/o vinculadas, dispondrá de todo lo necesario para realizar una recopilación de la obra artística musical y literaria del maestro Rafael Escalona.

Artículo 4°. El Gobierno Nacional a través de los Ministerios de Cultura, Hacienda y Crédito Público y demás entidades estatales adscritas y/o vinculadas, podrán destinar recursos e implementar programas dirigidos a proteger, mantener y promocionar este legado artístico y/o cultural para las futuras generaciones.

Artículo 5° Autorícese al Gobierno Nacional para que disponga los recursos necesarios para la creación del Centro Cultural Rafael Escalona

En dicho Centro Cultural entre otras actividades se expondrá la obra del maestro Rafael Escalona y se enseñará vallenato clásico.

Artículo 6° Declárese el día 26 de mayo de cada año, día del natalicio del Maestro Rafael Escalona, como el día del Vallenato Clásico

En esta fecha anualmente se rendirá homenaje a la obra artística musical y literaria del maestro Rafael Escalona, para lo cual se Autoriza al Ministerio de la Cultura a destinar recursos para la realización de actos y programas educativos, de promoción a nivel Nacional e internacional en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 7° Créase la cátedra del Vallenato Clásico Rafael Escalona, la cual será obligatoria para los estudiantes de las facultades de música de las Instituciones de Educación Superior del país y facultativa para los estudiantes de los colegios públicos y/o privados.

Parágrafo. Para todos los efectos del presente artículo facúltese al Ministerio de Educación...

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