Proyecto de resolución que establece a los prestadores los plazos para el cargue de información anual con corte a 31 de diciembre de 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos | 13 Marzo 2023 |
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RESOLUCIÓN No. SSPD – RADS DEL F
“Por la cual se establecen los plazos para el cargue de Información Financiera anual con
corte a 31 de diciembre de 2022”
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el
CONSIDERANDO:
1. Que el artículo 53 de la Ley 142 de 1994 señala que corresponde a la Superintendencia de
Servicios Públicos Domiciliarios – Superservicios, establecer los sistemas de información
que deben organizar y mantener actualizados los prestadores de servicios públicos
domiciliarios para que su presentación al público sea confiable.
2. Que conforme lo dispone la Resolución SSPD 321 de 2003
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, los prestadores de servicios
públicos domiciliarios a que se refiere la Ley 142 de 1994, deben reportar la información a
través del Sistema Único de Información – SUI, administrado por la Superservicios.
3. Que el Congreso de la República expidió la Ley 1314 de 2009
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, aplicable a todas las
personas naturales y jurídicas obligadas a llevar contabilidad, así como a los contadores
públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados
financieros y otra información financiera, de su promulgación y aseguramiento.
4. Que con fundamento en ello, el Gobierno Nacional estableció criterios para que los
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“Por la cual se regulan algunos aspectos del Sistema Único de Información -SUI-”
2
“Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados
en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades
responsables de vigilar su cumplimiento.”
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