Resolución número 2837 de 2008, por medio de la cual se reconoce una Personería Jurídica e inscribe un representante legal. - 16 de Enero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51638458

Resolución número 2837 de 2008, por medio de la cual se reconoce una Personería Jurídica e inscribe un representante legal.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47234
19
Edición 47.234
Viernes 16 de enero de 2009 DIARIO OFICIAL
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Artículo 4°. Ajuste de tarifas. Las tarifas por el uso del corredor Sistema Ferroviario Central
se ajustarán anualmente, al inicio de cada año, con base en el cien por ciento (100%) de la varia-
ción del Indice de Precios al Consumidor certicada por el DANE para el año inmediatamente
anterior.
Articulo 5°. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 16 de enero de 2009.
El Ministro del Transporte
Andrés Uriel Gallego Henao.
(C. F.)
Ministerio de cultura
resoluciones
RESOLUCION NUMERO 2244 DE 2008
(diciembre 9)
por la cual se dispone el cambio de horario temporal de atención en el Centro de Documenta-
ción de la Dirección de Patrimonio.
La Viceministra de Cultura encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de
Cultura, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las previstas en la Ley 489 de 1998,
la Ley 397 de 1997 y el Decreto 1746 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el Centro de Documentación, de la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura,
es el lugar donde se acopia información especializada, que tiene la función de detectar, reunir,
procesar analítica y sistemáticamente, recuperar y difundir información sobre bienes culturales,
y orientado a las necesidades de información de los diferentes usuarios internos y externos con
el n de dar respuestas a las demandas y necesidades especícas sobre los bienes patrimoniales
tangibles e intangibles declarados Monumentos Nacionales o Bienes de Interés Cultural de
Carácter Nacional;
Que en Comunicación número 411-31527-2008 del 25 de noviembre de 2008, la Directora
de la Dirección de Patrimonio solicita informar al público el cambio de horario de atención en el
Centro de Documentación a partir del nueve (9) de diciembre de 2008, con fundamento en que
“Teniendo en cuenta que actualmente se encuentra en ejecución el Contrato número 18382008
celebrado con la Empresa Total Quality Management S.A. para llevar a cabo el diagnóstico,
revisión, clasicación, organización y digitalización en el SIPA, de la documentación que reposa
en el Centro de Documentación de la Dirección de Patrimonio y que esta actividad demanda
dedicación completa de los funcionarios que prestan allí su servicio, es preciso restringir el
horario de atención al público”;
Que en la Comunicación número 411-31527-2008 del 25 de noviembre de 2008, la Directora
de la Dirección de Patrimonio solicita que el horario de atención al público a partir del nueve
(9) de diciembre de dos mil ocho (2008) sea lunes y martes de 8:00 a. m. a 12:30 p. m. y de 2:00
p. m. a 5:00 p. m. La atención a los funcionarios del Ministerio de Cultura se seguirá prestando
en la jornada laboral normal;
Que dadas las implicaciones señaladas se hace necesario, el cambio de horario de atención
del Centro de Documentación de la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura, desde
el día nueve (9) de diciembre de dos mil ocho (2008) hasta la ejecución del Contrato número
1838-2008 celebrado con la Empresa Total Quality Management S.A.;
En virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Disponer el cambio de horario de atención al público del Centro de Documenta-
ción de la Dirección de Patrimonio, a partir del 9 de diciembre de 2008, correspondiente a lunes
y martes de 8:00 a. m. a 12:30 p. m. y de 2:00 p. m. a 5:00 p. m., por las razones expuestas en
la parte motiva de la presente resolución.
Artículo 2°. La atención a los funcionarios del Ministerio de Cultura se seguirá prestando
en la jornada laboral normal.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2008.
La Viceministra de Cultura encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de
Cultura,
Martha Elena Bedoya Rendón.
(C. F.)
estableciMientos Públicos
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Regional Antioquia
resoluciones
RESOLUCION NUMERO 2837 DE 2008
(diciembre 2)
por medio de la cual se reconoce una Personería Jurídica e inscribe un representante legal.
El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en Antioquia, en uso
de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las señaladas por el Acuerdo 04 del 9
de febrero de 1988, aprobado por el Decreto 276 de la misma fecha, en concordancia con la
Resolución 0255 del 19 de febrero de 1988, modicada por la Resolución número 000788 del
29 de abril de 1988,
CONSIDERANDO:
Que el señor Roque Iván Arango Cárdenas, identicado con cédula de ciudadanía número
3348919, en calidad de representante legal de la Entidad denominada Fundación Infantil Renacer
(Funir), con domicilio en el municipio de Apartadó, departamento de Antioquia, ha solicitado al
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Regional Antioquia, el reconocimiento de Perso-
nería Jurídica para la entidad, aportando los documentos legales para tal n entre ellos, el acta
de constitución del día 25 de agosto de 2008 y los estatutos legales vigentes, con el listado de
miembros asistentes.
Que el día 27 de noviembre de 2008, el Coordinador del Grupo Jurídico emitió concepto
favorable para el otorgamiento de la personería jurídica a la entidad denominada Fundación
Infantil Renacer (Funir).
Que realizado el estudio de los estatutos, se encuentra que se ajustan a la Constitución y a
las leyes, no contradicen el orden público, la moral social o las buenas costumbres.
En consecuencia de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1°. Reconocer Personería Jurídica y aprobar los Estatutos de la Entidad denominada
Fundación Infantil Renacer (Funir), con domicilio en el municipio de Apartadó.
Artículo 2°. Inscribir como Representante Legal de la Fundación al señor Roque Iván Arango
Cárdenas, identicado con cédula de ciudadanía número 3348919.
Artículo 3°. Esta resolución causa Impuesto de Timbre Nacional, el cual se liquida en la
Tesorería del Instituto.
Artículo 4°. De acuerdo a lo estipulado por la Imprenta Nacional de Colombia, la presente
resolución deberá publicarse en el Diario Ocial por parte de la Fundación, cuya tarifa para el
año 2008 será de $42.000 debiendo presentar el recibo de pago por concepto de la publicación
al ICBF.
Artículo 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y se noticará
personalmente al Representante Legal de la Entidad, haciéndole entrega sin costo alguno de una
copia de la misma, y contra ella proceden los recursos de reposición y apelación en la forma
prevista en el Decreto 01 de 1984, Código Contencioso Administrativo.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Medellín, a 2 de diciembre de 2008.
El Director Regional,
Guillermo García Gaviria.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0408684. 10-XII-2008.
Valor $42.000.
Regional Caldas
resoluciones
RESOLUCION NUMERO 02401 DE 2008
(diciembre 1°)
por medio de la cual se Otorga Licencia de Funcionamiento a una Institución
“Fundación de Atención al Niño Discapacitado – Fandis”.
La Directora Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Caldas, en
uso de sus facultades legales y estatutarias especialmente las consagradas en la Ley 7ª de 1979
y artículo 116 y siguientes de su Decreto Reglamentario 2388 del mismo año, en concordancia
con las Resoluciones números 255 del 19 de febrero de 1988 y 000614 de abril 12 de 1988,
CONSIDERANDO
Que la Fundación de Atención al Niño Discapacitado - Fandis con domicilio en el municipio
de la Dorada, departarnento de Caldas, presentó a la Dirección Regional del ICBF en Caldas,
solicitud para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento.
Que de acuerdo con la Ley 7ª de 1979 y su Decreto Reglamentario 2388 del mismo, la que
faculta al ICBF para otorgar licencia de funcionamiento a toda institución pública o privada de
protección al menor y a la familia y al informe de visita realizado el pasado 29 de noviembre de
2008 por el Centro Zonal Oriente – La Dorada, en la que describe el cumplimiento de estándares
de estructura de la Institución Fundación de Atención al Niño Discapacitado – Fandis, y según

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