Proyecto de Resolución, "por medio de la cual se reorganiza la Junta de Contratación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se determina su integración, funciones y se dictan otras disposiciones". - Proyectos Normativos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 971520434

Proyecto de Resolución, "por medio de la cual se reorganiza la Junta de Contratación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se determina su integración, funciones y se dictan otras disposiciones".

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos07 Diciembre 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos16 Diciembre 2023
Fecha de publicación06 Diciembre 2023
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
RESOLUCIÓN NÚMERO DE
( )
GD-FM-014. V5
“Por medio de la cual se reorganiza la Junta de Contratación del Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo, se determina su integración, funciones y se dictan otras
disposiciones”
EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución Política de Colombia y la
ley, especialmente la dispuesta en el artículo 209 de la Constitución Política, el numeral
9° del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 7 del Decreto 210 de 2003 y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 209 de la Constitución Política, la
función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,
imparcialidad, publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones, en concordancia con el artículo 23 de la Ley 80 de 1993
que establece que las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se
desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad,
aplicando también las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las
reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los
particulares del derecho administrativo.
Así mismo, el artículo 269 Constitucional establece la obligatoriedad por parte de la
autoridad correspondiente en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la
naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, en
consecuencia, el Ministerio podrá adoptar los mecanismos necesarios para fijar
lineamientos, orientaciones necesarias respecto de la actividad contractual de la Entidad
Estatal.
Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993 y articulo
110 del Decreto 111 de 1996, la competencia para ordenar, dirigir procesos de selección
y contratar es del jefe o representante legal de la entidad, quien podrá delegarla total o
parcialmente en los servidores públicos que desempeñen cargos a nivel directivo o sus
equivalentes.
Que el numeral 9° del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 establece que "En los procesos
de contratación intervendrán el jefe y las unidades asesoras y ejecutoras de la entidad
que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento".

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