Proyecto Resolución 000000 de 21-01-2022. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Proyectos de Normas DIAN - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 882966725

Proyecto Resolución 000000 de 21-01-2022. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos21 Enero 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos30 Enero 2022
Fecha21 Enero 2022
EmisorDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
RESOLUCIÓN NÚMERO
( )
Por la cual se habilita el Formulario No. 210 “Declaración de renta y complementario
personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones ilíquidas de causantes
residentes” prescrito mediante Resolución 000022 del 5 de marzo de 2021, para el
cumplimiento de las obligaciones tributarias para el año gravable 2021 y/o fracción del año
gravable 2022 y años gravables siguientes.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE
IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -DIAN.
En uso de las facultades legales y en especial de las que confieren el numeral 2 del artículo
CONSIDERANDO
Que la Resolución 000022 del 5 de marzo de 2021, prescribió el Formulario No. 210
“Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas de residentes y
sucesiones ilíquidas de causantes residentes”.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se requiere habilitar el Formulario No. 210 Declaración
de renta y complementario personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones
ilíquidas de causantes residentes, para la presentación de la declaración de los
contribuyentes obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y
complementario, que sean personas naturales residentes, sucesiones ilíquidas de causantes
residentes y bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones o asignaciones
modales contemplados en el artículo 11 del Estatuto Tributario, para el año gravable 2021 y/o
fracción del año gravable 2022 y años gravables siguientes.
Que el proyecto de resolución se publicó para comentarios de la ciudadanía en el sitio Web
de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
entre el día 20 y el 29 de enero del año 2022, por el término de diez 10 días calendario en
cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución fue publicado en
la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales -DIAN.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1. Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas de
residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes, Formulario No. 210. Habilitar
el Formulario No. 210 “Declaración de renta y complementario personas naturales y
asimiladas de residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes” prescrito mediante
Resolución 000022 del 5 de marzo de 2021, para que los contribuyentes obligados a presentar
la declaración del impuesto sobre la renta y complementario que sean personas naturales
residentes, sucesiones ilíquidas de causantes residentes y bienes destinados a fines
RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 2
Continuación de la Resolución: “Por la cual se habilita el formulario No. 210 “Declaración
de renta y complementario personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones
ilíquidas de causantes residentes” prescrito mediante Resolución 000022 del 5 de marzo
de 2021, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias para el año gravable 2021 y/o
fracción del año gravable 2022 y años gravables siguientes.
especiales en virtud de donaciones o asignaciones modales contemplados en el artículo 11
del Estatuto Tributario, cumplan con la obligación formal de presentar la declaración para el
año gravable 2021 y/o fracción del año gravable 2022 y años gravables siguientes. El diseño
del formulario de que trata el presente artículo forma parte integral de la presente resolución.
Parágrafo 1. El formulario habilitado en este artículo es de uso obligatorio para las personas
naturales residentes, las sucesiones ilíquidas de causantes que en el momento de su muerte
eran residentes fiscales en el país y bienes destinados a fines especiales en virtud de
donaciones o asignaciones modales.
Parágrafo 2. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales -DIAN pondrá a disposición el Formulario No. 210 Declaración de renta y
complementario personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones ilíquidas de
causantes residentes” en forma virtual en la página web, www.dian.gov.co, en el servicio de
Usuarios Registrados para su diligenciamiento y presentación o para su diligenciamiento en
el sistema y posterior presentación y pago ante las entidades autorizadas para recaudar.
Parágrafo 3. Cuando el contribuyente por expresa disposición legal haya sido definido por la
Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. entre
los obligados a cumplir con el deber de declarar a través de los Servicios Informáticos (SI) de
Diligenciamiento, y los que hayan aceptado y firmado el acuerdo de Firma Electrónica (FE)
deberán presentar la respectiva declaración utilizando la Firma Electrónica (FE) autorizada
por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
Artículo 2. Publicación. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad
con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo.
Artículo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los
LISANDRO MANUEL JUNCO RIVEIRA
Director General
Elaboró: Mesa de Formularios.
Revisó: Julio Fernando Lamprea Fernandez, Director de Gestión de Impuestos.
Javier Deaza Chaves, Subdirector de Recaudo.
Aprobó: Liliana Andrea Forero Gómez, Directora de Gestión Jurídica.

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