Proyecto de resolución. Por la cual se deroga la Resolución 00054 del 17 de noviembre de 2011, se asignan y reglamentan las funciones de los responsables de los Proyectos de Inversión en el Ministerio de Salud y Protección Social - Proyectos Normativos del Ministerio de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 1000713828

Proyecto de resolución. Por la cual se deroga la Resolución 00054 del 17 de noviembre de 2011, se asignan y reglamentan las funciones de los responsables de los Proyectos de Inversión en el Ministerio de Salud y Protección Social

Año2024
Fecha de Fin de Comentarios Públicos14 Febrero 2024
MateriaSalud
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023
( )
Por la cual se deroga la Resolución 00054 del 17 de noviembre de 2011, se
asignan y reglamentan las funciones de los responsables de los Proyectos de
Inversión en el Ministerio de Salud y Protección Social
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las
conferidas en los artículos 208 y 209 de la Constitución Política; artículo 60 y 61
CONSIDERANDO
Que según lo dispuesto en el artículo 208 de la Constitución Política, los ministros
y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración
en su respectiva dependencia, bajo la dirección del Presidente de la República, les
corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad
administrativa y ejecutar la ley. (…).
Que la Constitución Nacional en su artículo 209 señala que: La función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,
imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones.
Que conforme a lo previsto en el artículo 60 de la ley 489 de 1998; La dirección de
los ministerios corresponde al Ministro, quién la ejercerá con la inmediata
colaboración del viceministro o viceministros y en el artículo 61 ibídem son funciones
de los ministros, además de las que le señalan la Constitución Política y las
disposiciones legales especiales, entre otras: “(…) c) Dirigir y orientar la función de
planeación del sector administrativo a su cargo; e) Vigilar el curso de la ejecución
del presupuesto correspondiente al Ministerio. (…)”.
Que a través del Decreto 4107 de 2011 se establecieron los objetivos, la estructura
orgánica y las funciones del Ministerio de Salud y Protección Social; entre ellas se
encuentra la de Formular la política, dirigir, orientar, adoptar y evaluar los planes,
programas y proyectos del Sector Administrativo de Salud y Protección Social.
Que teniendo en cuenta las funciones otorgadas al Ministerio, la importancia de los
proyectos de inversión que existen en la entidad, lo impartido por el Departamento
Nacional de Planeación DNP en la aplicación de la Plataforma Integrada de
Inversión Pública PIIP, que permite en un solo lugar observar y monitorear el ciclo
completo de cualquier proyecto de inversión: viabilidad, programación, ejecución y
seguimiento. Se requiere ajustar y actualizar las funciones de los Directores y/o
Gerentes de proyectos de inversión, atendiendo a las nuevos planes y políticas del
Ministerio.

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