Proyecto de Normatividad num. 11 - 2023, Superintendencia Financiera
Fecha de Fin de Comentarios Públicos | 04 Julio 2023 |
Se publica para comentarios del público el siguiente:
PROYECTO DE CIRCULAR EXTERNA: «Cláusulas y prácticas abusivas e instrucciones en materia de tarjetas de crédito»
PROPÓSITO: Adicionar el listado de cláusulas y prácticas abusivas identificadas y relacionadas con el producto de tarjeta de crédito, los créditos de vivienda individual a largo plazo y los contratos de leasing habitacional destinados a la adquisición de vivienda familiar, así como impartir instrucciones en materia de imputación de pagos, información sobre la cuota de manejo y suministro de información en los extractos de las tarjetas de crédito.
PLAZO PARA COMENTARIOS: Hasta las 5:00 p.m. del martes 4 de julio del 2023.
REMISIÓN DE COMENTARIOS: Por favor diligenciar la proforma adjunta “MATRIZ PARA COMENTARIOS EXTERNOS - PUBLICACION WEB”.
La proforma en formato Word puede ser radicada vía e-mail por medio del correo electrónico normativa@superfinanciera.gov.co. En el asunto únicamente incluir el siguiente número de radicación:
RADICADO No. 2023045453
POR ESCRITO A: Subdirectora de Regulación, con el número de radicación.
Nota: Para la remisión de los comentarios por favor citar en el asunto del correo electrónico, la referencia señalada, así como por escrito.
* Consulte en este archivo el texto del proyecto de
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CIRCULAR EXTERNA DE 2023
( )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y DEFENSORES DEL CONSUMIDOR FINANCIERO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO
Referencia: Cláusulas y prácticas abusivas e instrucciones en materia de tarjetas de crédito
Apreciados señores:
Esta Superintendencia con el fin de continuar con la consolidación de una cultura de debida atención, trato justo, protección, respeto y servicio al interior de las entidades vigiladas, en ejercicio de sus funciones ha identificado conductas que afectan los derechos del consumidor financiero, el equilibrio contractual, o den lugar a un abuso de posición dominante. Lo anterior, atendiendo lo dispuesto en los artículos 7, 11 y 12 de la Ley 1328 de 2009, así como las funciones establecidas en los artículos 11.2.1.4.10 y 11.2.1.4.11 del Decreto 2555 de 2010 consistentes en velar por el cumplimiento de las normas sobre la protección de los consumidores financieros e identificar conductas que vulneren sus derechos.
Es de anotar que los artículos 11 y 12 de la citada Ley establecen algunas cláusulas abusivas y prohíben la incorporación de las mismas en los contratos de adhesión y, además, establecen las prácticas de las entidades vigiladas que se consideran abusivas, otorgando a esta Superintendencia la facultad de establecer cláusulas y prácticas abusivas adicionales a las establecidas en la citada Ley.
En desarrollo de las anteriores facultades, esta Superintendencia adiciona el listado de cláusulas y prácticas abusivas identificadas y relacionadas con el producto de tarjeta de crédito, los...
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