Resolución número 1843 de 2013, por medio de la cual se niega el Registro de Sustracción del área del Centro Poblado del Corregimiento de La Gaviota, municipio de Calima, El Darién de la Reserva Forestal del Pacífico - 28 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 483877498

Resolución número 1843 de 2013, por medio de la cual se niega el Registro de Sustracción del área del Centro Poblado del Corregimiento de La Gaviota, municipio de Calima, El Darién de la Reserva Forestal del Pacífico

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49017

La Directora de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, en ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución número 0053 del 24 de enero de 2012 y,

CONSIDERANDO:

ANTECEDENTES

Que mediante escrito radicado 4120- E1 - 56697 del 22 de noviembre de 2012, el señor Luis Eduardo Vargas Tabares, actuando como Alcalde del municipio de Calima, El Darién, solicitó el registro de la sustracción del Centro Poblado del Corregimiento de La Gaviota de la Reserva Forestal del Pacífico establecida por la ley 2a de 1959 a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales. En este sentido, con la información presentada se procedió a la apertura al expediente SRF0157.

Mediante escrito radicado 4120-E2-56697 del 27 de noviembre de 2012, laAutoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) solicitó a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, adelantar la evaluación técnica correspondiente de la citada en la solicitud.

FUNDAMENTO TÉCNICO

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto-ley 3570 de 2011, emitió Concepto Técnico número 106 del 22 noviembre de 2013 en el cual analizó toda la información referente al registro, establecida mediante las Resoluciones 763 de 2004 y 871 de 2006, modificada por la Resolución 1917 de 2011.

Que el mencionado concepto señala:

"(■■■)

El señor Alcalde Luis Eduardo Vargas Tabares presenta la solicitud de registro de la sustracción del área del centro poblado de La Gaviota, municipio Calima, El Darién. Esta solicitud se encuentra acompañada de documentos en medio físico y magnético, descritos en el numeral 3.1.

3. EVALUACIÓN DE LA INFORMACIÓN

Se adelantó la revisión de la información presentada por el municipio con base en los requisitos establecidos en las Resoluciones 763 de 2004, 871 de 2006 y 1971 de 2011, encontrándose lo siguiente:

3.1. INFORMACIÓN PRESENTADA

a) Delimitación del área a sustraer

De acuerdo con los documentos presentados, referidos a la delimitación del área de registro de sustracción, se encuentran en medio magnético y físico lo siguiente:

Tabla 1. Contenido y descripción de la Cartografía presentada

MEDIO Magnético (2 CDS) CONTENIDO Cartografía básica y veredal del municipio de Calima - El Darién. Estos documentos son presentados en formato .dwg (Autocad). DESCRIPCIÓN División política Delimitación del corregimiento de Gaviota Geología Zonificación Zonas de protección Erosión Zonas de vida
Cartografía del Corregimiento de Gaviota en archivo PDF. Se especifica que el sistema de proyección es MAGNA SIRGAS Colombia Oeste, escala de 1:5.000 Delimitación del corregimiento (Cuadro con coordenadas) Delimitación del área del centro poblado a sustraer (Cuadro con coordenadas)
Físico Plano con los perímetros poligonales del Corregimiento de Gaviota y el área sujeta de registro de sustracción (Cabecera). Plano con los perímetros poligonales del Corregimiento de Gaviota y el área sujeta de registro de sustracción (Cabecera), junto con sus cuadros respectivos de coordenadas. Se especifica que el sistema de proyección es MAGNA SIRGAS Colombia Oeste, a una escala de 1:5.000

b) Copia del Acuerdo del Concejo Municipal donde se adoptó el Plan de Ordenamiento Territorial, junto con los planos correspondientes a las áreas urbanas, de expansión e infraestructuras y equipamientos de servicios básicos y saneamiento ambiental que hacen parte de dicha adopción.

Se adjunta copia en medio magnético del Acuerdo 050 de 1999, donde el Concejo Municipal adopta el Plan de Ordenamiento Territorial para el municipio de Calima El Darién "aproximación estratégica y prospectiva del Calima que todos queremos 1999-2006" y en el cual se derogan los Acuerdos 020 de 1993, 022 y 043 de 1995. El documento se encuentra firmado por el presidente del Concejo Jairo Escobar Ruiz y Gloria Castañeda A., Secretaria del Concejo.

c) Copia del documento técnico de soporte del Plan de Ordenamiento Territorial, adoptado por el Concejo mediante Acuerdo de que trata el literal anterior, y los artículos 17, 18 y 20 del Decreto 879 de 1998 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, en el que conste la descripción y especificación de las áreas citadas en el literal a).

No se presentan ni en medio físico ni en magnético la copia del documento técnico de soporte del Plan de Ordenamiento Territorial.

d) Copia de los documentos que demuestren el cargo y el ejercicio del mismo por parte del Alcalde Municipal (certificado o documento que acredite la elección popular, nombramiento, acta de posesión).

Se presenta en medio físico copia del acta de posesión del Alcalde, que demuestra que durante el periodo 2012-2015 el señor Luis Eduardo Vargas Tabares está posesionado en el cargo en mención (02 Folios). Así mismo se presenta el certificado de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

e) Copia del documento de identidad del Alcalde Municipal.

Se presenta en medio físico copia del documento de identidad del señor Luis Eduardo Vargas Tabares, con cédula de ciudadanía número 6265831 de Calima, Valle del Cauca.

3.2. EVALUACIÓN DE LA INFORMACIÓN

Con base en la información presentada por el municipio de Calima, El Darién remitida a este Ministerio mediante comunicación radicada 4120- E1 - 56697 del 16 de noviembre de 2012, se procedió a determinar su concordancia con las Resoluciones 763 de 2004, 871 de 2006 y 1917 de 2011. Sumado a esto, se consideraron las disposiciones contenidas en el Acuerdo 050 de 1999 respecto a los usos del suelo dentro del municipio.

En este sentido, el Acuerdo 050 de 1999 dispone como categorías de suelo las siguientes categorías; suelo urbano (urbanizado y de expansión urbana), suelo rural (suburbana) y suelo de protección (Artículo 47).

Del Uso del suelo, el "Artículo 47. Clasificase el territorio del municipio de Calima en las siguientes categorías, de acuerdo con sus características y en concordancia con la Ley 388 del 18 de julio de 1997 o Ley de Desarrollo Territorial y sus decretos reglamentarios:

· SUELO URBANO

- Suelo Urbanizado

- Suelo de Expansión Urbana

· SUELO RURAL - Suelo Suburbano

· SUELOS DE PROTECCIÓN"

De acuerdo con el oficio de solicitud de registro de sustracción, el área del centro poblado del corregimiento La Gaviota, obedece a Suelo clasificado como Rural-Suburbano (Artículo 49), según el Acuerdo 050 de 1999 presentado a este Ministerio por el municipio.

"Artículo 49. Constituyen la categoría de SUELO RURAL los terrenos no aptos para el uso urbano, localizados entre el perímetro urbano y el límite de la jurisdicción municipal y que incluye zonas de la Reserva Natural de Riobravo, Área de influencia del Páramo del Duende y la Reserva Forestal de la serranía la Cervatanay áreasperimetrales al lago Calima".

"Parágrafo. Constituyen la categoría de SUELO SUBURBANO, los Centros Poblados correspondientes a las futuras cabeceras de los corregimientos, entre estos La Gaviota, cuyo desarrollo sólo será posible dentro de los límites establecidos y de acuerdo con las normas de vivienda para el área rural establecidas en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial (Artículo 50 y 54)".

En este sentido, es importante precisar que la Resolución 871 de 2006 modificada por la resolución 1917 de 2011 en su artículo primero, indica...

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