Proyecto Resolución 000000 de 08-03-2022. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Proyectos de Normas DIAN - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 898404108

Proyecto Resolución 000000 de 08-03-2022. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos08 Marzo 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos18 Marzo 2022
Fecha08 Marzo 2022
EmisorDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
RESOLUCIÓN NÚMERO
( )
Por la cual se modifica el artículo 2 de la Resolución 145 de 2021
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UAE DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS
NACIONALES
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el numeral 2 del
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución 145 del 03 de diciembre de 2021 se consagraron
medidas transitorias para mercancías con destino a la Zona de Régimen Aduanero
Especial de Maicao, Uribia y Manaure, hasta el treinta y uno (31) de marzo de 2022.
Que la medidas fueron establecidas teniendo en cuenta el estado de la Zona de Régimen
Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure.
Que, en la actualidad, se evidencia que aún no existe un puerto habilitado para el ingreso
de mercancías.
Que, del análisis hecho, se tiene que en el año 2019 se presentaron 4.559 declaraciones
de importación simplificadas mientras que para el año 2021 se presentaron 1.545
declaraciones, lo que evidencia una disminución del 33% de operaciones de comercio
exterior, lo que pone en riesgo la estabilidad económica de la región.
Que teniendo en cuenta y revisadas las condiciones logísticas actuales de la región que
impiden el optimo ejercicio de la actividad de comercio exterior, es necesario mantener la
medida transitoria que permite que las mercancías no sometidas a cupo con destino a
esta Zona ingresen por los lugares de arribo habilitados establecidos en la presente
resolución.
Que para garantizar que la mercancía que ingresa por otros lugares de arribo llegue a la
Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure, se hace necesario
continuar con las medidas que garanticen el suministro de información a las autoridades
de control de manera anticipada y los mecanismos que garanticen el destino final de las
mercancías.
Que, conforme a lo previsto en el artículo 3 y el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437
del 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,
el proyecto de Resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa
Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), del 08 al 18 de marzo
de 2022.
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Modifíquese el artículo 2 de la Resolución 145 de 2021, el cual
quedará así:

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