Decreto Provisional de Alcaldía de Medellín, 2024 - Proyectos Normativos de la Alcaldía de Medellín - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 1016381835

Decreto Provisional de Alcaldía de Medellín, 2024

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Fecha de publicación15 Febrero 2024
Centro Administrativo Municipal CAM
Calle 44 N° 52-165. Código Postal 50015
Línea de Atención a la Ciudadanía: (57) 44 44 144
Conmutador: 385 5555 Medellín - Colombia
RESOLUCIÓN NÚMERO XXXXXXXXXXXX DE XX/XX/2024
“Por medio de la cual se actualiza la tabla de valores de metros cuadrados (m²)
de construcción de equipamiento público con fundamento en el Decreto
Municipal N°2502 de 2019”
EL SUBSECRETARIO DE CATASTRO
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 1° de
la Ley 14 de 1983; la Resolución IGAC 1149 de 2021; el Acuerdo Municipal 48 de
2014 y el Artículo 158 del Acuerdo Distrital 093 de 2023 del Concejo de Medellín;
en los literales A. y B. del Artículo 98 del Decreto Municipal 0911 de 2015; en el
numeral 13 del artículo 347 del Decreto Municipal 883 de 2015 y en el artículo 13
del Decreto Municipal 2502 de 2019, y
CONSIDERANDO QUE
El Capítulo II del Título III del Acuerdo 48 de 2014, en la clasificación de las
obligaciones urbanísticas, incluye la construcción de equipamiento básico social
y/o comunitario, en metros cuadrados construidos de acuerdo con el número de
destinaciones, uso y tipo de urbanización o edificación, como áreas de cesión
pública que pueden ser compensadas en dinero.
El Artículo 13° del Decreto Municipal N° 2502 de 2019 “por medio del cual se
reglamenta el procedimiento para el cumplimiento de las obligaciones urbanísticas
por concepto de áreas de cesión pública en el Municipio de Medellín, se derogan
los Decretos Municipales 566 de 2011 y 1152 de 2015 y se dictan otras
disposiciones”, establece que:
Artículo 13. Valoración del Costo Directo de Construcción de
equipamientos. La estimación del costo directo de construcción de
equipamiento por metro cuadrado (m²) a la fecha de pago, será realizada
por la Subsecretaría de Catastro de la Secretaría de Gestión y Control
Territorial o quien haga sus veces, mediante una Resolución que será
emitida y actualizada los treinta (30) primeros días de cada año, la cual
deberá estar sustentada en un documento técnico de soporte en el cual se
indique la metodología utilizada y fuentes de información, teniendo en
cuenta entre otras, las siguientes variables: las especificaciones técnicas,
estructurales y arquitectónicas con los respectivos acabados con las
cuales, se realizará el proyecto constructivo que presenta la obligación,
tipología de la edificación, la destinación, el estrato socioeconómico y las
obligaciones establecidas en la respectiva licencia urbanística.
Por su parte, el Artículo 158 del Acuerdo 093 de 2023, establece que:
Centro Administrativo Municipal CAM
Calle 44 N° 52-165. Código Postal 50015
Línea de Atención a la Ciudadanía: (57) 44 44 144
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ARTÍCULO 158. BASE GRAVABLE: La base gravable para el cálculo del
impuesto de Delineación Urbana será el resultado de multiplicar los metros
cuadrados a construir, reformar, adicionar, ampliar, modificar, adecuar,
reparar y reconstruir por el costo directo de construcción por metro
cuadrado según el tipo y uso de la edificación. Los costos directos de
construcción serán definidos por la Subsecretaría de Catastro mediante
Resolución expedida cada año.
Este análisis fue socializado y sometido a consideración del Comité Técnico para
la aprobación del estudio económico de las zonas homogéneas físicas y
geoeconómicas y el valor de los tipos de construcciones y/o edificaciones de la
Subsecretaría de Catastro de Medellín, que mediante Acta del 9 de febrero de
2024 le impartió su aprobación.
Se cumplió lo señalado en artículo 8°, numeral 8, de la Ley 1437 de 2011 Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que
establece el deber de informar al público acerca del proyecto específico de
regulación, el cual se puso a disposición de todas las personas en la página web
de la Alcaldía de Medellín, los días 12 y 13 del mes de febrero de 2024, con el
objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas.
En cumplimiento de la normativa referenciada, esta Subsecretaría procederá
mediante el presente acto administrativo a actualizar la tabla de valores de los
tipos de construcciones y/o edificaciones para la presente vigencia.
Por lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1: Actualizar la tabla de valores para la estimación del costo directo de
la construcción de equipamientos por metro cuadrado (m²), con fundamento en el
Decreto Municipal N° 2502 de 2019, para la presente vigencia, de acuerdo con la
información contenida en el archivo anexo, que hace parte integral de la presente
Resolución, así como el análisis técnico de soporte.
Artículo 2: La homologación de las tipologías y usos contenidos en los artículos
247 y siguientes del Acuerdo 48 de 2014 con las tipologías y costos directos de
construcción contenidas en el artículo 1° de la presente Resolución, utiliza como
criterio en los usos residenciales el estrato socioeconómico, para efectos de fijar
los valores, correspondientes a los costos directos de construcción, con los cuales
se liquidará el impuesto de delineación urbana, según la tabla adoptada en el
Artículo 2 de la Resolución 202150012722 de febrero 4 de 2021 de esta
Subsecretaría.

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