Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Integración Social (Proyecto de Resolución “Por la cual se adopta el anexo técnico de requisitos mínimos de estándares de calidad espacial para el desarrollo y adecuación de equipamientos del Sector Integración Social) - Proyectos Normativos de la Secretaria Jurídica Distrital - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 919051265

Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Integración Social (Proyecto de Resolución “Por la cual se adopta el anexo técnico de requisitos mínimos de estándares de calidad espacial para el desarrollo y adecuación de equipamientos del Sector Integración Social)

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos19 Enero 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos27 Enero 2023
Fecha de publicación19 Enero 2023
MateriaDesarrollo Pot
Emisor Secretaría Distrital de Integración Social
RESOLUCIÓN Nº XXX DEL XX DE XXXXXXX DE XXXX
“Por la cual se adopta el anexo técnico de requisitos mínimos de estándares de calidad espacial
para el desarrollo y adecuación de equipamientos del Sector Integración Social donde se
presten servicios sociales en el Distrito Capital”
Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín
Secretaría Distrital de Integración Social
Teléfono: 3 27 97 97
www.integracionsocial.gov.co
Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co
Código postal: 110311
LA SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL
En uso de sus facultades legales y reglamentarias en especial las conferidas por el artículo 1° y
4° literal d) del Decreto Distrital 607 de 2007, los artículos 173, parágrafo 1° y 174 del Decreto
Distrital 555 de 2021 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 de la Constitución Política señala como fines esenciales del Estado “ servir a la
comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios,
derechos y deberes consagrados en la Constitución (…)”
Que el artículo 322 de la Constitución Política señala que “Bogotá, Capital de la República y el
Departamento de Cundinamarca, se organiza como Distrito Capital. Su régimen político, fiscal y
administrativo será el que determinen la Constitución, las leyes especiales que para el mismo se
dicten y las disposiciones vigentes para los municipios. Con base en las normas generales que
establezca la ley, el concejo a iniciativa del alcalde, dividirá el territorio distrital en localidades, de
acuerdo con las características sociales de sus habitantes, y hará el correspondiente reparto de
competencias y funciones administrativas. A las autoridades distritales corresponderá garantizar
el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo
del Distrito; a las locales, la gestión de los asuntos propios de su territorio.”
Que el artículo 366 de la Constitución Política consagra el bienestar general y el mejoramiento
de la calidad de vida de la población como finalidades sociales del Estado.
Que la Ley 388 de 1997 “Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan
otras disposiciones” señala en su artículo frente al ordenamiento del territorio municipal y
distrital, que este comprende un conjunto de acciones político-administrativas y de planificación
física concertadas, emprendidas por los municipios o distritos y áreas metropolitanas, en ejercicio
de la función pública que les compete.
Que según el artículo 88 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas
sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de
Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, El Sector Integración Social está
conformado por la Secretaría Distrital de Integración Social, cabeza de Sector, y el Instituto para
la Protección de la Niñez y la Juventud, IDIPRON; que le está adscrito”.

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