Las razones de la absolución de cofundadora de Servientrega por el caso Panama Papers - 1 de Julio de 2023 - El Tiempo - Noticias - VLEX 936525903

Las razones de la absolución de cofundadora de Servientrega por el caso Panama Papers

carlos lópez - redacción justicia@CarlosL49carben@eltiempo.comDurante cuatro horas, el juez 5.º especializado de Bogotá leyó la sentencia en la que se absolvió a Luz Mary Guerrero, cofundadora de Servientrega, de varios delitos que durante años la relacionaron con el escándalo internacional conocido como los Panama Papers. La mujer, también accionista de la transportadora, había sido vinculada a un proceso judicial junto a Jorge Humberto Sánchez y Sara Guavita, quienes ocupaban importantes cargos en la compañía; Ever Jaime Torres, entonces representante legal de Efecty; Martha Inés Moreno, que también laboró en esa empresa; y Juan Esteban Arellano, quien representaba para la época de los hechos a Mossack Fonseca en Colombia. Precisamente, el capítulo en Colombia nació en el año 2011 tras la llegada al país de Mossack Fonseca, una firma de abogados panameña con la cual se habría creado un entramado corrupto de empresas ficticias manejadas por ellos que se dedicaban a hacer negocios con compañías colombianas para sacar dinero y así hacer movimientos financieros hacia paraísos fiscales. Esos negocios con las empresas fachada consistían en vender facturas falsas que permitían hacer transacciones y así mover plata para enriquecerse ilícitamente, acciones que llevaron a la Fiscalía a sospechar de Luz Mary Guerrero, a quien supuestamente los otros mencionados en el escándalo habrían ayudado a enriquecerse de manera sospechosa. Las investigaciones dejaron como primeros indicios que por gestionar esos movimientos, la empresa panameña cobraba entre el 2,5 y el 4 por ciento del valor de las facturas, dependiendo del país, un caso que también estuvo bajo la lupa de la Dian. Solo en el 2017 imputaron a las personas absueltas ayer por delitos como falsedad ideológica en documento privado, fraude procesal, enriquecimiento ilícito, lavado de activos y concierto para delinquir. Después de varios trámites judiciales, en la audiencia, el despacho se refirió a las posturas que habían mantenido todas las partes antes de dictar la palabra final. El ente acusador pretendía un fallo condenatorio, pero los abogados de los procesados y la Procuraduría indicaron que había razones para emitir uno absolutorio. Finalmente, el juez...

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