Proyecto de Resolución - 9 de Agosto de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43139957

Proyecto de Resolución

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín44120

DIARIO OFICIAL 44.120 PROYECTO DE RESOLUCIÓN . 09/08/2000 por medio de la cual se modifica parcialmente la Parte Séptima del Reglamento Aeronáutico de Colombia. Autoridad que proyecta adoptar la decisión: Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil ¿UAEAC. Santa Fe de Bogotá D. C. Alcance de la Decisión: Nacional, sector Aeronáutico. Texto del proyecto: El texto de la norma proyectada es el siguiente: "El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 55 de la Ley 105 de 1993, 5º numerales 5, 10 y 12 del Decreto 2724 de 1993, artículo 1782 del Código de Comercio, y CONSIDERANDO: 1. Que mediante resoluciones 2853 del 23 de Julio de 1999 y 4034 del 15 de octubre de 1999, se modificó la parte séptima de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, sobre "régimen sancionatorio". 2. Que dicho régimen, si bien garantiza ampliamente el debido proceso, el derecho de defensa y demás garantías procesales, requiere mayor celeridad, sin detrimento de la preservación de las mencionadas garantías. 3. Que de acuerdo con lo anterior, y en aras de adoptar un proceso sancionatorio más expedito y dinámico conforme a lo establecido en el artículo 55 de la ley 105 de 1993, se hace necesaria una nueva modificación a la parte séptima adoptada mediante tales resoluciones, tendiente a ampliar la facultad sancionatoria a otras dependencias para lograr mayor celeridad y efectividad en la intervención de la administración. En mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE: Artículo 1°. Modificar los siguientes numerales de la Parte Séptima de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, los cuales quedarán así: 7.1.2.1. Concurso de Infracciones. El que con una o varias acciones u omisiones infrinja varias normas aeronáuticas o varias veces la misma norma, quedará sometido a la sanción establecida para la infracción más grave de las cometidas, la cual podrá aumentarse hasta en otro tanto, siempre que no sea superior a la suma aritmética de las que correspondan a las respectivas infracciones. 7.1.4.1. Son circunstancias que atenúan la sanción: a) La buena conducta anterior; b) Presentarse voluntariamente ante la autoridad aeronáutica e informar sobre la falta; c) Cualquier otra circunstancia que haga menos gravosa la infracción cometida, que implique ausencia de riesgos para la seguridad aérea o de perjuicios para los terceros. En caso de existir circunstancias atenuantes, la dependencia competente para sancionar podrá, previa evaluación de los fundamentos de hecho y de derecho, disminuir el monto de la multa correspondiente hasta en un 50%. 7.1.6. Competencia para investigar y sancionar 7.1.6.1. Delegación de Competencias. Delégase en las siguientes dependencias la competencia para investigar y sancionar las infracciones a las normas aeronáuticas, así: a) La Oficina de Transporte Aéreo en relación con las infracciones referentes a las actividades aéreas comerciales, tales como las normas sobre tarifas del transporte aéreo, rutas, operadores, itinerarios, condiciones de mercado y deficiencias en la prestación de servicios aéreos comerciales; b) La Oficina de Control y Seguridad Aérea, en relación con las infracciones, referentes a las normas y procedimientos sobre control técnico, mantenimiento y operación de aeronaves, y en general todas aquellas que atenten o pongan en riesgo la seguridad aérea; c) La Dirección de Operaciones Aéreas, en relación con las infracciones a los procedimientos de tránsito aéreo, vuelos, rutas o aerovías no autorizadas, o cualquier otra operación aérea que se efectúe o se pretenda efectuar sin cumplir las normas aplicables al caso; d) Las gerencias o administraciones de aeropuerto en relación con infracciones a las normas aeroportuarias, particularmente el incumplimiento a los procedimientos de control de acceso a las...

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