Resolución número 0215 de 2009, por medio de la cual se reasigna la competencia para decidir solicitudes de prestaciones económicas en el régimen de prima media con prestación definida. - 6 de Febrero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51874261

Resolución número 0215 de 2009, por medio de la cual se reasigna la competencia para decidir solicitudes de prestaciones económicas en el régimen de prima media con prestación definida.

EmisorVarios - Empresa Industrial y Comercial del Estado
Número de Boletín47255

La Presidenta del Instituto de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del articulo 11 del Decreto 2148 de 1992 y el articulo 3° del Acuerdo 013 del 6 de julio de 1993, y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolucion numero 4113 del 7 de septiembre de 1995 se reasigno en la Jefatura del Departamento de Atencion al Pensionado de la Seccional Atlantico, la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes prestacionales del Regimen Solidario de Prima Media con Prestacion Definida presentadas en el departamento de Atlantico, correspondiendole la segunda instancia a la Gerencia de Pensiones de la Seccional Atlantico o quien hiciera sus veces.

Que mediante Resolucion numero 3646 del 15 de diciembre de 1997 esta Presidencia reasigno en la Jefatura del Departamento de Atencion al Pensionado de la Seccional Bolivar, la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes prestacionales del Regimen Solidario de Prima Media con Prestacion Definida presentadas en los departamentos de Bolivar, Cordoba y Sucre, correspondiendole la segunda instancia a la Gerencia de Pensiones de la Seccional Bolivar o quien hiciera sus veces.

Que mediante Resolucion numero 2581 del 14 de junio de 2001 esta Presidencia reasigno en la Jefatura del Departamento de Atencion al Pensionado de la Seccional Bolivar, la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes prestacionales del Regimen Solidario de Prima Media con Prestacion Definida presentadas en el departamento de San Andres, correspondiendole la segunda instancia a la Gerencia de Pensiones de la Seccional Bolivar o quien hiciera sus veces.

Que mediante Resolucion numero 2582 del 14 de junio de 2001 esta Presidencia reasigno en la Jefatura del Departamento de Atencion al Pensionado de la Seccional Atlantico, la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes prestacionales del Regimen Solidario de Prima Media con Prestacion Definida presentadas en los departamentos de Magdalena y Guajira, correspondiendole la segunda instancia a la Gerencia de Pensiones de la Seccional Atlantico o quien hiciera sus veces.

Que mediante Resolucion numero 667 del 19 de abril de 2004, esta Presidencia reasigno en la Jefatura del Departamento de Atencion al Pensionado de la Seccional Atlantico o en quien haga sus veces la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes prestacionales correspondientes al Regimen de Prima Media con Prestacion Definida, radicadas a partir del 21 de abril de 2004, por los asegurados y beneficiarios en los departamentos de Bolivar, Cordoba, San Andres y Sucre, correspondiendole la segunda instancia a la Gerencia Nacional de Atencion al...

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