Proyecto de Resolución, “por la cual se actualizan los lineamientos para la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en el Sector Comercio, Industria y Turismo y se dictan otras disposiciones”.
Fecha de publicación | 21 Abril 2022 |
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos | 22 Abril 2022 |
Fecha de Fin de Comentarios Públicos | 06 Mayo 2022 |
Año | 2022 |
GD-FM-014. V5
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
RESOLUCIÓN NÚMERO DE
( )
“Por la cual se actualizan los lineamientos para la implementación del Modelo Integrado
de Planeación y Gestión - MIPG en el Sector Comercio, Industria y Turismo y se dictan
otras disposiciones”
LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto 210 de
y
CONSIDERANDO.
Que mediante el Decreto 2482 de 2012 se adoptó el Modelo Integrado de Planeación y
Gestión como instrumento de articulación y reporte de la planeación.
Que mediante la Resolución 784 del 12 de marzo de 2013 se implementó el modelo
Integrado de Planeación y Gestión en el sector de Comercio, Industria y Turismo.
Que el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario de la Función Pública, estableció los
lineamientos generales para la integración de la Planeación y la Gestión, en
consideración con las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional y en su artículo
2.2.22.3.1, se adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y
Gestión –MIPG.
Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 que contiene el Plan Nacional de Desarrollo
2014-2018 “Todos por un nuevo País”, integró en un solo Sistema de Gestión, los
Sistemas de Gestión de la Calidad de que trataba la Ley 872 de 2003 y Desarrollo
Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998. El Sistema de Gestión deberá articularse
con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27
al 29 de la Ley 489 de 1998, de manera tal que permita el fortalecimiento de los
mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y
entidades del Estado.
Que el artículo citado en el considerando anterior, determinó que una vez se reglamentará
y entrará en aplicación el nuevo Modelo de Gestión perderán vigencia los artículos 15 al
23 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 872 de 2003.
Que el Decreto 1083 de 2015, en su artículo 2.2.22.3.6, estableció que los Comités
denominarán Comités Sectoriales de Gestión y Desempeño y que estarían integrados
por el Ministro o Director de Departamento Administrativo, quien lo presidirá, y por los
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