Proyecto de para de Superintendencia Nacional de Salud, 2022 - Proyectos Normativos de la Superintendencia de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 907602673

Proyecto de para de Superintendencia Nacional de Salud, 2022

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos18 Julio 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos22 Julio 2022
Año2022
Fecha22 Julio 2022
Proyecto Circular Externa Programa de Transparencia y Ética 01072022

PROCESO

ADMINISTRACIÓN DE LA GESTIÓN DOCUMENTAL

CÓDIGO

GDFL03

FORMATO


CIRCULAR EXTERNA


VERSIÓN

1




CIRCULAR EXTERNA NÚMERO [ ] DE [ ]





PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD (EPS) DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, SUBSIDIADO Y RÉGIMEN ESPECIAL Y DE EXCEPCIÓN, ENTIDADES ADAPTADAS AL SISTEMA, EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGADA (EMP), SERVICIOS DE AMBULANCIA PREPAGADA (SAP), GENERADORES Y RECAUDADORES DE RECURSOS, PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD.



DE: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD



ASUNTO: LINEAMIENTOS RESPECTO AL PROGRAMA DE TRANSPARENCIA EMPRESARIAL, MODIFICACIONES A LAS CIRCULARES EXTERNAS 007 DE 2017 Y 003 DE 2018 EN LO RELATIVO A LA IMPLEMENTACIÓN DE MEJORES PRÁCTICAS ORGANIZACIONALES – CÓDIGO DE CONDUCTA Y DE BUEN GOBIERNO



FECHA:




  1. ANTECEDENTES


Desde la adopción del enfoque de la Supervisión Basada en Riesgos, la Superintendencia Nacional de Salud viene trabajando en la promoción de buenas prácticas empresariales, incluyendo códigos de ética y conducta, así como medidas que aportan a la transparencia e incentivan la autorregulación, autocontrol y autogestión. Teniendo en cuenta lo anterior y la importancia de evitar cualquier acto de corrupción, opacidad o fraude al interior de las organizaciones vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud, se han emitido lineamientos a través de las siguientes Circulares Externas: 009 de 2016, 007 de 2017, 003 de 2018, 004 de 2018 y 20211700000005-5 de 2021.


Se modifican las Circulares Externas 007 de 2017 y 003 de 2018 y se establecen los lineamientos para la adopción por parte de los vigilados del Programa de Transparencia y Ética Empresarial - PTEE, como principal medida de control de los riesgos de soborno, corrupción, opacidad, y fraude, los cuáles hacen parte de los riesgos priorizados para ser gestionados por los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS.


Con el objeto de Implementar herramientas que contribuyan a la sanción y la prevención de los actos de corrupción, así como fomentar la cultura de la legalidad, la corresponsabilidad, la integridad y el buen manejo de los recursos públicos se promulgo la Ley 2195 de 2022 -Ley de Transparencia, Prevención y Lucha Contra la Corrupción y el articulo 9. “El cual adiciona el Artículo 34-7 a la Ley 1474 de 2011 – Artículo 34-7 “PROGRAMAS DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL, obliga a “Las personas jurídicas sujetas a su inspección, vigilancia o control adoptar programas de transparencia y ética empresarial que incluyan mecanismos y normas internas de auditoría”, en concordancia con lo dispuesto se emiten las siguientes instrucciones.

  1. INSTRUCCIONES


Las entidades a las cuales va dirigida la presente circular y que son vigiladas bajo supervisión de esta Superintendencia, deberán diseñar, adoptar e implementar un PTEE; el cual debe ser parte de las Políticas de Gobierno Organizacional enfocadas en prevenir que en las entidades se presenten fenómenos de Corrupción, Opacidad y Fraude - COF y soborno en las actividades que desarrollan de acuerdo con el rol que desempeñan en el Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS, manteniendo los esfuerzos para operar de manera eficaz y responsable frente a cualquier acto.


El PTEE deberá elaborarse y desarrollarse de acuerdo con las condiciones específicas de cada entidad como tamaño, estructura, actividad económica y demás características particulares. De cualquier manera, el PTEE debe permitirles a las entidades, prevenir, detectar y corregir situaciones que tengan la potencialidad de convertirse en una práctica indebida o fraudulenta.


En el PTEE se compilan de manera integral todas las normas internas en materia de prevención y mitigación de los Riesgos de COF y soborno, así como los principios y valores éticos que cada entidad considere apropiados, para llevar a cabo su operación de manera ética, transparente y honesta. En consecuencia, cualquier modificación al PTEE deberá incorporarse en forma detallada y rigurosa en el documento correspondiente. Este debe estar aprobado por la Junta Directiva o quien haga sus veces.


El diseño del PTEE deberá hacerse con fundamento en una evaluación exhaustiva de los Riesgos de COF y soborno (Matriz de Riesgo de COF y soborno y/o Matriz de Riesgo de Soborno) que cada entidad haya identificado, y deba mitigar en el marco de sus funciones en el SGSSS.


En el PTEE se debe precisar los empleados o colaboradores y funciones necesarias frente al diseño, implementación y ejecución del PTEE.


Conforme a lo anterior y teniendo en cuenta las buenas prácticas organizacionales, las presentes instrucciones están encaminadas a la elaboración y puesta en marcha de manera obligatoria del programa de transparencia y ética empresarial de los vigilados de la Superintendencia Nacional de Salud.


  1. MODIFICACIÓN CIRCULAR EXTERNA 007 DE 2017



    1. Modifíquense el numeral 3.4 “MEDIDAS DE CONDUCTA” de la Circular Externa 007 de 2017, la cual quedará así:



3.4 TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL



3.4.1 MEDIDAS DE CONDUCTA



Medida 108. La entidad cuenta con lineamientos de Conducta que recogen todas las disposiciones correspondientes a la gestión ética de la organización en el día a día. Estos deben contener los principios, valores y directrices que todo empleado de una EPS, EMP o SAP, debe tener en cuenta en el ejercicio de sus funciones, en coherencia con lo dispuesto en esta Circular para el tema de Buen Gobierno.



La entidad debe propender por adoptar diferentes políticas y medidas encaminadas a implementar acciones para el fortalecimiento continuo de una cultura ética, transparente, de lucha contra la corrupción, opacidad, fraude, una gestión antisoborno, y un Código de Integridad que esté acompañado de valores como: Honestidad, Respeto, Compromiso, Diligencia y Justicia, entre los demás valores que consideren relevantes las entidades.



Los objetivos de estas políticas, medidas, acciones y valores del código de integridad son prevenir, detectar, y, cuando sea del caso, denunciar la corrupción, la opacidad y el fraude que, en cualquiera de sus formas, eventualmente se pueda presentar, por parte o en contra de una entidad.



La implementación y seguimiento de estas medidas van estrechamente ligados a las políticas y principios establecidos por la entidad, y deben estar provistos en el Gobierno Organizacional (Código de Conducta y de Buen Gobierno), de ahí la importancia de su implementación y mejoramiento continuo.



Medida 109. Los lineamientos de Conducta están estructurados como mínimo, sobre los siguientes pilares temáticos:

  1. Los principios éticos y valores institucionales

  2. Código de integridad que reúna como mínimo los siguientes valores: Honestidad, Respeto, Compromiso, Diligencia y Justicia1.

  3. Direccionamiento estratégico de la entidad

  4. Las políticas para propender una gestión ética, en la interacción con los diferentes grupos de interés; entre la empresa y los usuarios internos y externos, entre los empleados y el manejo de la información y uso de los bienes, así como en lo relacionado con la interacción con actores externos, la sociedad, el Estado, la competencia, el medio ambiente, entre otros.

  5. Pautas que guíen las relaciones con cada uno de los grupos de interés de la entidad

  6. Pautas de conducta frente a la corrupción, la opacidad, el fraude y la gestión antisoborno.

  7. El tratamiento de las actuaciones ilegales o sospechosas

  8. Pautas de comportamiento frente a regalos e invitaciones

  9. Principios de responsabilidad social empresarial

  10. Mecanismos para la difusión y socialización permanente de los lineamientos de Conducta.

  11. El establecimiento de los procesos e instancias que permitan, a través de indicadores, el control sobre el sistema de gestión ética institucional.



Medida 110. Los lineamientos de Conducta establecen pautas de comportamiento relacionadas con:

  1. La obligación de informar sobre actuaciones ilegales o sospechosas de los diferentes grupos de interés.

  2. El compromiso con la protección y uso adecuado de los activos de la entidad.

  3. La importancia de colaborar con las autoridades competentes.

  4. El manejo de la información confidencial y privilegiada de la entidad.





3.4.2. PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL



Medida 111. El PTEE compila de manera integral todas las normas internas...

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