Proyecto de Circular Por la cual se establecen las condiciones de operación, el acceso y el procedimiento para la ejecución de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada -Compromiso Salud Liquidez- de FINDETER - Proyectos Normativos de la Superintendencia de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 942212440

Proyecto de Circular Por la cual se establecen las condiciones de operación, el acceso y el procedimiento para la ejecución de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada -Compromiso Salud Liquidez- de FINDETER

Fecha de Fin de Comentarios Públicos06 Agosto 2023
Fecha07 Marzo 2023
MateriaSalud
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023
( )
Por la cual se establecen las condiciones de operación, el acceso y el
procedimiento para la ejecución de la línea de crédito de redescuento con tasa
compensada “Compromiso Salud Liquidez” de FINDETER.
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus facultades, en especial, de las conferidas por el artículo 173 de
la Ley 100 de 1993 y el parágrafo del artículo 2.6.7.8.4 del Decreto 1068 de 2015 y,
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto 1884 de 2021 compilado en el Decreto 1068 de 2015, Único
Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, el Capítulo 8 del Título 7 de la
Parte 6 del Libro 2, se autorizó a FINDETER a crear una línea de redescuento en
pesos con tasa compensada destinada a irrigar recursos de capital de trabajo,
sustitución de deudas e inversión a las IPS y EPS del Sector Salud, públicas y
privadas, cuyo valor inicial fue de ciento setenta y dos mil setecientos veinticinco
millones de pesos M/CTE ($172.725.000.000); lo cual, se reglamentó mediante la
Resolución 351 de 2022 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social y se
establecieron las condiciones de la operación, el acceso y el procedimiento para la
ejecución de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada “Compromiso
Salud Liquidez” de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. – FINDETER.
Que posteriormente, mediante el Decreto 957 de 2022 se modificaron los artículos
2.6.7.8.2 y 2.6.7.8.4. del Decreto 1068 de 2015, ampliando el monto total de la línea
de crédito con tasa compensada “Compromiso Salud Liquidezhasta cuatrocientos
setenta y dos mil setecientos veinticinco millones de pesos M/CTE
($472.725.000.000) y la vigencia para su uso hasta el 31 de diciembre de 2023 o
hasta agotar los recursos, en este valor está incluido el monto inicial definido en el
Decreto 1884 de 2021 por valor de ciento setenta y dos mil setecientos veinticinco
millones de pesos M/CTE ($172.725.000.000), para tal fin este Ministerio expidió la
Resolución 1240 de 2022, mediante la cual se modificaron los artículos 5 y 8 de la
Resolución 351 de 2022, en cuanto a las condiciones de operación y de acceso a la
línea de crédito de redescuento con tasa compensada “Compromiso Salud Liquidez
de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. FINDETER y se incluyó el monto de
trescientos mil millones de pesos M/CTE ($300.000.000.000), ampliar el valor de la
compensación de la tasa y la vigencia de los recursos, conforme al Decreto 957 de
2022.
Que mediante el Decreto 2645 del 30 de diciembre de 2022, se modificaron los
artículos 2.6.7.8.1., 2.6.7.8.2, 2.6.7.8.4. y 2.6.7.8.5 del Capítulo 8, Titulo 7, Parte 6,
Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y
Crédito Público, en el sentido de incluir como nuevo uso de los recursos la
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 HOJA No 2 de 17
Continuación de la resolución Por la se establecen las condiciones de operación, el acceso y el
procedimiento para la ejecución de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada
“Compromiso Salud Liquidez” de FINDETER”
destinación para las entidades territoriales para la financiación de los proyectos de
inversión en los programas de saneamiento fiscal y financiero de las Empresas
Sociales del Estado, en los programas territoriales de reorganización, rediseño y
modernización de redes de Empresas Sociales del Estado e inversión para centros
de atención primaria.
Que mediante el mencionado Decreto 2645 de 2022 se adicionaron cuatrocientos
cincuenta y cinco mil ciento siete millones cuatrocientos treinta y cinco mil sesenta y
tres pesos M/CTE ($455.107.435.063,00), considerando la alta demanda de
solicitudes, así como el comportamiento de la línea de crédito de redescuento con
tasa compensada “Compromiso Salud Liquidez” de FINDETER, para un total de
recursos en dicha línea de hasta novecientos veintisiete mil ochocientos treinta y dos
millones cuatrocientos treinta y cinco mil sesenta y tres pesos M/CTE
($927.832.435.063,00) y se estableció la vigencia para su uso hasta el 31 de
diciembre de 2026 o hasta agotar los recursos.
Que la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. FINDETER remitió a este Ministerio
informes de ejecución de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada
Compromiso Salud Liquidez de FINDETER, así: I) El día 20 de abril de 2022
mediante radicado 202242300858112, informa la ejecución de ciento setenta y dos
mil setecientos veinticinco millones de pesos M/CTE ($172.725.000.000), monto
inicialmente otorgado a la línea de crédito. II) Mediante radicados 202242302775602,
202242302776672 y 202242302781062 del 10 de enero de 2023, notifica la
ejecución de doscientos noventa y nueve mil novecientos once millones ochocientos
ochenta y dos mil treinta y un pesos M/CTE ($299.911.882.031), correspondientes
al 99,97% de los recursos adicionados al monto inicialmente otorgado a la línea de
crédito. III) Con los radicados 22022400007702, 22022400007704,
202242302540282, 202342300766852, 202342300949322, 202342301208802 y
202342301656232 informa que queda un saldo disponible de cuatrocientos
cincuenta y cinco mil ciento siete millones cuatrocientos treinta y cinco mil sesenta y
tres pesos M/CTE ($455.107.435.063)
Que en virtud de lo anterior, se requiere sustituir la Resolución 351 de 2022, en el
sentido de reglamentar las condiciones de operación, el acceso y el procedimiento
para la ejecución de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada
“Compromiso Salud Liquidez” de FINDETER, en consideración a las modificaciones
y recursos definidos en el Decreto 2645 de 2022 por valor de NOVECIENTOS
VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES
CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SESENTA Y TRES PESOS ($927. 832.
435.063) moneda legal colombiana, de los cuales se aplicaria al objeto de la presente
resolución, un monto de cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento siete millones
cuatrocientos treinta y cinco mil sesenta y tres pesos M/CTE ($455.107.435.063,00).
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto definir las condiciones de
la operación, el acceso y el procedimiento para la ejecución de la línea de crédito de
redescuento con tasa compensada “Compromiso Salud Liquidez” para capital de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR