Resolución número 2908 de 2007, por la cual se aclara la Resolución número 2636 del 1° de agosto de 2007 referente al período estatutario de los representantes de los trabajadores en el Consejo Directivo de Cajasan. - 28 de Agosto de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51310398

Resolución número 2908 de 2007, por la cual se aclara la Resolución número 2636 del 1° de agosto de 2007 referente al período estatutario de los representantes de los trabajadores en el Consejo Directivo de Cajasan.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín46734

El Viceministro de Relaciones Laborales, en uso de las facultades a que se refiere el articulo 22 de la Ley 789 de 2002 y conforme la asignacion de competencias previstas en el numeral 3 de la Resolucion 951 del 28 de abril de 2003, y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolucion numero 2636 del 1° de agosto de 2007, este despacho designo los representantes de los trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja Santandereana de Subsidio Familiar, Cajasan, para el periodo 2007-2009;

Que la Superintendencia del Subsidio Familiar profirio la Resolucion 0354 del 17 de julio de 2006, mediante la cual aprobo algunas decisiones adoptadas el dia 2 de junio de 2006 por la asamblea general de afiliados a la Caja Santandereana de Subsidio Familiar, Cajasan, entre ellas la de elegir Consejo Directivo para el periodo 2007-2010;

Que dicha modificacion solo fue informada a este despacho el 21 de agosto de 2007, tal y como consta en el oficio, suscrito por la doctora Martha Azucena Mejia Camacho, Gerente USC Juridica de la Caja Santandereana de Subsidio Familiar;

Que como consecuencia de lo anterior, se hace necesario aclarar la Resolucion 2636 del 1° de agosto del año en curso proferida por este Despacho, en el sentido de que el periodo de los representantes de los trabajadores ante el Consejo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR