Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Planeación (Proyecto de resolución Zona de Reserva de Infraestructura del Sistema de Transporte de Pasajeros por Cable Aéreo, para las estaciones Portal Sur.) - Proyectos Normativos de la Secretaria Jurídica Distrital - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 1028763521

Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Planeación (Proyecto de resolución Zona de Reserva de Infraestructura del Sistema de Transporte de Pasajeros por Cable Aéreo, para las estaciones Portal Sur.)

Fecha de Fin de Comentarios Públicos10 Abril 2024
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos02 Abril 2024
Fecha de publicación02 Abril 2024
MateriaPROYECTOS
Emisor Secretaría Distrital de Planeación
RESOLUCIÓN No.__________________ DE _____________
( )
Por la cual se adopta la delimitación de la Zona de Reserva de Infraestructura del Sistema de
Transporte de Pasajeros por Cable Aéreo, para las estaciones Portal Sur, Tres Reyes, Santa
Viviana y Potosí, las Pilonas y las Áreas de Oportunidad en la Zona Norte de Ciudad Bolívar y
se dictan otras disposiciones.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
LA DIRECCIÓN DE ESTRUCTURAS Y SISTEMAS TERRITORIALES
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 378 del Decreto
Distrital 555 de 2021, los literales h y n del artículo 5 del Decreto Distrital 432 de 2022, en
concordancia con el numeral 2 del artículo 7 de la Resolución No. 0085 de 2024, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 3 de la Ley 388 de 1997 “Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley
2 de 1991 y se dictan otras disposiciones”, consagra: “El Ordenamiento del territorio
constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de los siguientes fines:
1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructura de transporte y
demás espacio público y su destinación al uso común (…)”.
Que el artículo 2 de la Ley 1682 de 2013 “Por la cual se adoptan medidas y disposiciones
para los proyectos de infraestructura de transporte y se conceden facultades
extraordinarias”, establece: "La infraestructura del transporte es un sistema de movilidad
integrado por un conjunto de bienes tangibles, intangibles y aquellos que se encuentren
relacionados con este, el cual está bajo la vigilancia y control del Estado, y se organiza de
manera estable para permitir el traslado de las personas, los bienes y los servicios, el acceso
y la integración de las diferentes zonas del país y que propende por el crecimiento,
competitividad y mejora de la calidad de la vida de los ciudadanos”.
Que el numeral 1 del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto Nacional 1079 de 2015 “Por medio del
cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte”, define el sistema de
transporte por cable aéreo como: “(…) un sistema compuesto por cables aéreos, en los cuales
los vehículos están soportados por uno o más cables, dependiendo del tipo de mecanismo a
utilizar, los vehículos son propulsados por un cable tractor o simultáneamente por un
sistema de cable sustentador y cable tractor”.
Que el artículo 2.2.5.1.4 ídem, señala: “La autoridad competente para todos los efectos a
que haya lugar en relación con el servicio público de transporte por cable, es el Ministerio
Página 2 de 12
Continuación de la Resolución No. _________ de ___________
Por la cual se adopta la delimitación de la Zona de Reserva de Infraestructura del Sistema de Transporte
de Pasajeros por Cable Aéreo, para las estaciones Portal Sur, Tres Reyes, Santa Viviana y Potosí, las
Pilonas y las Áreas de Oportunidad en la Zona Norte de Ciudad Bolívar y se dictan otras disposiciones.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
de Transporte, quien establecerá las normas y las especificaciones técnicas requeridas para
este servicio”.
Que mediante la Resolución 1813 del 3 de mayo de 2012, el Ministerio de Transporte adoptó
el “Manual Metodológico para la Formulación y Presentación de Proyectos de Transporte
de Pasajeros por Cable Aéreo en Colombia”.
Que el Acuerdo 761 de 2020 “Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico,
social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato
social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, en el artículo 15, Propósito 4. Hacer de
Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible, Programa 49.
Movilidad Segura, sostenible y accesible, indica: Mejorar la experiencia de viajes de los
ciudadanos para aumentar la productividad y mejorar la calidad de vida e inclusión en la
ciudad-región, en los componentes de tiempo, costo y calidad. Priorizar la seguridad vial,
sostenibilidad y accesibilidad de toda la ciudadanía, aportando a: (i) mejorar las
condiciones y calidad del transporte público urbano-regional; iniciar la construcción de
cables (...)”.
Que el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Distrital 555 de 2021 Por el cual se adopta la
revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.”, establece dentro de
las políticas del ordenamiento territorial de largo plazo del Distrito Capital, la Política de
Movilidad Sostenible y Descarbonizada, la cual se soporta en la construcción de cinco líneas
de metro, dos regiotram y siete cables aéreos.
Que el artículo 88 ídem, establece que la estructura funcional y del cuidado, conformada
entre otros, por el Sistema de Movilidad “(…) es soporte del territorio y garante del derecho
a la ciudad para todas las personas, ya que de esta depende la accesibilidad a sus servicios,
la conectividad entre los diversos territorios de Bogotá y fuera de Bogotá, la prestación de
todos los servicios de inclusión y cuidado, y el goce y disfrute del espacio público. (…)”.
Que el Sistema de Movilidad se encuentra definido en el artículo 92 ibídem, como “(…) el
conjunto de bienes, infraestructuras, redes y mecanismos tecnológicos que dan soporte
territorial a la libre circulación de los habitantes, la prestación efectiva de los servicios de
transporte público y al desplazamiento de mercancías. (…)” .

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR