Proyecto de ley 104 de 2011 senado - 1 de Septiembre de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451476026

Proyecto de ley 104 de 2011 senado

PROYECTO DE LEY 104 DE 2011 SENADO. por medio de la cual se establece un control especial de las asambleas departamentales y concejos municipales y distritales, sobre las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios estarán sujetas a control especial ejercido por las asambleas departamentales y los concejos municipales y distritales.
Artículo 2° En ejercicio del control especial sobre las empresas de servicios públicos, las asambleas departamentales y los concejos municipales y distritales podrán solicitar información y citar a los representantes legales de las empresas para que absuelvan inquietudes sobre la prestación de los servicios en el respectivo municipio, distrito o departamento.
Artículo 3° Por su naturaleza especial, al control sobre las empresas de servicios públicos no se le aplicarán las reglas de control político, salvo que así proceda de conformidad con las normas constitucionales y legales vigentes.
Artículo 4° La empresa de servicios públicos domiciliarios cuyo representante legal no atienda las solicitudes o citaciones del control especial emanadas de las asambleas departamentales o de los concejos municipales y distritales, será sujeto de investigación por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

La Superintendencia adelantará una investigación administrativa, de oficio o por petición de la corporación correspondiente o de cualquier ciudadano, e impondrá las sanciones procedentes, establecidas por la ley. Lo anterior, sin perjuicio de las demás acciones legales o constitucionales aplicables.

Artículo 5° Vigencia

La presente ley rige a partir de su promulgación.

De los honorables Congresistas,

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con esta iniciativa, se pretende establecer que los concejos municipales, distritales y las asambleas departamentales, ejerzan un control especial sobre las empresas que prestan servicios públicos domiciliarios, con el fin de garantizar la debida prestación y la protección de los derechos fundamentales de los habitantes del territorio colombiano.

La Constitución Política de 1991 en su artículo 2°, establece que ¿Son fines esenciales del Estado, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.

Las autoridades de la república están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares¿[1][1].

Este artículo que señala los fines esenciales del Estado colombiano, se desarrolla de manera particular a través de la prestación de los servicios públicos domiciliarios, en la medida en que estos existen para satisfacer las necesidades básicas esenciales de las personas.

Se ha señalado que por servicios públicos domiciliarios se deben entender aquellos que ¿se prestan a través de sistemas de redes físicas o humanas con puntos terminales en las viviendas o sitios de trabajo de los usuarios y cumplen la finalidad específica de satisfacer las necesidades esenciales de las...

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