¿Cómo reducen la retención los independientes? - 15 de Julio de 2013 - El Tiempo - Noticias - VLEX 449323746

¿Cómo reducen la retención los independientes?

Sobre el tema consultado, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto Reglamentario 1070 de 2013, procedemos a precisar cuáles pagos por salud son objeto de depuración de la base sujeta a retención, según lo siguiente: Los pagos por salud son todos aquellos que se cumplen con carácter obligatorio como también los planes adicionales de salud, conforme con las normas de la seguridad salud social en salud, los pagos por contratos de prestación de servicios a empresas de medicina prepagada vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud, los pagos por seguros de salud a empresas vigiladas por la Superintendencia Financiera y que impliquen protección al trabajador, su cónyuge, sus hijos y/o dependientes. Es importante señalar que el valor a disminuir mensualmente por este concepto no podrá superar 16 UVT mensuales ($429.456), y que respecto de los pagos a la seguridad social por concepto de salud se deberá tener en cuenta la totalidad de los pagos o abonos en cuenta realizados en el respectivo mes y no como se establecía antes, que se tomaba el promedio de lo pagado en el año anterior. Mediante el Decreto 1070 de 2013 se precisan las condiciones que se deben acreditar ante el respectivo pagador para efectos del reconocimiento de estos descuentos, así: presentación de los documentos soportes de los respectivos pagos para el caso, la factura o documento equivalente, tratándose de personas no obligadas a facturar, y en su caso la copia de la planilla o documento de pago. En el evento de la suscripción de contratos con pagos periódicos, la información se acreditara por una sola vez. Un aspecto importante a considerar, es que la deducción del impuesto de renta para el contratante en relación con los pagos realizados al trabajador independiente está sujeta a la verificación de que el pago de las...

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