Sentencia de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 19 de Enero de 2000 - Jurisprudencia - VLEX 30953709

Sentencia de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 19 de Enero de 2000

Fecha19 Enero 2000
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

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ACTA DE LA AUDIENCIA DE QUE TRATA EL INCISO FINAL DEL ARTICULO 434 DEL C.P.C., EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 386 IBIDEM, PARA PROFERIR DECISIÓN EN CONSULTA DE SENTENCIA. PROCESO: RAD. No. 334 (971800199A).

En la ciudad de Santafé de Bogotá, D.C., siendo la hora de las 2:30 p.m., del día de hoy diecinueve (19) de enero del año dos mil (2000), hora y fecha señaladas para que tenga lugar la audiencia de alegaciones dentro del trámite de la consulta de la sentencia de fecha 9 de julio de 1.999, proferida en el presente proceso VERBAL (CANCELACION Y REPOSICION DE TITULO VALOR) instaurado por el BANCO INDUSTRIAL COLOMBIANO S.A. contra H.S.B., que cursa en el Juzgado 18 Civil del Circuito de la ciudad; la suscrita Magistrada Ponente, A.L.P.D., con la asistencia de los demás Magistrados que integran la correspondiente Sala de Decisión Civil, doctores A.S.R. y E.C.S.M., declaran abierta la audiencia para tal fin. Por cuanto no se hizo presente persona alguna interesada en esta audiencia, no se hace necesario dar aplicación a lo consagrado por el inciso final del artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 359 y parágrafo 5º del 432 ibídem. Acto seguido, al tenor de lo dispuesto por el inciso final del artículo 434 citado, en concordancia con el parágrafo 6º del artículo 432 del Estatuto Procesal Civil, se procede a proferir la decisión que en derecho corresponde, previas las siguientes C O N S I D E R A C I O N E S: 1. Antecedentes. a). El BANCO INDUSTRIAL COLOMBIANO S.A., a través de apoderado judicial, instauró demanda de Cancelación y Reposición de Titulo Valor, con el fin de que previos los trámites del procedimiento Verbal, con citación del demandado H.S.B., se decretara la reposición y consecuente cancelación del cheque No. Z4963361 del Banco de Colombia, sucursal Barrio Restrepo de esta ciudad, de fecha 10 de mayo de 1996, por valor de $5'829.600; perteneciente a la cuenta corriente No. 323313685859; girado por el demandado a favor de la sociedad Negocios Galvez Rueda Ltda. Las pretensiones de la demanda las fundamenta en que la sociedad beneficiaria del cheque lo consignó en su cuenta No. 089-210292-15 del Banco Industrial Colombiano, Sucursal Cabecera, de la ciudad de Bucaramanga; que dicho cheque vino por consignación nacional a esta ciudad, para su cobro; que el Banco demandante, en mayo de 1996, como aparece en la cara posterior de la fotocopia del cheque, devolvió el cheque en mención por la causal 02 "Fondos Insuficientes", remitiéndolo a su beneficiario en Bucaramanga, a través de la sucursal Carrera Octava; que el tenedor legítimo del cheque lo consignó nuevamente el 25 de julio de 1996, en el Banco Industrial Colombiano, sucursal Carrera Octava de Bogotá, para su cobro mediante canje con el Banco de Colombia, sucursal Barrio Restrepo de esta ciudad, oportunidad en que el Banco de Colombia lo devuelve por la causal 06 "Cuenta Saldada"; que la sucursal Carrera Octava del Banco Industrial Colombiano, envió por correo interno el cheque...

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