Proyecto de Resolución Por la cual se establece la información a reportar, los requisitos, plazos y características de envío a la Contaduría General de la Nación y se deroga la Resolución 706 de 2016 - Proyectos Normativos de la Superintendencia de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 950191533

Proyecto de Resolución Por la cual se establece la información a reportar, los requisitos, plazos y características de envío a la Contaduría General de la Nación y se deroga la Resolución 706 de 2016

Fecha de Fin de Comentarios Públicos13 Octubre 2023
Fecha05 Octubre 2023
U. A. E. CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN No. XXXX
(XXX de XXX de XXX)
Por la cual se establece la información a reportar, los requisitos, plazos y
características de envío a la Contaduría General de la Nación y se deroga la
Resolución 706 de 2016
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución
Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y los
numerales 1, 3, 7 y 8 del artículo 4 del Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 354 de la Constitución Política de 1991 determina que habrá un
Contador General, y le confiere, entre otras, la función de determinar las normas
contables que deben regir en el país. Este artículo fue desarrollado por la Ley
298 de 1996 que, entre otras disposiciones, crea la Unidad Administrativa
Especial Contaduría General de la Nación (CGN).
El Régimen de Contabilidad Pública – RCP, adoptado mediante la Resolución 354
de 2007, expedida por la CGN, artículos 1 y 5, modificados por el artículo 1 de
la Resolución 156 de 2018 y por el artículo 1 de la Resolución 195 de 2021,
respectivamente, establecen la conformación y el ámbito de aplicación del
Régimen de Contabilidad Pública (RCP).
Con la entrada en rigor de la convergencia al nuevo marco regulatorio del RCP,
se estableció la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la
CGN por medio de la Resolución 706 de 2016.
La CGN mediante la Resolución 193 del 2016, incorporó el Procedimiento para
la Evaluación del Control Interno Contable el cual contiene el proceso y los
criterios aplicables por las Entidades Contables Públicas (ECP) para la realización
y presentación del informe de evaluación de control interno contable.
El artículo 4° de la Resolución 193 de 2020, adicionó el parágrafo 3 al artículo
16 de la Resolución 706 de 2016 en relación con la presentación del juego
completo de estados financieros, que incluyen las notas que las ECP presentan
a la CGN, en archivo pdf con corte al cierre de la vigencia a más tardar el día 28
de febrero del año siguiente al del período contable a reportar.
Es necesario actualizar los requisitos, plazos y características de envío de
información por parte de las ECP a la CGN, en concordancia con las
actualizaciones realizadas a los marcos normativos.

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