Resolución número 1970 de 2013, por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E.S.P., para realizar una operación de manejo de deuda pública externa con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) - 21 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 442553590

Resolución número 1970 de 2013, por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E.S.P., para realizar una operación de manejo de deuda pública externa con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48828

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional (e), en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 27 del Decreto número 2681 de 1993, la Resolución número 2650 del 12 de noviembre de 1996, la Resolución número 2822 del 30 de diciembre de 2002, la Resolución número 2563 del 9 de septiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que Empresas Públicas de Medellín y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), celebraron el 25 de marzo de 2009, el contrato de préstamo externo número 2120/OC-CO con garantía de la Nación por US$450.000.000;

Que mediante oficio radicado en este Ministerio bajo el número 1-2013-037386 el 6 de junio de 2013, Empresas Públicas de Medellín solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para realizar la operación de manejo de deuda pública externa consistente en la conversión del saldo adeudado del préstamo BID 2120 OC-CO de dólares a pesos colombianos y de tasa de interés LIBOR a fija en pesos;

Que el artículo 5º del Decreto 2681 de 1993, estipula que constituyen operaciones de manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyen a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento. Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la refinanciación, reestructuración, renegociación, reordenamiento, conversión o intercambio, sustitución, compra y venta de deuda pública, los acuerdos de pago, el saneamiento de obligaciones crediticias, las operaciones de cobertura de riesgos, la titularización de deudas de terceros, las relativas al manejo de la liquidez de la Dirección del Tesoro Nacional y todas aquellas operaciones de similar naturaleza que en el futuro se desarrollen;

Que conforme con lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto 2681 de 1993 la celebración de operaciones para el manejo de la deuda externa de entidades descentralizadas del orden nacional y de entidades territoriales y sus descentralizadas requiere autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual se puede otorgar siempre y cuando se demuestre la conveniencia y justificación financiera de la operación y sus efectos sobre el perfil de la...

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