Proyecto de ley 86 de 2010 senado - 9 de Agosto de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451471838

Proyecto de ley 86 de 2010 senado

PROYECTO DE LEY 86 DE 2010 SENADO. por medio de la cual se crea la Política Pública para promover la Navegación y el Desarrollo Económico y Social de los Municipios Ribereños del Río Grande de la Magdalena

El Congreso de la República de Colombia

DECRETA:

CAPÍTULO I Artículo 2

Artículo1°. Objeto. Establecer la Política Pública para la promoción de la navegación en el Río Grande de la Magdalena y el Desarrollo Económico y Social de sus municipios ribereños.

Artículo 2° Las autoridades locales deberán contribuir al desarrollo de la política planteada en el artículo anterior.
CAPÍTULO II Artículos 3 a 11

Consejo Intersectorial

Artículo 3° Creación del Consejo Intersectorial

Créase el Consejo Intersectorial que se encargará de diseñar y aprobar la política pública, para la promoción de la navegación en el Río Grande de la Magdalena y el desarrollo económico y social de los municipios ribereños.

Artículo 4° Integrantes del Consejo Intersectorial. El Consejo Intersectorial estará integrado por
  1. El Ministro de Transporte.

  2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

  3. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo.

  4. El Director del Departamento Nacional de Planeación.

  5. El Director de Aduanas e Impuestos Nacionales (DIAN).

  6. El Director Ejecutivo de Cormagdalena.

Parágrafo 1°. El Consejo se dará su propio reglamento y la Secretaría Técnica la ejercerá el Director Ejecutivo de Cormagdalena. Estará a cargo de esta Secretaría la divulgación y la socialización de todo el proceso de elaboración de la política antes de su aprobación.

Parágrafo 2°. Para el caso de las mesas de trabajo se permitirá la delegación. Para la aprobación de la política solo los ministros podrán delegar la decisión en los viceministros.

Artículo 5° Funciones del Consejo Intersectorial.Crear la Política Pública en materia de promoción de la navegación en el Río Grande de la Magdalena y el desarrollo económico y social de los municipios ribereños que contenga como mínimo los siguientes ejes: Administrativo-Institucional, Competitivo-financiero; Social y de Navegabilidad

Para ello, consolidará un equipo técnico que apoyará la elaboración de la Política Pública.

Teniendo en cuenta las especificidades del río Magdalena, el Consejo abordará los siguientes asuntos de manera prioritaria en la elaboración de dicha Política:

  1. Establecer un régimen especial de zonas francas fluviales, que contenga los requisitos y las condiciones para su declaratoria, considerando los factores de espacio e inversión; los incentivos tributarios, aduaneros y de comercio exterior, dando un trato especial a todos los que participen en la cadena logística y productiva del río Magdalena, y de la actividad industrial y comercial que se realice en desarrollo de esta ley.

  2. Establecer mecanismos que garanticen la coordinación de los trámites para solicitar una concesión portuaria y la declaratoria de Zona Franca Fluvial.

  3. Establecer la Estrategia Nacional para la efectiva recuperación de la navegación en el río Magdalena, esto es, lograr la navegabilidad, seguridad para las personas y para el manejo de las cargas, promoción del transporte intermodal y el fortalecimiento institucional, para lo cual se deberá hacer un estudio presupuestal y financiero en el que se indiquen los recursos que deberán aportar el Gobierno Nacional y la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena).

  4. Crear y promover programas de capacitación y generación de proyectos productivos para los municipios ribereños que tengan impacto...

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