Proyecto Resolución 000000 de 05-01-2024. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Proyectos de Normas DIAN - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 974106186

Proyecto Resolución 000000 de 05-01-2024. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos05 Enero 2024
Fecha de Fin de Comentarios Públicos15 Enero 2024
Fecha05 Enero 2024
EmisorDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
RESOLUCIÓN NÚMERO
( )
Por la cual se prescribe el formulario No. 350 «Declaración de retenciones en la fuente»
para el cumplimiento de las obligaciones tributarias a partir del año 2024 y siguientes.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -DIAN
En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 574,
578, 579-2, 605 y 606 del Estatuto Tributario, y el numeral 2 del artículo 8 del Decreto 1742
de 2020.
CONSIDERANDO
Que el artículo 1 del Decreto 261 del 24 de febrero de 2023 sustituyó el artículo
1.2.4.10.12. del Capítulo 10 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016
Único Reglamentario en Materia Tributaria estableció unas retenciones y autorretenciones
en la fuente por ingresos provenientes de la exportación de hidrocarburos, carbón y demás
productos mineros y retención en la fuente por ingresos provenientes de la venta de
hidrocarburos y carbón a sociedades de comercialización internacional.
Que el artículo 20-3 del Estatuto Tributario señala como sujetos pasivos del impuesto
sobre la renta y complementario a las personas no residentes o entidades no domiciliadas
en el país con presencia significativa en Colombia (PES). Con fundamento en lo anterior
el inciso 8 del artículo 408 ibídem, estableció una retención en la fuente por concepto de
venta de bienes y/o prestación de servicios por dichas personas a favor de clientes y/o
usuarios ubicados en el territorio nacional.
Que teniendo en cuenta lo anterior se requiere prescribir un nuevo formulario para el
cumplimiento de la obligación tributaria a cargo de los agentes retenedores, para el año
2024 y siguientes.
Que en cumplimiento de la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de
resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1. Prescripción del Formulario No. 350 «Declaración de retenciones en la
fuente». Prescribir el Formulario No. 350 para la presentación de la «Declaración de
retenciones en la fuente» a partir del año 2024 y siguientes, diseño anexo que forma parte
integral de la presente resolución.
El formulario «Declaración de retenciones en la fuente» será de uso obligatorio para
quienes por expresa disposición legal hayan sido definidos como agentes de retención, por
concepto de los impuestos sobre la renta y complementario, impuesto sobre las ventas,
timbre nacional y autorretención a título de impuesto sobre la renta y complementario.

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