Resolución número 4134 de 2013, por la cual se autoriza a Refinería de Cartagena S.A. (Reficar) para celebrar un empréstito externo subordinado con Ecopetrol Capital A.G. hasta por la suma de doscientos cincuenta y dos millones de dólares (USD$252.000.000) de los Estados Unidos de América - 10 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 480950114

Resolución número 4134 de 2013, por la cual se autoriza a Refinería de Cartagena S.A. (Reficar) para celebrar un empréstito externo subordinado con Ecopetrol Capital A.G. hasta por la suma de doscientos cincuenta y dos millones de dólares (USD$252.000.000) de los Estados Unidos de América

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49000

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 12 del Decreto número 2681 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Oficios número 1-2013-070414 del 1º de octubre de 2013 y número 1-2013-081929 del 14 de noviembre 2013, Refinería de Cartagena S.A. (Reficar) solicita autorización a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para contratar un contrato de crédito subordinado con Ecopetrol Capital A.G. denominado "Construction Support Subordinated Loan Agre-ement 2013, de largo plazo, hasta por doscientos cincuenta y dos millones de dólares (USDS252.000.000) de los Estados Unidos de América, que se destinarán a financiar los costos y gastos necesarios para terminar la construcción y puesta en marcha del Proyecto de Ampliación y Actualización de la Refinería de Cartagena S. A.;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, establece que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto número 2681 de 1993 y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que Refinería de Cartagena S.A. (Reficar) es una sociedad de economía mixta, de carácter comercial, organizada bajo la forma de sociedad anónima, del orden nacional, y con participación del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social;

Que el artículo 12 del Decreto número 2681 de 1993, establece que la celebración de contratos de empréstito por las entidades estatales con participación del Estado Superior al cincuenta por ciento (50%) e inferior al noventa por ciento (90%) de su capital, requerirá autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;

Que...

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