Proyecto de Norma de Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd (Modificación de la estructura organizacional de Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y se dictan otras disposiciones)
Fecha de publicación | 27 Octubre 2021 |
Fecha de Fin de Comentarios Públicos | 03 Noviembre 2021 |
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos | 27 Octubre 2021 |
Emisor | Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd |
Materia | ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y FUNCIONES |
DECRETO No._______________ DE
( )
“Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de Departamento
Administrativo del Servicio Civil Distrital y se dictan otras disposiciones.”
2310460-FT-078 Versión 01
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo
315 de la Constitución Política, los numerales 3 y 6 del artículo 38 y el inciso 2º del
artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia de 1991 en los Artículos 122, 125 y 209 regula la
función pública, la carrera administrativa y la función administrativa, señalando que (i) todos
los empleos públicos deben tener detalladas sus funciones en la ley o reglamento; (ii)para
proveer los de carácter remunerado deben estar contemplados en la planta de la entidad y
sus emolumentos estar previstos en el presupuesto correspondiente; (iii) la carrera
administrativa es la regla general de provisión de empleos en los órganos y entidades del
Estado; y (iv) la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se
desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad.
Que la Ley 909 de 2004 reguló el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia
pública. En especial, los artículos 17 y 46 de la precitada ley señalan:
“Artículo 46. Reformas de plantas de personal. Las reformas de planta de empleos de
las entidades de la rama ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, deberán
motivarse, fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la
Administración y basarse en justificaciones o estudios técnicos que así lo demuestren,
elaborados por las respectivas entidades, bajo las directrices del Departamento
Administrativo de la Función Pública y de la Escuela Superior de Administración Pública
- ESAP-. (…)”.
Que el Artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, modificado por la Ley 2094 de 2021, establece:
“ARTÍCULO 14. Modificase el artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, el cual quedará así:
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